Norma Legal Oficial del día 13 de Agosto del año 2004 (13/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 13 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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de Fondos, ilicito penal previsto y sancionado en el articulo 389º del Codigo Penal. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 14740 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0406-2004-ED MORDAZA, 11 de agosto de 2004 Vistos el Oficio Nº 1817-2003-PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 49536-2003 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que mediante el Oficio Nº 1817-2003-PP/ED el Procurador Publico del Sector Educacion solicita que este Ministerio emita la Resolucion Autoritativa que le permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en su modalidad de Falsificacion de Documentos, ilicito previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal. Solicitud que se fundamenta en las responsabilidades determinadas en la Hoja Informativa Nº 24405-2002-007 de fecha 7 de marzo del 2003, emitido por el Organo de Auditoria Interna de la Unidad de Servicios Educativos de Chincheros - Apurimac; Que tal como se acredita en la Hoja Informativa Nº 24405-2002-007, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue contratado por la Unidad de Servicios Educativos de Chincheros como profesor en la Escuela Primaria de Menores Nº 54508 del Porvenir, distrito de Ongoy, desde el 29 de MORDAZA hasta el 31 de MORDAZA del 2002 (Resolucion Directoral Nº 216-2002USECH); presentando para los efectos una MORDAZA de Egresado de la MORDAZA Profesional de Educacion Primaria de fecha 22 de MORDAZA del 2002, supuestamente emitida por la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Tecnologica de los Andes (UTEA); Que con Oficio Nº 031-2002-VRAC-UTEA-Ab de fecha 8 de MORDAZA del 2002, el Vicerrectorado Academico de la Universidad Tecnologica de los Andes (UTEA), comunica que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA no es egresado de dicha MORDAZA de estudios; Que existiendo MORDAZA indicios de la presunta comision de delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos por parte del Sr. MORDAZA MORDAZA Taype; al haber presentado a la USECH una MORDAZA presuntamente falsa, con la finalidad de ejercer la docencia ilicitamente; deviene en necesaria la intervencion de la Procuraduria Publica del Ministerio de Educacion para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o penales) pertinentes para procesar al MORDAZA mencionado por el perjuicio que le causara al Estado; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 1045-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o penales) contra el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en su modalidad de Falsificacion de Documentos, ilicito previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes.

Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 14741

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a persona natural por cobro indebido de monto de dinero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0407-2004-ED MORDAZA, 11 de agosto de 2004 Visto el Oficio Nº 2377-2003-PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion Directoral Regional Nº 568, del 28 de marzo del 2001, se declara procedente el pago de S/. 2081.82 (Dos Mil Ochenta y Un y 82/100 Nuevos Soles), a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por concepto de remuneraciones dejadas de percibir a partir del 10 de MORDAZA al 30 de setiembre del 2000; Que, con la Resolucion Directoral Regional Nº 1361, del 1 de junio del 2001, se reasigna a la recurrente al Colegio "Gran Mariscal MORDAZA de Luzuriaga" de MORDAZA, en el turno nocturno; Que, de la revision de los actuados y conforme al Informe Nº 707-03-ME/DREA/OAJ-D, de fecha 24 de setiembre del 2003, se desprende que la Resolucion Directoral Regional Nº 568, del 28 de marzo del 2001 y la Resolucion Directoral Regional Nº 1361, del 1 de junio del 2001 fueron emitidas en contravencion de las disposiciones del Ministerio de Educacion; Que, se acredita suficientemente que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en responsabilidad civil y penal al haber cobrado indebidamente la suma de S/. 806.82 (Ochocientos Seis y 82/100 Nuevos Soles), causando un perjuicio economico al Estado; Que, el articulo 15º del Decreto Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado Nº 17537, establece que los Procuradores Generales de la Republica son los unicos que prestaran confesion en juicio en representacion del Estado y podran convenir en la demanda, desistirse de MORDAZA o transigir los juicios, sin otro tramite que la expedicion de la Resolucion Suprema autoritativa en los tres ultimos casos; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 949-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 15º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion iniciar las acciones judiciales correspondientes a fin de impugnar la Resolucion Presidencial Nº 0610-2000CTAR-ANCASH/PRE y Resolucion Directoral Regional Nº 1361, del 1 de junio del 2001. Articulo 2º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion iniciar las acciones judiciales correspondientes que permitan recuperar la suma de S/.806.82 (Ochocientos Seis y 82/100 Nuevos Soles), cobrados indebidamente por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cabello. Articulo 3º.- Remitir a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 14742

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