Norma Legal Oficial del día 10 de Diciembre del año 2004 (10/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 282093
A) ANO: 2004 20530689019

PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES - 2004

B) NOMBRE DE LA ENTIDAD:

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

C) SIGLAS

D) RUC:

E) PLIEGO :

441 SEDE CENTRAL

F) UNIDAD EJECUTORA:
6 VALOR ESTIMADO 7 MORDAZA DE MONEDA 8

GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA
9 FECHA PROBABLE CONVOCATORIA 10

C) APRUEBA O MODIFICA EL PAAC.
11 12 OBSERVACIONES

1 Nº REF.

2 MORDAZA DE MORDAZA

3 OBJETO

4 ESPECIFICACIONES TECNICAS

5 CIU

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

ORGANO CODIGO DE UBICACION ENTIDAD ENCARGADA GEOGRAFICA DE LA ADQUISICION O CONTRATACION DEPART. PROV. DIST.

REMODELACION AV. CABO MORDAZA MORDAZA, PAVIMEN1 AD OBRA=3 MORDAZA CON ASFALTO Y VEREDAS CON ADOQUINES DE CONCRETO - CAMBIO DE RED DE ALCANTARILLADO Y AGUA POTABLE AV. CABO MORDAZA MORDAZA, SEGUN EXPEDIENTE TECNICO. MEJORAMIENTO DE CALLES AV. LA MORDAZA, PROLON2 AD OBRA=3 GACION CON ASFALTO AV. LA MORDAZA HASTA PROLONGACION MANCO CAPAC Y MORDAZA S/N EN CASMA, SEGUN EXPEDIENTE TECNICO CONSTRUCCION DE LA PAVIMENTACION DE LA AV. 3 AD OBRA=3 EL MORDAZA, SEGUN EXPEDIENTE TECNICO. 4520 670,000 1. MONEDA SOLES CANON Y SOBRECANON = 01 DICIEMBRE GERENCIA REGIONAL MORDAZA HUARMEY HUARMEY DE INFRAESTRUCTURA 4520 1,720,328 1. MONEDA SOLES CANON Y SOBRECANON = 01 DICIEMBRE GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA MORDAZA CASMA CASMA 4520 500,000 1. MONEDA SOLES CANON Y SOBRECANON = 01 GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA MORDAZA HUARMEY HUARMEY

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 034-04-MDLV de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, sobre importes de arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 372 MORDAZA, 2 diciembre de 2004 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 2 de diciembre de 2004, el Oficio Nº 01-90-00001781 remitido por el Servicio de Administracion Tributaria SAT adjuntando el expediente de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, sobre la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 03404-MDLV, mediante el cual se amplia la vigencia de la Ordenanza Nº 021-04/MDLV, para establecer los importes por Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2005, aprobada por la Municipalidad Distrital de La Victoria. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, en virtud a lo senalado, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, remite para su ratificacion la Ordenanza N.º 034-04-MDLV, por medio de la cual se amplia la vigencia de la Ordenanza Nº 021-04/MDLV para establecer los im-

portes por Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2005, en su jurisdiccion Que, es necesario precisar que los importes por arbitrios municipales en el distrito de La MORDAZA estuvieron regulados por la Ordenanza N.º 021-04-MDLV, la cual establecio el MORDAZA Legal del Regimen Tributario y las Tasas de Servicios, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2004. Asimismo, cabe senalar que la referida Ordenanza fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 145, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de junio de 2004. Que, de otro lado, si bien es MORDAZA la Ordenanza Metropolitana Nº 607, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24.03.2004, ha establecido un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias distritales, en su Sexta Disposicion Final dicha MORDAZA indica que sus disposiciones recien seran aplicadas para los procedimientos de ratificacion de las Ordenanzas Tributarias Distritales vigentes a partir del ano 2005, por lo que en el presente procedimiento resulta de aplicacion, la Ordenanza Metropolitana Nº 211. Que, el articulo 69-A de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776 y modificatorias, establece que los arbitrios "... se calcularan dentro del ultimo trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion, en funcion del costo efectivo del servicio a prestar". En ese orden de ideas, en el mencionado articulo se precisa que las Ordenanzas que aprueben el monto de las tasas por arbitrio "... deberan ser publicadas a mas tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion", quedando por ello pendiente la publicacion de la Ordenanza materia de ratificacion. Que, por otro lado, el articulo 69-B de dicha MORDAZA establece que en caso las municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el articulo 69-A en el plazo establecido por dicha MORDAZA, "... solo podran determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios publicos o arbitrios al 1º de enero del ano fiscal anterior reajustado con la aplicacion de la variacion acumulada del Indice de Precios al consumidor". Que, cabe mencionar que en el presente caso, la Ordenanza materia de ratificacion no ha contemplado el incremento del monto de los arbitrios en funcion de la variacion

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