Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 2004 (21/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- RECONOCER, el merito del comerciante mediante una Diploma de parte de la Municipalidad Distrital de Ate, la misma que sera otorgada por medio de la Oficina de Imagen Institucional. Articulo 3º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Servicios Publicos Locales y Subgerencia de Comercializacion y Transporte, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 15225

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Regulan beneficios otorgados a personas desplazadas por la violencia politica que residan en el distrito
ORDENANZA Nº 160 MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 17 de agosto del 2004 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17.agosto.2004, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Dr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Dr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Escajadillo; se trato sobre beneficios tributarios a personas desplazadas por la violencia politica en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28223, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20.mayo.2004, el Estado Peruano reconoce el status especifico de "desplazado", su naturaleza legal y la atencion de los diversos problemas juridicos; Que, el Art. 14º de la ley acotada senala que las autoridades competentes tienen la obligacion y responsabilidad de establecer las condiciones y proporcionar los medios que permitan el regreso voluntario, seguro y MORDAZA de los desplazados internos a su hogar o su lugar de residencia habitual o su reasentamiento voluntario en otra parte del pais; Que, como consecuencia de la violencia politica vivida en nuestro MORDAZA en los ultimos veinte anos, muchos pobladores de diversos lugares se han visto obligados a desplazarse principalmente a la capital de la Republica, asentandose en distintas comunidades de la provincia de Lima; Que, en el mes de MORDAZA del 2004 se ha llevado a cabo el I Encuentro de Organizaciones y Personas Desplazadas por la Violencia Politica del MORDAZA Sur de MORDAZA, reuniendose representantes de los distritos de San MORDAZA de Miraflores, MORDAZA MORDAZA del Triunfo y MORDAZA El MORDAZA, analizandose la situacion actual de los desplazados por la violencia politica reasentados en las jurisdicciones de dichas comunidades, a fin de recoger las demandas y propuestas basicas en diversos temas, entre los cuales destaca la peticion de condonacion de deudas tributarias por concepto de arbitrios municipales, asi como el empadronamiento de las familias y personas desplazadas, a fin de poder acceder a los beneficios de los diferentes programas que el Estado u otras Instituciones ofrecen; Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios y que tienen entre uno de sus fines promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, los Gobiernos Locales ejercen su funcion normativa a traves de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Articu-

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Facultan a contribuyentes para pagar deudas desagregadas ano por ano, tributarias y no tributarias, hasta el 2003
ORDENANZA Nº 088-MDCH Chaclacayo, 6 de agosto del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO POR CUANTO: Reunido el honorable Concejo Distrital de Chaclacayo, en Sesion Ordinaria de fecha 6 de agosto del 2004, bajo la Presidencia del senor MORDAZA con el quorum reglamentario y visto el Informe Nº 053-GDATR-MDCH-2004 de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, el cual propone una modificatoria a la Ordenanza Nº 084-MDCH. CONSIDERANDO: Que, con fecha 27.5.04 se aprobo la Ordenanza Nº 084MDCH, que Reglamenta e Incentiva el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias, concediendole el Beneficio de Exoneracion de Interes y Moras a la Cancelacion total de su deuda; Que, es politica de la actual Gestion Municipal otorgar a los Contribuyentes del Distrito las mayores facilidades para que cumplan con el pago de sus deudas tributarias y no tributarias; En uso de las atribuciones conferidas de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. El Concejo ha aprobado por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Los contribuyentes que tengan deudas tributarias o no tributarias, podran pagar sus deudas desagregadas ano por ano hasta el 2003; acogiendose al Articulo 32º de la Ordenanza Nº 084-MDCH, hasta el 31 de diciembre del 2004. Articulo Segundo.- Facultese al senor MORDAZA a efectos que dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y Unidad de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15202

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