Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 2004 (21/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 2004 CAPITULO II EQUIPOS DE PRODUCCION

tud debera ser puesta en conocimiento de OSINERG. El Contratista corregira el incumplimiento dando inicio a las medidas que MORDAZA necesarias para la subsanacion correspondiente, dentro de los sesenta (60) dias de recibida la comunicacion, las que seran ejecutadas de manera continuada y diligente. En caso de continuar el incumplimiento, OSINERG aplicara las medidas correspondientes. Articulo 212º.- Deterioro de las Reservas Probadas por deficiente operacion y cierre del MORDAZA o Pozos por el OSINERG El OSINERG podra, en funcion a lo previsto en el articulo anterior, ordenar al Contratista el cierre de dichos Pozos o de la parte de los mismos que esta afectando las Reservas Probadas, hasta que este corrija o justifique la situacion. Si el Contratista no estuviera de acuerdo podra interponer ante el OSINERG el recurso administrativo correspondiente. Articulo 213º. - Espaciamiento entre Pozos El espaciamiento entre los Pozos estara determinado por las caracteristicas propias del reservorio, por el mecanismo de impulsion del mismo, por el MORDAZA de MORDAZA que se va a perforar y por el volumen de produccion economicamente recuperable. Articulo 214º.- Excepcion Si durante el desarrollo del orden establecido de espaciamiento los Pozos no producen al MER, o existiera impedimento fisico para su perforacion, se podra contemplar menor espaciamiento pero llevandose a cabo la evaluacion correspondiente. Articulo 215º.- Unificacion Se podran perforar Pozos a menos de cien (100) metros de los linderos del Area de Contrato o el fondo de MORDAZA en la condicion MORDAZA indicada, si el Reservorio es comun a dos Contratistas vecinos y si estos han celebrado un convenio para unificar el Desarrollo del MORDAZA comun, de acuerdo al articulo 32º de la Ley. Articulo 216º.- Construccion de instalaciones Cuando un Contratista proyecte ocupar un area de terreno de propiedad publica o privada para la construccion de instalaciones, debera seguir el procedimiento contemplado en el Titulo VII de este Reglamento. Si va a construir una Bateria de Produccion, patio de tanques, estacion de bombeo o de compresion o ampliarlas, debera solicitar a OSINERG un informe favorable MORDAZA de iniciar la construccion. La informacion que presente debe incluir los planos necesarios para definir el proyecto e indicar que se cumple con las normas que se emplean en la construccion de la Bateria de Produccion, patio de tanques, estacion de bombeo o de compresion y de sus equipos. Las modificaciones de Baterias de Produccion, patio de tanques, estacion de bombeo o de compresion, que signifiquen una ampliacion de actividades de acuerdo al Reglamento para la Proteccion Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, deberan ser presentadas al DGAAE para su aprobacion MORDAZA de iniciar la construccion. La informacion que el Contratista presente debera incluir los planos necesarios para definir el proyecto e indicar que se cumple con las normas que se emplean en la construccion de Baterias de Produccion, patio de tanques, estacion de bombeo o de compresion y de sus equipos. Las tuberias fuera de las Baterias de produccion, Patios de Tanques, Estaciones de Bombeo o de Compresion, deben instalarse de acuerdo a las Normas de Seguridad contenidas en el Anexo 1 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos o en la MORDAZA que lo sustituya. Articulo 217º.- Mantenimiento de las Instalaciones de Produccion Las instalaciones de Produccion activas seran mantenidas en buen estado, evitando fugas o escapes de los fluidos producidos. Las tuberias y equipos deben estar pintados y senalizados de forma que permitan identificar el MORDAZA de fluido. En su mantenimiento, la limpieza debe ser permanente y las hierbas deberan ser eliminadas, asi como los residuos inflamables (papeles, MORDAZA, trapos, etc.). Las Instalaciones de Produccion inactivas seran retiradas, restaurandose el area que estuvo ocupada.

Articulo 218º.- Cabezales Los Cabezales deben tener elementos controladores de presion para regular la presion del MORDAZA en proporcion al diseno de las lineas e instalaciones de flujo y tener instalados todos sus componentes. Se podria instalar un SSU cuando se baje la tuberia. Articulo 219º.- MORDAZA en medio acuatico El MORDAZA fluente ubicado en el mar, rio, lago o pantano, debe tener una valvula de seguridad a treinta (30) metros bajo el fondo MORDAZA, rio, lago o pantano, que cierre en forma automatica en el caso que ocurra descontrol en el Cabezal del Pozo. Articulo 220º.- Alta presion La tuberia de flujo de alta presion (mas de 300 psig) debera tener avisos o letreros de seguridad en todos los cruces de caminos publicos. Articulo 221º.- Inyeccion de Fluidos La inyeccion, excepto para gas MORDAZA o agua MORDAZA, debe ser programada para hacerse normalmente por la Tuberia de Produccion. En estos casos, un empaque (packer) debe asentarse sobre la formacion operativa y el espacio entre las Tuberias de Produccion y de Revestimiento debe llenarse con fluido anticorrosivo. Las excepciones a esta MORDAZA podran justificarse tecnicamente. Articulo 222º.- Equipos de Levantamiento artificial Los equipos de levantamiento artificial deben tener la capacidad necesaria para producir al MER el fluido de los Pozos, sin causar dano a las otras instalaciones, al Reservorio o al propio Pozo. Los equipos de Produccion activos seran mantenidos en buen estado, con sus partes moviles debidamente protegidos con defensas de seguridad. Articulo 223º.- Equilibrio operativo de las unidades de bombeo El equilibrio operativo de las unidades de bombeo mecanico debe ser verificado mediante pruebas dinamometricas u otras por lo menos una vez al ano, aunque la eficiencia de la bomba fuera aceptable. Articulo 224º.- Motores electricos Para las unidades de bombeo mecanico se debera preferir el uso de motores electricos en lugar de los de combustion interna; salvo que las condiciones no lo permitan. Articulo 225º .- Practicas API En las actividades establecidas en este capitulo, se deben emplear las practicas recomendadas por el API (ultima edicion), o cualquier otro instituto de prestigio Internacional, normalmente empleadas en la industria petrolera. SPEC 1B RP 2SK Especificaciones para fajas en "V" Practicas recomendadas para diseno, analisis y mantenimiento de amarre a sistemas de produccion flotantes. SPEC 5L Especificaciones para tuberias de flujo. RP 5LC/5LD Practicas recomendadas para tuberias de flujo CRA. SPEC 6H Especificaciones de tapones, conectores y uniones giratorias. RP 11AR Practicas recomendadas para el uso y cuidado de bombas de subsuelo. SPEC 11AX Especificaciones de bombas de subsuelo y conexiones. SPEC 11B Especificaciones de varillas de bombeo y conexiones. RP 11BR Practicas recomendadas para el cuidado y manipuleo de varillas de bombeo. SPEC 11E Especificaciones para unidad de bombeo mecanica. RP 11ER Practicas recomendadas para defensas de unidades de bombeo mecanico.

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