Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 2004 (21/08/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 274967

Articulo 67º.- Restauracion de compactacion de suelos Las areas de suelo que hayan sido compactadas deben ser removidas en profundidad, para ayudar a la infiltracion de agua y promover la vegetacion natural. Articulo 68º.- Finalizacion de Actividades Al termino de las actividades de Exploracion y/o Explotacion en el Area de Contrato, se deberan ejecutar las medidas contempladas en el Plan de Abandono del Area. Articulo 69º.- Abandono de actividad El abandono de cualquier actividad de Exploracion y/ o Explotacion debe comunicarse a PERUPETRO y a OSINERG, con treinta (30) dias MORDAZA del probable plazo de ejecucion y este ultimo, informara a las autoridades competentes. Articulo 70º.- Restauracion despues de la sismica Dentro de los tres (3) meses siguientes de haberse culminado la MORDAZA sismica, el Contratista y OSINERG verificaran la restauracion del area. En lugares predeterminados, se tomaran una serie de fotografias representativas para identificar las condiciones de las Lineas Sismicas a intervalos regulares, proporcionando una medida de su recuperacion. Si el Contratista efectua verificaciones, los resultados deben ser enviados a OSINERG. Articulo 71º.- Informacion sobre la proteccion ambiental Los Contratistas se encargaran que los folletos o cartillas resumen de la politica de proteccion ambiental MORDAZA colocados en lugares visibles en cada campamento. Articulo 72º.- Almacenamiento de combustibles Se controlara estrictamente el almacenamiento de combustibles en el campamento. El almacenamiento de combustibles, lubricantes y sustancias quimicas debe estar en un sitio cerrado, con cubierta impermeable. Los tanques de combustibles deben estar dotados de valvulas seguras (que se puedan cerrar con llave para evitar usos no autorizados). Cualquier fuga o contaminacion de combustible al suelo o al agua, de acuerdo al articulo 80º del presente Reglamento, debe ser reportada a OSINERG y al MINEM procediendose a su limpieza para prevenir cualquier amenaza de contaminacion. Articulo 73º.- Inventario y registro de usos de combustibles y contaminantes Debe llevarse un inventario de los volumenes de Hidrocarburos o posibles contaminantes almacenados en los campamentos, embarcaciones, lanchas o transportados en buque-tanque o similares. Adicionalmente, se mantendra un registro de uso y almacenaje de todos los combustibles, lubricantes y sustancias quimicas. Tambien debera registrarse el combustible contaminado. Articulo 74º.- Tratamiento de Hidrocarburos no reutilizados Los Hidrocarburos que no puedan ser reutilizados deben ser tratados de acuerdo al PMA correspondiente. Articulo 75º.- Disposicion de sustancias El uso, manejo y disposicion de sustancias quimicas, se efectuara de acuerdo a los lineamientos del Manejo Seguro de Sustancias Quimicas (SHOC). Articulo 76º.- Eliminacion de desechos MORDAZA de abandonar el campamento base, todos los desechos seran recolectados y eliminados adecuadamente de acuerdo al PMA respectivo. Articulo 77º.- Traslado de desechos Los desechos no biodegradables de los campamentos volantes seran transportados al campamento base para su adecuado tratamiento segun el PMA respectivo. Articulo 78º.- Manejo de desechos Durante la ejecucion de las actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, el manejo de desechos

debe ser monitoreado y se llevara un registro de los mismos segun el PMA. Articulo 79º.- Contaminacion inminente Si llegara a existir una amenaza de contaminacion al agua subterranea, el Contratista debera informar a OSINERG, asi como a las autoridades locales y notificar a la poblacion local de las acciones a tomar, en lo que fuera pertinente. Articulo 80º.- Reporte de accidentes ambientales La responsabilidad de informar los accidentes ambientales a OSINERG y al MINEM correspondera al Contratista. El informe y la investigacion de accidentes ambientales es parte integrante del PMA. Si ocurriera un accidente ambiental, este debera ser puesto en conocimiento de OSINERG y del MINEM dentro de las veinticuatro (24) horas de haberse producido, sin perjuicio de presentar un informe ampliatorio dentro de las setenta y dos (72) horas de la ocurrencia del evento. Ademas, el Contratista debera hacer llegar a MORDAZA entidades, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la ocurrencia del accidente ambiental, un reporte en el que de cuenta del dano ambiental producido, asi como de las medidas empleadas para mitigar el mismo. Articulo 81º.- Accidentes ambientales Se consideran accidentes ambientales a: a) Derrames y/o Fugas de hidrocarburos. b) Tratamiento o disposicion impropia de desechos. c) Cortes o remociones inadvertidas de vegetacion. d) Perdida de MORDAZA y fauna. e) Otros que afecten al ambiente. Articulo 82º.- Procedimientos de aplicacion en medidas correctivas ambientales En el MORDAZA se debe definir un procedimiento adecuado que facilite la aplicacion oportuna de medidas correctivas a los accidentes ambientales. TITULO III EXPLORACION CAPITULO I ACTIVIDADES EXPLORATORIAS Articulo 83º.- Actividades Los Contratistas podran llevar a cabo las siguientes actividades de Exploracion, cuya mencion tiene caracter referencial mas no limitativo: a) Estudios Geofisicos (Magnetometria, Gravimetria, Sismica). b) Estudios de Sensores Remotos (fotos aereas, imagenes satelitales, radar aereo, etc). c) Estudios Geoquimicos. d) Estudios Geologicos. e) Perforacion y Completacion de Pozos. f) Pruebas de produccion. Articulo 84º.- Plan Exploratorio Una vez suscrito el Contrato, el Contratista remitira a PERUPETRO un plan de Exploracion que incluya el programa minimo de trabajo pactado en el contrato, dentro de los cuarenta y cinco (45) dias MORDAZA de iniciar las actividades. Articulo 85º.- Datos sismicos La adquisicion y procesamiento de datos sismicos se llevara a cabo de acuerdo a los estandares generales aceptados en la industria y a las condiciones del area. Articulo 86º.- Informes sismicos El Contratista llevara un informe diario de los estudios o trabajos realizados. En el caso de los levantamientos sismicos, incluira informacion sobre el tamano de la carga explosiva, el numero de disparos e informacion precisa sobre la ubicacion de los puntos de disparo. Los informes deberan encontrarse disponibles para su revision por PERUPETRO.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.