Norma Legal Oficial del día 11 de Diciembre del año 2004 (11/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 2004

y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004 del Pliego Nº 014: Comision Nacional de la Juventud del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 3 del articulo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, contendra las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas que se realizaran en el ano fiscal; Que, el ultimo parrafo del citado articulo, establece que el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en su caso de reprogramacion de metas propuestas; Que, el articulo 8º del mencionado Reglamento considera que las licitaciones, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deberan ser aprobadas por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad para su inclusion en el mismo, lo cual debera informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; a su vez, las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion seran comunicadas a PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE; Que, por lo expuesto y en base a la necesidad manifestada por el Informe de la Oficina de Administracion, por el cual se pone de conocimiento que en la actualidad se han realizado y se han dejado de realizar procesos de seleccion contemplados en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004, resulta necesario aprobar la modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondientes al ejercicio presupuestal del ano 2004, el mismo que contiene la adquisicion de bienes y servicios a traves de procesos contemplados en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, financiados con recursos propios; De conformidad con el articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, los articulos 5º, 6º, 7º y 8º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y sus modificatorias y con los vistos de la Oficina de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica de la Comisiona Nacional de la Juventud; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision Nacional de la Juventud, correspondiente al Ejercicio Fiscal del ano 2004, del Pliego Nº 014: Comision Nacional de la Juventud del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones modificado, aprobado en el articulo precedente, sea comunicado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, y a la Comision de Promocion de la Pequena Empresa PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de emitida la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion se ponga a disposicion del publico en la Oficina de Administracion y en la pagina Web de la Comision Nacional de la Juventud. Articulo Cuarto.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta 22356

FERROCARRIL HUANCAYO - HUANCAVELICA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de bien para la reparacion de locomotora del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica
FERROCARRIL HUANCAYO-HUANCAVELICA INSTITUCION PUBLICA DESCENTRALIZADA Del Sector Transportes y Comunicaciones RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 024-2004-CD/FHH Huancayo, 25 de noviembre del 2004 VISTOS: El Informe Nº 009/GG-FHH/2004 del Gerente General, el Informe Tecnico Nº 033/JDM-FHH/04 del Jefe del Departamento de Mecanica, Informe Nº 012/JOA-FHH/ 2004 de la Jefatura de la Oficina de Abastecimiento e Informe Nº 273-004-CVV/FHH del Asesor Legal Externo del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 006/JDTV-FHH/2004 el Departamento de Trafico informa que debido a la reciente paralizacion de la Locomotora Nº 432, el servicio que brinda el Ferrocarril Huancayo-Huancavelica se viene atendiendo unicamente con la locomotora Nº 436; lo cual no genera confiabilidad debido a que la capacidad operativa se paralizo en un 50%, disminuyendo los niveles de produccion; concluyendo que la ausencia impredecible de una locomotora, compromete la continuidad de los servicios esenciales; Que, por su parte, el Departamento de Mecanica, mediante Informe Tecnico Nº 033/JDM-FHH/04, indica que la paralizacion de la Locomotora Nº 432 obedece a la exclusiva responsabilidad del proveedor Consorcio Precision S.A.C. quien ha tenido a su cargo la reparacion del motor de dicha unidad, la Institucion en merito a la garantia de servicio solicito a dicha firma, subsane y corrija las fallas presentadas el 9.11.04, sin embargo bajo un supuesto cambio de metales de biela del MORDAZA Nº 5, dicha firma pretende desconocerla aduciendo el quebrantamiento de la garantia, segun comunicacion efectuada mediante Carta Nº CAO227.2004 del 15.NOV.2004; Que, este Ferrocarril, con fecha 18.NOV.2004 ha acudido en denuncia formal por ante la Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de Huancayo, por los ilicitos de danos y contra los medios de transporte, dirigiendola contra la representante del contratista Consorcio Precision S.A.C.; debiendose igualmente accionar en la via civil contra dicha empresa, por los danos y perjuicios irrogados, dado el incumplimiento del contrato; Que, dicha situacion imposibilita a este Ferrocarril a proceder con la reparacion de la Locomotora Nº 432, toda vez que ello podria perjudicar la vigencia de la garantia de la reparacion efectuada por Consorcio Precision S.A.C.; tanto mas cuando este aspecto ha de ser ventilado ante el fuero judicial, como queda dicho precedentemente; Que, consecuente con ello, el Jefe del Departamento de Mecanica de este Ferrocarril, mediante el citado Informe Tecnico Nº 033/JDM-FHH/04 del 25.11.04, propone apresurar el tramite de reparacion de la Locomotora Nº 435, para cuyo efecto -desde el 6 de octubre del 2004- se ha venido gestionando la adquisicion de un Ciguenal de MORDAZA uso mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0006-2004-FHH, cuya primera convocatoria fue declarada desierta con fecha 17.11.04; Que, tales circunstancias; esto es, el impase sucedido con el proveedor encargado de la reparacion de la Locomotora Nº 432 que impone la necesidad urgente de

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