Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 2004 (21/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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2. Incinerar residuos solidos, arrojar papeles, desperdicios, desmonte o maleza en la via publica, en terrenos sin construir, y en parques y jardines. 3. Arrojar aguas servidas en la via publica. 4. Transportar desperdicios u otras materias organicas contaminantes en triciclos o cualquier otro medio de transporte informal. 5. Arrojar animales muertos en la via publica, terrenos sin construir, y en parques y jardines. 6. Danar o destruir las papeleras que se encuentren en la via publica, o en los parques, asi como las carretillas del personal de limpieza publica de esta Corporacion Edil. Articulo 7º.- Los vecinos que infrinjan la prohibicion establecida en el numeral 1 del articulo 6º, seran sancionadas por primera vez con una multa equivalente al 10% de la UIT. De reincidir en la falta, se procedera al decomiso del medio de transporte utilizado. Articulo 8º.- Las personas que infrinjan por primera vez las prohibiciones establecidas en los numerales del 2 al 6 del Articulo 6º, seran amonestadas por escrito por la Direccion de Servicios Comunales. De reincidir en la falta, seran sancionadas con una multa equivalente a 5% de la U.I.T. Articulo 9º.- Encargar a la Gerencia Municipal velar por la difusion y cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 10º.- Deroguese todas aquellas disposiciones Municipales que se opongan a la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15275

Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de leche evaporada en tarro para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 069-2004-CDB Bellavista, 26 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: En la Estacion de Orden del Dia de la Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, el Informe Nº 243-04-MUDIBE/OAF/ UA de la Unidad de Abastecimiento y el Informe Nº 0652004-MUDIBE-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 044-2004-CDB del 31 de MORDAZA del 2004 se declaro en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Bellavista. En consecuencia, se autorizo la adquisicion de leche evaporada en tarro bajo la modalidad de adjudicacion directa de menor cuantia durante los meses de junio y MORDAZA del 2004; Que, mediante Informe Nº 243-04-MUDIBE-OAF/UF, la Unidad de Abastecimiento comunica a la Gerencia Municipal que la empresa Procesadora de Alimentos Peruanos S.A.C. ha interpuesto recurso de apelacion contra la buena pro otorgada en acto publico de fecha 12 de MORDAZA del 2004; circunstancia que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 167º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, suspende el MORDAZA de seleccion hasta que dicho recurso y, en su caso, el de revision MORDAZA resueltos; Que, en virtud de ello, la Unidad de Abastecimiento solicita la ampliacion de la situacion de urgencia para el mes de agosto, en el concluira la atencion del recurso impugnativo en tramite;

Que, el inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 108º de la MORDAZA MORDAZA acotada, determina que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, asimismo, el articulo 21º de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Urgencia se considera aquella en la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, en el presente caso, el retraso en la culminacion de la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2004-MDB debido a la MORDAZA de un recurso impugnativo contra el otorgamiento de la Buena Pro constituye una circunstancia factica que podria generar la ausencia extraordinaria e imprevisible del mencionado producto mas alla del plazo autorizado en el Acuerdo de Concejo Nº 044-2004-MDB; Que, dicha circunstancia justifica legalmente la atencion del requerimiento planteado por la Unidad de Abastecimiento, resultando procedente que en ejercicio de sus atribuciones, el Concejo Municipal autorice la prorroga de la declaratoria de urgencia, por el mes de agosto del 2004; Que, mediante Informe Nº 243-2004-MUDIBE-OAF/UA, la Unidad de Abastecimiento senala la cantidad de tarros de leche y el valor referencial de la adquisicion a realizarse durante el periodo de urgencia; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo 1º.- Declarar en situacion de Urgencia la adquisicion de leche evaporada en tarro para el Programa Vaso de Leche del distrito de Bellavista durante el mes de agosto del 2004. En consecuencia, autorizar la adquisicion de dicho insumo bajo la modalidad de adjudicacion directa de menor cuantia, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Articulo 2º.- Establecer como valor referencial en la presente declaratoria de urgencia, la suma de S/. 26,632.00; la fuente de financiamiento: 13 Donaciones y Transferencias - Programa Vaso de Leche; y la Gerencia Municipal como la encargada de celebrar los contratos respectivos. Articulo 3º.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision del mismo y sus informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE, dentro de los plazos de ley. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14964

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