Norma Legal Oficial del día 13 de Agosto del año 2004 (13/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de agosto de 2004

dad de incrementar la calidad de la participacion y facilitar el analisis de la informacion. Articulo 15º.- El Resumen Ejecutivo que contendra lo mas relevante de los temas sobre los que se rendira cuenta, sera entregado ademas, a los medios de comunicacion social, a fin de alcanzar una mayor cobertura de difusion. Articulo 16º.- La relacion de participantes inscritos para la Audiencia Publica, asi como la Agenda definitiva, seran publicadas a traves de los medios de difusion masiva, tres (3) dias MORDAZA del evento. CAPITULO V DEL DESARROLLO DE LAS AUDIENCIAS PUBLICAS Articulo 17º.- La realizacion de las Audiencias Publicas de Rendicion de Cuentas es responsabilidad del Presidente del Gobierno Regional; la conduccion de cada una de estas actividades podra estar a cargo del mismo Presidente Regional o de la persona que este designe directamente, quien actuara como moderador. Articulo 18º.- Instalada la audiencia Publica, el Presidente del Gobierno Regional, en forma personal e indelegable, procedera a la MORDAZA del informe de Rendicion de Cuentas, que contemplara todos los temas de la agenda, MORDAZA en la convocatoria y presentada en el Resumen Ejecutivo. El informe incluira, tambien, los temas que fueron propuestos oportunamente por las organizaciones y personas inscritas, en tanto correspondan a la naturaleza de las audiencias publicas y se encuentren en el ambito de competencia del Gobierno Regional de Loreto. Articulo 19º.- Durante las Audiencias Publicas, el Presidente del Gobierno Regional rendira cuentas por lo menos de los siguientes aspectos: a) Disposiciones Regionales emitidas: Ordenanzas, Acuerdos de Consejo, Decretos y Resoluciones Regionales y MORDAZA una evaluacion sobre el impacto obtenido con la emision de dichas normas. b) Informacion Presupuestal, que incluye el Presupuesto Participativo, el Presupuesto Ejecutado y los Proyectos de Inversion, asi como las remuneraciones y beneficios de los altos funcionarios y del personal en general. c) Avances y dificultades en la ejecucion del Plan de Desarrollo Regional Concertado y las medidas a adoptar para el logro de las metas propuestas. d) Avances y dificultades en el MORDAZA de transparencia y recepcion de proyectos especiales de infraestructura productiva y programas sociales de lucha contra la pobreza y de las competencias sectoriales, asi como en la gestion por parte del Gobierno Regional de aquellas que hayan sido transferidas. e) Las Adquisiciones de bienes y servicios, incluyendo montos comprometidos, proveedores, cantidad y calidad de los bienes y servicios adquiridos y las necesidades satisfechas con tales adquisiciones. f) Actividades oficiales realizadas por los altos funcionarios del Gobierno Regional. g) Actividades desarrolladas para fomentar la participacion ciudadana, incluyendo un balance del funcionamiento del Consejo de Coordinacion Regional. Articulo 20º.- Concluido el Informe de Rendicion de Cuentas, el Presidente del Gobierno Regional podra autorizar la intervencion oral de los participantes en estricto orden de inscripcion a razon de una persona por cada organizacion inscrita. CAPITULO VI DE LA NEUTRALIDAD, TRANSPARENCIA Y VERACIDAD DE LAS AUDIENCIAS PUBLICAS Articulo 21º.- Para garantizar la imparcialidad, transparencia y veracidad de las Audiencias Publicas de Rendicion de Cuentas, el Gobierno Regional solicitara por escrito la concurrencia a estos actos de por lo menos un representante de la Contraloria General de la Republica, de la Defensoria del Pueblo, de los organismos electorales, del Poder Judicial y del Ministerio Publico que conforme a la Constitucion y a la Ley, tienen competencia y atribuciones

de supervision, fiscalizacion y/o cooperacion en la Administracion Publica. TITULO IV DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Articulo 22º.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en coordinacion con la Oficina de Participacion Ciudadana y la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional sera la responsable de la organizacion y realizacion de las Audiencias Publicas. Para el efecto debera establecer un Cronograma cuyas actividades conduzcan a la realizacion de las mismas, en forma optima, responsable y ordenada. Articulo 23º.- El presente Reglamento aprobado por el Consejo Regional mediante Ordenanza Regional sera puesto en conocimiento del Consejo de Coordinacion Regional, y regira a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: De conformidad con el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la ley 27902, concordante con el inciso o) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, se ordena su publicacion y cumplimiento. Promulguese y publiquese. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente 14631

Crean Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2004-CR/GRL Iquitos, 4 de agosto del 2004 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Consejo de fecha 4 de agosto del 2004, aprobo por Unanimidad la siguiente Ordenanza; Articulo Primero.- Ambito Crease el Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa de la Region MORDAZA (COREMYPE - LORETO), como un organo consultivo adscrito al Gobierno Regional de Loreto. Articulo Segundo.- Objeto El Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa, de la Region MORDAZA tendra por objeto promover el desarrollo, la formalizacion y la competitividad de la Micro y Pequena Empresa - MYPE en su ambito geografico y su articulacion con los planes y programas locales, regionales y nacionales. Articulo Tercero.- Conformacion El Consejo Regional de la Micro y Pequena Empresa de la Region MORDAZA estara conformado por: - Un representante de la Alta Direccion del Gobierno Regional de MORDAZA, quien lo presidira. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico. - Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Un representante de las Organizaciones Regionales

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