Norma Legal Oficial del día 04 de Diciembre del año 2004 (04/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de diciembre de 2004

Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa LASA PERU S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: Airbus 310. Airbus 330. Boeing 727. Boeing 737. Boeing 757. Boeing 767.

RUTAS Y FRECUENCIAS: - MORDAZA - Tacna - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - Cuzco - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - Chiclayo - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - Tumbes - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - Juliaca - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - Iquitos - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - Tarapoto - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - Pucallpa - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. - MORDAZA - Puerto MORDAZA - MORDAZA, minimo una (1) frecuencia semanal, via puntos intermedios. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa LASA PERU S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La empresa LASA PERU S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La empresa LASA PERU S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves.

Articulo 5º.- La empresa LASA PERU S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa LASA PERU S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa LASA PERU S.A.C. podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas y longitudes de pista esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o economico- financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La empresa LASA PERU S.A.C. requiere para realizar sus actividades aereas el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de LASA PERU S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- La empresa LASA PERU S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 21383

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