Norma Legal Oficial del día 15 de Agosto del año 2004 (15/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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PROYECTO

MORDAZA, MORDAZA 15 de agosto de 2004

Es competencia exclusiva de OSITRAN, evaluar la admisibilidad y procedencia de la solicitud presentada por la Entidad Prestadora. Para tal efecto, dentro de los primeros tres (03) dias de recibida dicha solicitud, OSITRAN debera solicitar a la Entidad Prestadora, de ser el caso, que realice las subsanaciones a que hubiera lugar en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias, contados desde el dia siguiente a la recepcion de la notificacion relativa al requerimiento de subsanacion. Una vez efectuada la subsanacion respectiva, la Gerencia de Regulacion contara con un plazo MORDAZA de diez (10) dias para evaluar la procedencia de la solicitud y presentarla a la Gerencia General quien lo sometera a consideracion del Consejo Directivo en la sesion inmediata siguiente.El Consejo Directivo, sobre la base del Informe de la Gerencia de Regulacion, emitira la Resolucion correspondiente relativa al inicio del procedimiento de fijacion o revision tarifaria. Articulo 60º.- Contenido de la solicitud de fijacion o revision tarifaria La solicitud de fijacion o revision tarifaria debera contener cuando menos la siguiente informacion: 1. 2. 3. 4. 5. Indicacion de la Entidad Prestadora solicitante Poder del representante legal de la Entidad Prestadora; MORDAZA general y justificacion; Definicion del servicio o servicios objeto de la solicitud de fijacion o revision tarifaria; Estudio que incluya el sustento tecnico-economico de los supuestos, parametros y bases de datos utilizados en el estudio; Definicion y sustentacion de la metodologia utilizada como base para la propuesta de fijacion o revision tarifaria. Proyeccion de la demanda; Plan de inversiones; Costos operativos;

Entidad Prestadora. Para tal efecto, dentro de los primeros tres (03) dias de recibida dicha solicitud, OSITRAN debera solicitar a la Entidad Prestadora, cuando corresponda, realice las subsanaciones a que hubiera lugar, en un plazo MORDAZA de tres (03) dias, contados desde el dia siguiente a la recepcion de la notificacion relativa al requerimiento de subsanacion. Una vez efectuada la subsanacion respectiva, la Gerencia de Regulacion contara con un plazo MORDAZA de diez (10) dias para evaluar la procedencia de la solicitud y de ser el caso proponer una tarifa provisional. La Gerencia General sometera el informe a consideracion del Consejo Directivo en la sesion inmediata siguiente. El Consejo Directivo, sobre la base del Informe de la Gerencia de Regulacion, emitira la Resolucion correspondiente relativa al inicio del procedimiento de fijacion o revision tarifaria y de ser el caso fijara la tarifa provisional. Articulo 63º.- Contenido de la solicitud de fijacion de tarifas para servicios nuevos La solicitud de fijacion de tarifas para el caso de prestacion de servicios nuevos debera contener cuando menos la siguiente informacion: 1. 2. 3. Indicacion de la Entidad Prestadora solicitante; Poder del representante legal de la Entidad Prestadora; Identificacion y descripcion del servicio MORDAZA asociado a la explotacion de la Infraestructura de Transporte de Uso Publico; Facilidades Esenciales asociada a la prestacion del servicio nuevo; Estudio que incluya el sustento tecnico-economico de los supuestos, parametros, bases de datos y cualquier otra informacion utilizada; Flujo de MORDAZA proyectado.

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Articulo 64º.- Evaluacion de la propuesta de fijacion tarifaria de servicios nuevos La Gerencia de Regulacion contara con un plazo de treinta (30) dias, el cual podra ser prorrogado de manera justificada por una sola vez, por un periodo de quince (15) dias adicionales, con el fin de evaluar la metodologia y propuesta de fijacion tarifaria de la Entidad Prestadora, a efectos de presentar ante la Gerencia General el Informe y la informacion senalada en el Articulo 41º. La Gerencia General, en caso de otorgar su conformidad, sometera el informe de la Gerencia de Regulacion a consideracion del Consejo Directivo en la sesion inmediata siguiente, quien, de no tener observaciones, aprobara la publicacion de la propuesta tarifaria. Durante el MORDAZA de evaluacion OSITRAN podra requerir a la Entidad Prestadora informacion complementaria. Los interesados contaran con un plazo no mayor de quince (15) dias, contados a partir de la publicacion, para efectos de presentar a OSITRAN sus comentarios, observaciones o aportes. Dentro de este plazo se llevara a cabo las Audiencias de conformidad a lo establecido en Titulo IV del presente Reglamento. Articulo 65º.- Aprobacion de la propuesta de fijacion tarifaria de servicios nuevos La Gerencia de Regulacion contara con un plazo de quince (15) dias contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para la MORDAZA de comentarios de los interesados, para presentar a la Gerencia General el Informe que establezca las tarifas materia del procedimiento de Fijacion Tarifaria, asi como el proyecto normativo correspondiente.

10. Costo de capital; 11. Flujo de caja; 12. Analisis de sensibilidad; 13. Comparacion tarifaria internacional, de ser el caso; 14. Analisis financiero de la empresa. Articulo 61º.- Continuacion del procedimiento A partir de la aprobacion de la Resolucion a que se refiere el Articulo precedente sera de aplicacion lo establecido en los Articulos 53º al 58º del presente Reglamento. CAPITULO 3 DEL PROCEDIMIENTO DE FIJACION TARIFARIA DE SERVICIOS NUEVOS Articulo 62º.- Inicio del procedimiento de fijacion tarifaria de servicios nuevos La Entidad Prestadora debera solicitar a OSITRAN la fijacion de una tarifa aplicable a un servicio MORDAZA en los casos a que se refiere el Articulo 11º del presente Reglamento. Una vez admitida a tramite la solicitud presentada por la Entidad Prestadora, esta sera publicada en la pagina Web de OSITRAN, respetandose la normativa relativa al tratamiento de la informacion calificada como confidencial. Es competencia exclusiva de OSITRAN, evaluar la admisibilidad y procedencia de la solicitud presentada por la

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