Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)
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TEXTO DE LA PÁGINA 98
Nº
PROCEDIMIENTO
BASE LEGAL
REQUISITOS
DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE
CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO
INICIO DE TRAMITE
AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION
Pag. 2794
nes aprobado por Resolucion de la Corte Suprema de fecha 17/12/1936; TUO del Codigo Procesal Civil (23/04/1993); Ley del Notariado, D.Ley Nº 26002 (27/12/92) y demas leyes, reglamentos especiales y normas especificas para cada uno de los actos inscribibles.
4.-
Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.
NOTA: Cuando el titulo contenga dos o mas actos inscribibles, que MORDAZA objeto de calificacion y, en su caso, de inscripcion, procedera el cobro de derechos registrales adicionales que corresponda, segun la Tabla de Derechos Registrales vigente.
B.GRATUITO 30 dias Mesa de partes u oficina de tramite documentario Gerencia Registral del organo descon centrado respectivo
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Gerencia Registral de la SUNARP
I.-
PROCEDIMIENTO DE CIERRE DE PARTIDAS, RECONSTRUCCION DE PARTIDAS Y TITULOS ARCHIVADOS INICIADOS A PETICION DE PARTE
1
Cierre de partidas por duplicidad de partidas identicas o compatibles
1.-
2.-
Articulos 56º, 57º, 58º y 59º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/01); 91º, literal e) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS (22/07/2002); 113º de la Ley Nº 27444 (11/04/2001);84º y 89º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por D.S. Nº 015-98-PCM (25/04/1998). GRATUITO Mesa de partes u oficina de tramite documentario Gerencia Registral del organo descon centrado respectivo
3.-
Solicitud del interesado, dirigido al Gerente Registral, conteniendo los datos senalados en el art. 113º de la Ley Nº 27444, asi como los datos registrales de las partidas materia de duplicidad. MORDAZA del documento de identidad del solicitante con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. MORDAZA simple de la documentacion que acredite la existencia de la duplicidad.
2
Cierre de partidas por duplicidad de partidas incompatibles
1.-
2.-
NORMAS LEGALES
Articulos 56º, 57º, 60º y 62º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/01), modificado por la Resolucion Nº 196-2003-SUNARP/SN (25/04/2003); 91º, literal e) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS (22/07/2002); 113º de la Ley Nº 27444 (11/04/2001); 84º y 89º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por D.S. Nº 015-98-PCM (25/04/1998). GRATUITO
3.-
Solicitud del interesado, dirigido al Gerente Registral, conteniendo los datos senalados en el art. 113º de la Ley Nº 27444, asi como los datos registrales de las partidas materia de duplicidad. MORDAZA del documento de identidad del solicitante con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. MORDAZA simple de la documentacion que acredite la existencia de la duplicidad.
60 dias, desde la MORDAZA publicacion del ex tracto de la Resolucion que dispone el inicio del tra mite de cierre
3
Oposicion al cierre de partidas.
Articulos 60º y 61º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001), modificado por la Resolucion Nº 196-2003-SUNARP/SN (25/04/2003); 91º, literal e) del Reglamento de Organiza cion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS (22/07/2002); 113º de la Ley Nº 27444 (11/04/2001) GRATUITO
1.-
Solicitud del interesado, dirigido al Gerente Registral, conteniendo los datos senalados en el art. 113º de la Ley Nº 27444, asi como la indicacion de las causales que determinen la inexistencia de duplicidad o improcedencia del cierre de partidas.
Mesa de partes u oficina de tramite documentario
Gerencia del area o la que haga sus veces
MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004
4
Reconstruccion de partidas por perdida o destruccion
Articulos 115º, 117º y 118º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/01); 91º, literal e) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS
1.-
Solicitud del interesado, dirigido al Gerente Registral, conteniendo los datos senalados en el art. 113º de la Ley Nº 27444, asi como la indicacion de los datos registrales de la partida perdida o destruida y cualquier informacion que permita la reconstruccion de la partida, acompanando, de ser el caso, la MORDAZA literal certificada de la partida o cualquier otro documento que a su juicio pudiera facilitar la re-
06 meses desde la ulti ma publicacion del respectivo aviso en los diarios
Mesa de partes u oficina de tramite documentario
Gerencia del area o la que haga sus veces