Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 2004 (16/12/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

Pag. 282496

PROYECTO

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2004

OSIPTEL
Proyecto de Reglamento de Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones y su Exposicion de Motivos
ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 092-2004-CD/OSIPTEL MATERIA RESOLUCION QUE DISPONE PUBLICAR PROYECTO DE REGLAMENTO DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES MORDAZA, 10 de diciembre de 2004 VISTO: El Proyecto de Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones; El Memorando Nº 949-GFS/2004, de fecha 12 de noviembre de 2004, suscrito por la Gerencia de Fiscalizacion de OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, aprobado por Ley Nº 27332 y modificada en parte por la Ley Nº 27631, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la funcion normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, reglamentos, normas que regulen los procedimiento a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones y derechos de las entidades o actividades supervisadas o de usuarios; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 24º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, el Consejo Directivo de OSIPTEL es el organo competente para ejercer de manera exclusiva la funcion normativa; Que, el Organismo ha evaluado la necesidad de proponer un Reglamento de Calidad aplicable a los diferentes servicios de telecomunicaciones que se brindan en las zonas urbanas; Que, el Articulo 27º del Reglamento General del OSIPTEL dispone que constituye requisito para la aprobacion de los Reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de caracter general que dicte OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos hubieran sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que, en consecuencia, se debe disponer la publicacion del Proyecto de Resolucion que aprueba el Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, estableciendose el plazo para la remision de los comentarios respectivos; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 215; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Proyecto de Reglamento de Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones y su Exposicion de Motivos. Articulo Segundo.- Los interesados podran remitir por escrito sus comentarios a la Gerencia de Fiscalizacion de OSIPTEL (Calle De La Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima) hasta el 30 de enero de 2005. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Fiscalizacion de OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo (e)

PROYECTO RESOLUCION Nº - 2004-CD/OSIPTEL VISTOS: El Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en telecomunicaciones - OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM. El Proyecto de Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones y su Exposicion de Motivos. CONSIDERANDO: Que el Articulo 76º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobada por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, dispone que OSIPTEL se encarga de garantizar la calidad y eficiencia del servicio brindado al usuario; Que el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 008-2001PCM, Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones, dispone que su actuacion se orientara a promover las inversiones que contribuyan a aumentar la cobertura y calidad de los servicios publicos de telecomunicaciones, orientando sus acciones a promover la libre y MORDAZA competencia en el ambito de las telecomunicaciones; Que, el Literal h) del Articulo 25º del Reglamento General de OSIPTEL establece que en el ejercicio de su funcion normativa, este Organismo podra dictar reglamentos sobre estandares de calidad y condiciones de uso de los servicios que se encuentren bajo su competencia, incluyendo la fijacion de indicadores tecnicos de medicion y uso de indicadores referidos al grado de satisfaccion de los usuarios; Que, el Articulo 19º del referido Reglamento senala que es objetivo especifico de OSIPTEL promover la existencia de condiciones de competencia en la prestacion de los servicios de telecomunicaciones, siendo fundamental para lograr dicho objetivo garantizar que las concesionarias y especialmente los usuarios esten informados de los niveles de calidad ofrecidos por las empresas que brindan el servicio; Que, la evolucion tecnologica y oferta de los servicios publicos de telecomunicaciones, la experiencia derivada de la supervision de la calidad del servicio, asi como la apertura del MORDAZA, hace necesario establecer un MORDAZA sobre calidad del servicio actualizado; Que, no obstante que estos servicios se prestan en un regimen de libre competencia, es necesario contar con controles que protejan a los usuarios y que no signifiquen un freno al desarrollo de este sector ni mucho menos inhiba la inversion privada en el mismo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el "Reglamento de la Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones" y su Exposicion de Motivos, textos que forman parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Ordenar la publicacion del Reglamento aprobado en el Articulo Primero y su Exposicion de Motivos en el Diario Oficial El Peruano, y la matriz de comentarios respectiva en la pagina web de OSIPTEL. Articulo Tercero.- La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.