Norma Legal Oficial del día 03 de Diciembre del año 2004 (03/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 2004

crean las Fiscalias Especializadas en Trafico Ilicito de Drogas, para las investigaciones preliminares de los delitos previstos en los articulos 296º, 296º-A, 296º-B, 296º-C, 296º-D y 297º del Codigo Penal y los delitos conexos a los mismos; Que, la Ley Penal de MORDAZA de Activos Nº 27765, de fecha 27 de junio de 2002, derogo los articulos 296º-A y 296º-B y posteriormente, la Ley Nº 28002, de fecha 17 de junio de 2003, modifico los articulos 296º y 297º, incorporo el articulo 296º-A y derogo los articulos 296ºC y 296º-D del Codigo Penal; Que, resulta necesario precisar la competencia por materia de las Fiscalias Especializadas en Trafico Ilicito de Drogas, en funcion a las modificaciones legislativas introducidas con posterioridad a la expedicion de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 061-2001-MP-FN, asi como respecto de la obligacion de los Fiscales Especializados Antidrogas de participar en todos los operativos de interdiccion contra el trafico ilicito de drogas, ya sea a nivel de macro o micro comercializacion o produccion; En ejercicio de las atribuciones previstas en el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- PRECISAR que las Fiscalias Especializadas en Trafico Ilicito de Drogas, son competentes para conocer las investigaciones preliminares de los delitos tipificados en los articulos 296º, 296º-A, 297º, 298º, 300º, 301º y 302º del Codigo Penal y delitos conexos a los mismos. Articulo Segundo.- PRECISAR que en los casos que el Fiscal Antidrogas se encuentre participando fuera de su sede en operativos de interdiccion y/o diligencias propias de la investigacion preliminar, podra el Fiscal Penal y/o Mixto de turno o su Adjunto participar en los operativos sobre drogas que requieran la intervencion de aquel, a cuya culminacion deberan remitir lo actuado al Fiscal Especializado en Trafico Ilicito de Drogas. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion del Presidente de la Corte Spurema de la Republica, de los senores Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, del Director Ejecutivo de la UIF Peru, de la Fiscalia Coordinadora de las Fiscalias Antidrogas y de los Fiscales Antidrogas a nivel nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 21918

cina 302-A, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad; Que, la empresa solicitante no ha podido concretar las condiciones necesarias para la apertura de la Agencia mencionada; En virtud de las facultades otorgadas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y SegurosLey Nº 26702, sus modificatorias; de conformidad con lo dipuesto por la Circular Nº S-0609-2004; y, en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion SBS Nº 1816-2004 del 4 de noviembre de 2004, mediante la cual se autorizo a InVita Seguros de MORDAZA la apertura de una Agencia ubicada en Jr. Independencia Nº 467, oficina 302-A, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 21845

Autorizan al Banco de la Nacion la apertura de agencia en el distrito y provincia de Puerto MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1919-2004 MORDAZA, 24 de noviembre del 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice la apertura de una Agencia ubicada en la Av. MORDAZA Cerro s/n, distrito y provincia de Puerto MORDAZA, departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion SBS Nº 362-94 se autorizo al Banco de la Nacion la conversion de sesenta y cuatro (64) agencias en agencias temporales, dentro de las cuales se encuentra la Agencia respecto de la que solicita autorizacion de apertura; Que, mediante Resolucion SBS Nº 612-96 se autorizo al Banco de la Nacion la "conversion a Agencia de su Oficina Temporal de Puerto MORDAZA y el traslado hacia el Jr. MORDAZA Cerro Nº 610, del mismo distrito y provincia, departamento de Huanuco"; Que, en la exposicion de motivos presentada por el Banco se senala que "por razones de austeridad, el Banco de la Nacion estuvo impedido de realizar contrataciones de personal, evitandose en su momento la implementacion de dicha Agencia"; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº DESF "B" 178-OT/2004; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-21342004; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto las Resoluciones SBS Nº 362-94 y SBS Nº 612-96, en los extremos referidos a la Agencia en mencion.

SBS
Dejan sin efecto resolucion que autorizo a InVita Seguros de MORDAZA la apertura de agencia en la provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1906-2004 San MORDAZA, 22 de noviembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por InVita Seguros de MORDAZA, para que se deje sin efecto la autorizacion de apertura de una Agencia, ubicada en Jr. Independencia Nº 467, oficina 302-A, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1816-2004 del 4 de noviembre del ano en curso, se autorizo la apertura de la Agencia ubicada en Jr. Independencia Nº 467, ofi-

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