Norma Legal Oficial del día 27 de Agosto del año 2004 (27/08/2004)


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NORMAS LEGALES
Exp. Nº 207-2004

MORDAZA, viernes 27 de agosto de 2004

ja nombro a la Regidora MORDAZA Nunez como su representante ante la Junta General de Accionistas de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal "Mantaro S.A."; siendo esta decision oficializada por el MORDAZA Provincial mediante Acuerdo de Concejo Nº 023-2003-A/MPJ de 14 de febrero del 2003 que en MORDAZA simple aparece a folios 40; Que esta decision es ratificada posteriormente mediante Acuerdo de Concejo Nº 032-2003-A/MPJ de 7 de marzo del 2003 que en MORDAZA simple aparece a fojas 49, incluyendo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Provincial de Jauja como representante ante el Directorio y a la senora MORDAZA Nunez MORDAZA, Regidora, como representante ante la Junta General de Accionistas de la E.P.S. Municipal Mantaro S.A.; Que con fecha 22 de marzo del 2004, el ciudadano, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Albujar, solicita la vacancia de la Regidora MORDAZA Nunez asi como de aquellos regidores que eligieron a la mencionada regidora como representante del municipio ante la Junta General de Accionistas de la E.P.S. Municipal Mantaro S.A. al haberse configurado la causal establecida en el articulo 11º de la Ley Nº 27972; y, en sesion ordinaria de 7 de MORDAZA del 2004, se declaro la vacancia por dicha causal, segun MORDAZA del acta de fojas 58 a 69; Que el recurso de reconsideracion fue desestimado en la sesion extraordinaria del Concejo Provincial de Jauja de 4 de junio del 2004, reiterando que se toma esta decision porque "ha ejercido el cargo de miembro de la Junta General de Accionistas de la EPS Municipal Mantaro S.A. ..."; Que la Junta General de Accionistas de la EPS Municipal Mantaro S.A. esta integrada por representantes de cada uno de los municipios provinciales y distritales, socios de la empresa, designados por acuerdo de sus respectivos concejos, segun lo establece el articulo 20º de su constitucion; coligiendose de ello que la condicion de integrante de la Junta General de Accionistas esta dada en funcion de la representacion de las participaciones sociales que la Municipalidad tiene como socia y no constituye un cargo administrativo o de direccion; no habiendo incurrido en casual de vacancia la regidora MORDAZA Nunez; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA de Huaitalla contra el Acuerdo de Concejo de 4 de junio de 2004 que rechaza la reconsideracion de la declaracion de su vacancia como Regidora del Concejo Provincial de Jauja, en consecuencia nulos los acuerdos de 4 de junio del 2004, el de 7 de MORDAZA del 2004 y el Acuerdo Nº 014-2004-A/MPJ, en el extremo que declaran la vacancia de la regidora senora MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA de Huaitalla. Articulo Segundo.- Declarar que la senora MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA de Huaitalla continua ejerciendo el cargo de regidora del Concejo Provincial de Jauja. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA ­ MORDAZA PAIVA. MORDAZA ARTEAGA. MORDAZA VALLENAS. MORDAZA ZAVALA. BALLON ­ MORDAZA MORDAZA, Secretario General. 15479

VISTO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Anorga el 12 de MORDAZA de 2004, contra el acuerdo que declaro improcedente el recurso de reconsideracion, respecto del pedido de vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Concejo Provincial de Pomabamba, departamento de Ancash; elevado a este Supremo Organo Electoral el 19 de MORDAZA de 2004; y, oidos los informes orales en la sesion publica del 19 de agosto de 2004; CONSIDERANDO: Que con los documentos que obran de fojas 70 a 81, se advierte que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se adhirio a la solicitud de vacancia formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Anorga; e interpuso recurso de reconsideracion, y de apelacion conforme obra a fojas 56 y 57; Que el Concejo Provincial de Pomabamba en sesion extraordinaria del 8 de MORDAZA de 2004, acordo rechazar la solicitud de vacancia del cargo del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Anorga, segun consta de fojas 82 a 86; e, interpuesto el recurso de reconsideracion, en sesion extraordinaria del 18 de junio de 2004 se declaro improcedente, conforme obra de las copias del acta de fojas 87 a 89; Que se imputa al MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA haber incurrido en la causal de vacancia por nepotismo, al haber contratado a sus familiares, entre ellos cunados, sobrino y suegro, para que presten servicios en la Municipalidad Provincial de Pomabamba, quienes habrian ingresado durante la gestion del citado Alcalde; Que con las partidas de nacimiento que obran a fojas 6 y 7, y la partida de matrimonio de fojas 66, se acredita que el MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, son hermanos, hijos de don MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Chavez; con la partida de matrimonio que en MORDAZA simple obra a fojas 8, se prueba que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta casado con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien a su vez es hermana de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al ser hijos de don MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme consta de las partidas de nacimiento que obran a fojas 9 y 10; asimismo, con la partida de matrimonio que obra a fojas 66, se acredita que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta casado con MORDAZA Ida MORDAZA MORDAZA Sifuentes; y, con la partida de nacimiento de fojas 60 se acredita que MORDAZA MORDAZA MORDAZA es hijo de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bustos y don MORDAZA MORDAZA Chavez; mas segun la boleta de inscripcion de fojas 62, se deduce que el nombre del padre es MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al coincidir el numero de la libreta electoral consignada tanto en la partida de nacimiento como en la referida boleta; Que con los documentos MORDAZA citados se prueba que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mantiene vinculo familiar con don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dentro del MORDAZA grado de afinidad al ser hermano de su esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salazar; con don MORDAZA MORDAZA MORDAZA dentro del tercer grado de consanguinidad en la linea colateral, al ser hijo de su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chavez; y con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA dentro del MORDAZA grado de afinidad, al ser esposa de su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chavez; Que con los documentos que obran de fojas 118 a 121, los senores MORDAZA MORDAZA Henostroza, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declaran no haber firmado contrato con el Gobierno Provincial de Pomabamba que establezca vinculo laboral; no obstante ello, con la planilla de pago de obreros eventuales que en MORDAZA corren a fojas 13 y 17, se acredita que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, percibieron las sumas de NS/. 350.00 por el mes de diciembre de 2003 y NS/. 460.00 por el mes de enero de 2004; y, a mayor abundamiento, con las planillas de pago que obran a fojas 155, 157, 158 y 159, se prueba que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cobrado por prestar servicios en el citado municipio, por los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre del ano 2003, asimismo, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre del ano 2003, conjuntamente con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme obra de fojas 160 a 162; Que con la planilla de pago de obreros eventuales que obra a fojas 156, se acredita que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cobrado la suma de NS/. 200.00 correspondiente al mes de MORDAZA del ano 2003, en la Gestion Administrativa ­ Banos Termales; Que segun la Ley Nº 26771 y su reglamento el D.S. Nº 0212000-PCM, modificado por el D.S. Nº 018-2002-PCM, el nepotismo se configura cuando los funcionarios de direccion y/o personal de confianza de la entidad ejerzan su facultad de nombramiento y contratacion de personal respecto de parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad, MORDAZA de afinidad y por ra-

Declaran que regidor asume cargo de MORDAZA y convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Pomabamba
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 166-2004-JNE
MORDAZA, 25 de agosto de 2004

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