Norma Legal Oficial del día 15 de Agosto del año 2004 (15/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de agosto de 2004

rrespondiendo a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA la competencia exclusiva de otorgar autorizaciones sobre dicha materia, segun lo dispuesto en articulo 79º numerales 3.6 y 3.6.3, por lo tanto, los alcances de la Ordenanza Nº 642-MML y del Decreto de Alcaldia Nº 050, pretenden recortar las competencias de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 642 y en el Decreto de Alcaldia Nº 050, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA declara que mantiene la facultad de autorizar la ubicacion de los avisos publicitarios y propaganda politica, en todas las vias dentro de su jurisdiccion, resultando inconstitucional la aplicacion de dichas normas, toda vez que pretenden desconocer las facultades otorgadas exclusivamente a las municipalidades distritales en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto en el Dictamen Nº 046-2004CAJ/MSS de la Comision de Asuntos Juridicos y en el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad se aprobo lo siguiente: ACUERDO 1. Precisar que de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 79º numerales 3.6 y 3.6.3 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA tiene la facultad exclusiva para normar, regular y OTORGAR AUTORIZACIONES, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion ubicacion de publicidad exterior dentro de su jurisdiccion, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponde a la Municipalidad de MORDAZA sobre la aprobacion de la regulacion del otorgamiento de licencias y labores de control y fiscalizacion de las municipalidades distritales. 2. La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA se regira por lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en consecuencia tiene la facultad especifica y exclusiva para otorgar autorizaciones de publicidad exterior dentro de su jurisdiccion. 3. Dejese sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 102-2004ACSS de fecha 13.JUL.2004. 4. Encargar a la Procuraduria Publica Municipal formule las acciones legales que correspondan en resguardo de la autonomia politica administrativa municipal de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. 5. Disponer que a traves de la Alcaldia se remita el presente Acuerdo de Concejo al Concejo Metropolitano de Lima. POR TANTO: Mando registrese, publique y cumpla MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 14870

nicipal Nº 016-2004/MDV-ALC del 19.MAY.04 referente a las Elecciones de las Juntas Directiva de los Asentamientos Humanos Reconocidos y Agrupaciones poblacionales en el distrito de Ventanilla; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 2º inciso 17) de la Constitucion Politica del Estado, establece que toda persona tiene derecho a participar, en forma individual o asociada, en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la nacion y que los ciudadanos tienen conforme a ley, los derechos de eleccion; Que, es un derecho fundamental de la persona humana el "elegir y ser elegido"; restringiendose este derecho solo por causas perfectamente establecidas en la normatividad de la materia vigente; Que, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, a la fecha cuenta con un aproximado de 112 asentamientos humanos; los mismos que han sido reconocidos por la Municipalidad Provincial del Callao, a traves de la Direccion General de Asentamientos Humanos de acuerdo a las facultades establecidas en la derogada Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853; Que, con la dacion de la nueva Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, de fecha 27.MAY.2004, en su MORDAZA Disposicion Complementaria, se establece que la asignacion de competencias a las Municipalidades Distritales, se realizara de manera gradual de acuerdo a la normatividad de la materia, respetando las particularidades de cada circunscripcion; Que, despues de mas de un ano de la vigencia de la Ley Nº 27972 "Organica de Municipalidades", es pertinente que la Municipalidad Distrital de Ventanilla regule mediante la MORDAZA respectiva, las elecciones de las Juntas Directiva Centrales de los Asentamientos Humanos Reconocidos y Agrupaciones Poblacionales de su jurisdiccion en concordancia con lo establecido en el Articulo I, II y IV del Titulo Preliminar y Articulo 87º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, estando a lo expuesto, el Pleno del Concejo en uso de sus facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, aprobo POR UNANIMIDAD la siguiente ordenanza municipal:

REGLAMENTO GENERAL PARA LOS PROCESOS ELECTORALES DE JUNTAS DIRECTIVAS CENTRALES DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS RECONOCIDOS Y AGRUPACIONES POBLACIONALES DEL DISTRITO DE VENTANILLA
Articulo Primero.- Aprobar las modificaciones a la Ordenanza Municipal Nº 016-2004/MDV-ALC del 19 MAY 2004 relacionada al "Reglamento General para Elecciones de Juntas Directivas Centrales de los Asentamientos Humanos Reconocidos y Agrupaciones Poblacionales del Distrito de Ventanilla", el mismo que consta de 34 articulos, una disposicion transitoria y tres (3) disposiciones finales, la misma que forma parte integrante de la presente MORDAZA municipal Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Participacion Vecinal , a traves de la Subgerencia de Asentamientos Humanos, velar por lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General del Concejo de Ventanilla, oficiar MORDAZA certificada de la presente MORDAZA municipal a la Municipalidad Provincial del Callao para su conocimiento y fines respectivos; transcribiendose a continuacion:

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Aprueban Reglamento General para Procesos Electorales de Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos Reconocidos y Agrupaciones Poblacionales del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2004/MDV-ALC
Ventanilla, 30 de junio de 2004 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ventanilla, Vistos en Sesion Ordinaria de Concejo celebrada el dia 30 de junio del ano 2004 las modificaciones a la Ordenanza Mu-

ORDENANZA MUNICIPAL REFERENTE AL REGLAMENTO GENERAL PARA LOS PROCESOS ELECTORALES DE JUNTAS DIRECTIVAS CENTRALES DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS RECONOCIDOS Y AGRUPACIONES POBLACIONALES DEL DISTRITO DE VENTANILLA TITULO I GENERALIDADES
Articulo 1º.- El presente Reglamento General de Elecciones, MORDAZA la organizacion, direccion, desarrollo y con-

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