Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 2004 (16/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28420
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 22814

RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 015-2004-CR
MORDAZA FLORES-ARAOZ E. PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion siguiente:

LEY QUE ESTABLECE EL USO DE LOCUTORIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DE MORDAZA SEGURIDAD
Articulo 1°.- Visitas de familiares y visitas especiales 1.1 Las visitas de familiares y visitas especiales a los internos de los establecimientos penitenciarios de MORDAZA seguridad se celebraran en locutorios especiales, de conformidad con lo que establezca el reglamento. 1.2 Los locutorios especiales son ambientes destinados para las visitas familiares y especiales, por razones de seguridad, que por su diseno y distribucion impiden el contacto fisico entre el interno y la visita. 1.3 La visita en el locutorio especial sera controlada de forma visual por personal de seguridad. 1.4 En ningun caso estos ambientes impediran la audicion, el contacto visual, la fluidez y la confidencialidad de la comunicacion personal. 1.5 Los locutorios no son aplicables a las entrevistas de los internos con sus abogados. Sin embargo, el jefe del establecimiento penitenciario de MORDAZA seguridad podra disponer su uso excepcionalmente y de manera temporal, cuando existan indicios que permitan suponer razonablemente que se esta afectando la seguridad nacional, la seguridad del establecimiento de MORDAZA seguridad o cuando incumplan las normas del mismo a causa de dichas entrevistas. Articulo 2°.- Extension del uso de locutorios Lo dispuesto en el articulo precedente se aplicara extensivamente a los internos del Centro de Reclusion de MORDAZA Seguridad de la Base MORDAZA del Callao. Articulo 3°.- Construccion de locutorios Para el caso de los establecimientos penitenciarios de MORDAZA seguridad que no cuenten con la infraestructura requerida para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 1° de la presente Ley, deberan efectuarse las acciones administrativas necesarias. Articulo 4°.- Reglamentacion El Poder Ejecutivo dictara dentro del plazo de sesenta (60) dias las normas reglamentarias necesarias para la aplicacion de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

ACEPTACION DE LA RENUNCIA DEL PRIMER VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Articulo unico.- Aceptacion de la renuncia del Primer Vicepresidente Aceptase la renuncia al cargo de Primer Vicepresidente de la Republica presentada por el ciudadano MORDAZA Diez Canseco MORDAZA el treinta de enero de dos mil cuatro. POR TANTO: Cumplase y publiquese. Dada en MORDAZA, en el Palacio del Congreso de la Republica, a los catorce dias del mes de diciembre de 2004. MORDAZA FLOREZ-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 22705

DECRETO DE AMPLIACION DE CONVOCATORIA DE LA PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DEL PERIODO ANUAL DE SESIONES 2004-2005
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 49º del Reglamento del Congreso establece que el periodo anual de sesiones comprende dos legislaturas ordinarias; Que, segun la citada MORDAZA reglamentaria, la primera legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 20042005, culmina el 15 de diciembre de 2004; Que, con posterioridad a dicha fecha y durante el receso parlamentario, ejerce sus funciones constitucionales la Comision Permanente; Que, el Pleno del Congreso, en su sesion del 13 diciembre de 2004, debatio el dictamen presentado por la Comision de Constitucion y Reglamento, respecto de la solicitud de levantamiento de inmunidad parlamentaria num. 37, presentada por la Corte Suprema de Justicia contra el senor Congresista MORDAZA MORDAZA Salazar;

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