Norma Legal Oficial del día 13 de Agosto del año 2004 (13/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 13 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo 2º.- Las concesionarias del servicio publico de telefonia fija local deberan adecuar sus redes y de ser el caso, efectuar la migracion de la serie a que se refiere el articulo precedente, en el plazo de tres (3) meses contados a partir de la notificacion de la resolucion de asignacion de la numeracion a ser utilizada en areas rurales y lugares de preferente interes social, otorgada por la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones. Articulo 3º.- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones reserva las siguientes series de numeracion a nivel nacional: - Departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao: 80X-XXXX 85X-XXXX 86X-XXXX 87X-XXXX 88X-XXXX 89X-XXXX - Resto de departamentos: 80X-XXX 85X-XXX 86X-XXX 87X-XXX 88X-XXX 89X-XXX Donde X puede variar de 0 a 9. La reserva entra en vigencia en el plazo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente resolucion. Articulo 4º.- En el caso de producirse variaciones del numero telefonico como resultado de la aplicacion de la presente resolucion, las concesionarias del servicio de telefonia fija local deberan: - Informar a los abonados, mediante el uso de mecanismos documentados que dejen MORDAZA de la informacion brindada, sobre la variacion del numero telefonico, el MORDAZA numero telefonico y la fecha efectiva de la variacion, con una anticipacion no menor de quince (15) dias calendario a dicha fecha. - Informar sobre el MORDAZA numero a quienes intenten comunicarse con el abonado cuyo numero hubiese sido modificado. Dicha informacion debera proporcionarse mediante una locucion hablada u otros sistemas. La obligacion de informacion referida en el parrafo anterior por parte de las concesionarias se realizara durante un plazo minimo de sesenta (60) dias calendario a partir de la fecha de realizada la modificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 14750

VIVIENDA
Aprueban donaciones de maquinas y mesas succionadoras de vapor para implementar centro educativo, talleres de capacitacion y de zapateria en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 194-2004-VIVIENDA MORDAZA, 12 de agosto de 2004 Vistos; el Oficio Nº 061/MDH-2003 de la Municipalidad de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junin; el Informe Tecnico Nº 001-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM y el Memorandum Nº 056-2004-VIVIENDA/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y,

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirio maquinaria para la industria del calzado, confeccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con la finalidad de equipar a pequenos y microempresarios; siendo dicha MORDAZA modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizo destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asimismo mediante el Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 02397 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifico la organizacion y funciones de los Ministerios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud a lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones, del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y por su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privada; Que, a traves del Oficio de Vistos, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la municipalidad distrital de Huasahuasi, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la donacion de modulos de maquinaria para calzado, vestido y metalmecanica; Que, mediante Memorandum Nº 094-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM y MORDAZA de Inspeccion, el Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal corrio traslado del Informe Tecnico Nº 001-2004/VIVIENDAVMCS-PREBAM en el cual se precisa que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar modulos de maquinaria solicitada como donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de las maquinas detalladas en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de las maquinas que se detallan en el Anexo 1 que forman parte integrante de la presente Resolucion a favor de la Municipalidad de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de MORDAZA con la finalidad de implementar el Centro Educativo Ocupacional de Gestion Municipal Huasahuasi; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA;

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