Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

de la Directiva Nº 004-2004-SUNARP/SN, aprobada por Resolucion Nº 184-2004SUNARP/SN (06/05/2004)

4.5.Diario Registrador Publico

tener, cuando corresponda, una clausula en la que senale el medio de pago utilizado o la declaracion expresa de que no se utilizo ninguno, acompanando MORDAZA simple del documento que acredite la utilizacion del medio de pago, en caso se hubiere utilizado. Pago por derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. Tribunal Registral

4

Cancelacion de Prenda Industrial por orden judicial

1.-

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

2.-

0.24% U.I.T por derechos de calificacion y 1.5/1000 del monto de la prenda por derechos de inscripcion.

35 dias, salvo prorroga o suspension.

3.-

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 1952001-SUNARP/SN (23/07/2001); Art. 83º de la Ley Nº 23407, Ley General de Industrias (29/05/1982), 122º, 123º, 139º, 148º y 368º del TUO del Codigo Procesal Civil (23/04/1993); 266º, numeral 13 de la Ley Organica del Poder Judicial (04/12/1991) Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994)

4.5.-

Formato de solicitud de Inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del Documento de Identidad del presentante con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Parte Judicial que contenga el oficio del juez y MORDAZA certificada de la resolucion de cancelacion de la prenda, con autoridad de cosa juzgada. Pago por derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

5.3.2 Prenda Global y Flotante
Diario Registrador Publico Tribunal Registral

1

Constitucion de Prenda Global y Flotante.

1.-

2.-

0.24% U.I.T por derechos de calificacion y 1.5/1000 del monto de la prenda por derechos de inscripcion.

35 dias, salvo prorroga o suspension.

NORMAS LEGALES

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 1952001-SUNARP/SN (23/07/2001); 176º y 231º de la Ley Nº 26702 (09/12/ 1996); 2º de la Resolucion Nº 072-98SUNARP/SN (09/04/1998), 1º, 2º, 3º y 4º de la Resolucion de la SBS Nº 430-97 (18/06/1997), modificada por la Resolucion SBS Nº 160-98 (05/02/98); Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994); 7º, numeral 7.2 de la Ley Nº 28194(26/03/2004); 4º, numeral 4.2 del D. S. Nº 047-2004-EF(08/04/2004); 5.2 y 5.5 de la Directiva Nº 004-2004-SUNARP/SN, aprobada por Resolucion Nº 184-2004SUNARP/SN (06/05/2004)

3.-

4.5.-

Formato de solicitud de Inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del Documento de Identidad del presentante con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura Publica, salvo que el monto del gravamen no su pere las 40 UIT, en cuyo caso bastara documento privado con firma legalizada notarialmente. El documento de constitucion de la prenda debe contener la denominacion del contrato de prenda global y flotante, los datos de identi ficacion y domicilio de de los contratantes, el monto del credito garantizado, tasa de interes y demas condiciones del mismo, la descripcion detallada del bien gravado (clase, especie, cantidad, calidad, etc.), valor de realizacion del del bien, identificacion y domicilio del depositario, lugar en el que se encontraran los bienes afectados, indicacion, en su caso, del procedimiento extrajudicial pactado para el caso de su ejecucion por incumplimiento. Asimismo, en caso de encontrarse en el supuesto del numeral 5.5 de la Directiva Nº 004-2004-SUNARP/SN, debe contener, cuando corres ponda, una clausula en la que senale el medio de pago utilizado o la declaracion expresa de que no se utilizo ninguno, acompanando MORDAZA simple del documento que acredite la utilizacion del medio de pago, en caso se hubiere utilizado. Pago por derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. Diario

2

Ampliaciono reduccion de Prenda Global y Flotante

1.-

Registrador Publico

Tribunal Registral

2.-

0.24% U.I.T por derechos de calificacion y 1.5/1000 del monto por derechos de inscripcion.

35 dias, salvo prorroga o suspension.

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 1952001-SUNARP/SN (23/07/2001); Art. 231º de la Ley Nº 26702 (09/12/ 1996); 2º de la Resolucion Nº 072-98SUNARP/SN (09/04/1998); Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994); 7º, numeral 7.2 de la Ley Nº 28194 (26/03/2004); 4º, numeral 4.2 del D. S. Nº 047-2004-EF(08/04/2004); 5.2 y 5.5

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3.-

Formato de solicitud de Inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del Documento de Identidad del presentante con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura Publica o documento privado con firmas legali zadas notarialmente, segun corresponda, en el que se debe indicar los datos referidos a la ampliacion o reduccion, MORDAZA monto del gravamen y antecedente registral de la prenda. Asimismo, en caso de encontrarse en el supuesto del nume-

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