Norma Legal Oficial del día 13 de Agosto del año 2004 (13/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de agosto de 2004

tros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la MORDAZA citada en el considerando anterior dispone como una de las competencias de la Direccion General de Aeronautica Civil, adoptar todas las medidas necesarias para que las actividades aeronauticas MORDAZA seguras, para cuyo efecto es indispensable contar con Inspectores debidamente capacitados para el chequeo de las tripulaciones de los operadores certificados, en prevencion de actos que atenten contra la seguridad de las actividades aeronauticas en nuestro MORDAZA, materia que requiere de permanente capacitacion dada su alta especializacion; Que, entre los dias 18 al 20 de agosto del 2004 se llevara a cabo el Curso en Tierra y Entrenamiento en Simulador en aeronaves Antonov 24 (AN-24) y Antonov 26 (AN26), en la MORDAZA de Kiev, Ucrania; Que, dicho curso permitira actualizar los conocimientos de los participantes acerca de las perfomances de la aeronave en tierra y vuelo normal y al mismo tiempo, brindara instruccion para la ejecucion de maniobras criticas, anormales y de emergencia, las que son recreadas en el equipo simulador de vuelo; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, segun los terminos del Informe Nº 576-2004-MTC/12, senala que el referido curso proveera a sus Inspectores de los conocimientos altamente especializados que se requieren para llevar a cabo la evaluacion de las capacidades de las tripulaciones de distintas empresas aereas que operan en nuestro MORDAZA y demas funciones que les corresponden de acuerdo a la Ley de Aeronautica Civil, a fin de garantizar que las mencionadas tripulaciones desarrollen actividades aeronauticas eficientes y seguras; Que, en tal sentido, la Direccion General de Aeronautica Civil ha designado a los senores MORDAZA MORDAZA Cafferata y MORDAZA Defilippi Brigneti, Inspectores de Operaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil, para participar en el curso MORDAZA referido, considerando que dicha capacitacion resulta indispensable para garantizar el cumplimiento de las funciones que les corresponden segun la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; Que, el viaje de los mencionados funcionarios sera financiado dentro del MORDAZA del Convenio de Gestion de

Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de Beca Int. Nº 026-07-2004, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27791, Nº 27619 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Cafferata y MORDAZA Defilippi Brigneti, Inspectores de Operaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Kiev, Ucrania, del 16 al 22 de agosto del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados por el Convenio de Gestion de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional OACI, de conformidad con la Autorizacion de Beca Int. Nº 026-07-2004, de acuerdo a los siguientes terminos: - Pasajes (Por dos personas) : US$ 4,600.00 - Viaticos (Por dos personas) : US$ 2,600.00 - T.U.U.A (Por dos personas) : US$ 56.48 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los inspectores mencionados en el articulo 1º deberan presentar un informe detallado al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 14477

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

3. 4.

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