Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2004 (14/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 14 de diciembre de 2004

sas exportadoras peruanas, en Ferias Especializadas Internacionales, como es el caso de las Ferias Internacionales MODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW 2005; Que, el Informe Tecnico S/N de fecha 19 de noviembre del 2004, emitido por la Gerencia de Textil Confecciones y Accesorios senala la importancia de la participacion de PROMPEX en las Ferias Internacionales MODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW 2005, por constituir parte de la MORDAZA de PERU MODA, para consolidar la presencia de nuestras exportaciones en Estados Unidos. Asimismo, la MORDAZA de Nueva MORDAZA, lugar donde se realizaran estas ferias, el centro de la industria de la moda de los Estados Unidos de Norteamerica, lo que permitira ampliar la expectativa sobre las posibilidades que ofrece el Peru en productos textiles y de confecciones, mediante la MORDAZA de una oferte exportable seleccionada de las mejores colecciones de las empresas nacionales presente en Peru Moda 2005; Que, se ha seleccionado la Feria Moda Manhatan, porque dicho evento reune aproximadamente 300 colecciones venidas del MORDAZA entero, las mismas que son seleccionadas por un MORDAZA muy riguroso, asimismo, es visitada por 8,000 compradores de tiendas especializadas y boutiques de los Estados Unidos, Canada, Europa y Mexico. La oferta exportable estara conformada por confecciones seleccionadas para MORDAZA elaboradas en algodon, alpaca y mezclas; Que, en el caso de la feria Accesories The Show, es importante la presencia de PROMPEX, por constituir dicho evento la feria mas grande de los Estados Unidos de Norteamerica, donde se presentan las ultimas tendencias de disenos de todo MORDAZA de accesorios del vestuario, tanto para MORDAZA, caballeros y ninos, siendo visitada por aproximadamente 14,500 visitantes especializados. La oferta exportable peruana estara constituida por prendas de algodon, alpaca y mezclas, para MORDAZA, caballeros y ninos; Que, las caracteristicas especiales que se senalan en el considerando precedentes, hace que se pueda considerar a la referida contratacion como un servicio personalisimo conforme lo dispone el literal h) del articulo 19 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, motivo por el cual resulta fundamental para la presencia de PROMPEX en dicho evento, a fin de cumplir con los objetivos de su Ley de creacion; Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ha absuelto una consulta formulada por PROMPEX, referente a la contratacion de servicios conexos para la participacion de la institucion en Ferias Internacionales con el objetivo de promover las exportaciones, a traves de la Opinion Nº 040-2004(GTN), senalando que cuando se han producido los supuestos de exoneracion o de declaracion de desierto en los articulos 19º y 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, determinandose la necesidad de efectuar procesos de menor cuantia a traves de acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, y surja, la necesidad de contratar con un extranjero no domiciliado en el Peru, la contratacion respectiva podra regirse por la ley de su cumplimiento, segun las condiciones ofrecidas por el proveedor o de acuerdo a los procedimientos usados por el comercio internacional, no siendo de aplicacion lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 105º de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; Que, de acuerdo al informe tecnico es requisito previo para la participacion en las Ferias Internacionales MODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW 2005, se reserve el espacio durante el ejercicio 2004, debiendo efectuarse un pago para el presente ano de US$ 18, 220.00; Que, mediante Memorandum Nº 254-2004-PROMPEX/OPP de fecha 24 de noviembre de 2004, de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, se senala que la contratacion del servicio de Alquiler de espacio, para las

Ferias Internacionales MODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW 2005, cuenta con disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio; Que, el valor referencial para la contratacion del servicio de alquiler de espacio para las Ferias Internacionales MODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW 2005, es de US$ 18,220.00 dolares norteamericanos; Que, el Informe Legal Nº 037-2004-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emision de una Resolucion de Direccion Ejecutiva por medio de la cual se declare exonerada del MORDAZA de seleccion correspondiente, toda vez que se ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por tratarse de la contratacion de servicios personalisimos; Que, lo expuesto en dichos informes justifican tecnica y legalmente la exoneracion senalada de conformidad con lo establecido en el articulo 113º del mencionado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR de fecha 25 de junio del 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del mismo ano, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX, cuyo articulo 16º establece que el Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad, Titular de la entidad y del Pliego Presupuestario; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 002-2004MINCETUR de fecha 7 de enero del 2004 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de enero del mismo ano, se designo al senor MORDAZA MORDAZA de Velasco de la MORDAZA, como Director Ejecutivo de PROMPEX; Que el numeral 6. referido a la exoneracion de los procesos de seleccion del acapite VI. de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, establece en los incisos 6.3 y 6.4, que la resolucion que apruebe la exoneracion debera precisar la causal en la que se sustenta, ya sea que se trate de los previstos por el articulo 19º o de la MORDAZA Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, debiendo la parte considerativa del instrumento que aprueba la exoneracion, sustentarse en el informe tecnico - legal que deberan emitir las areas tecnicas y de asesoria juridica de la entidad, la que debera contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia, tales como costos y oportunidad; Que el inciso 6.5 del numeral 6. de la Directiva senalada en el considerando precedente, establece que la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion, debera precisar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes, servicios u obras materia de la exoneracion, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneracion, asi como determinar la dependencia u organo encargado de realizar la adquisicion o contratacion exonerada; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las exoneraciones previstas en el articulo 19º de la MORDAZA en mencion se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 111º, 113º, 114º, 115º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 16º y el numeral 15) del articulo 17º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROMPEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, para el ejercicio presupuestal 2004, aprobado por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 004-2004-PROMPEX/DE, el MORDAZA de seleccion en la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion de alquiler de espacio para la participa-

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