Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 2004 (16/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 15º.- Las solicitudes de rotacion por razones de interes personal, se presentaran durante el mes de enero de cada ano, adjuntando los documentos que acreditan los criterios a evaluarse. Articulo 16º.- La Oficina de Tramite Documentario o la que haga sus veces, verificara, numerara los folios y remitira la documentacion correspondiente al Comite de Evaluacion dentro de las 24 horas de su recepcion. Articulo 17º.- En las solicitudes los interesados indicaran como alternativa para su nueva ubicacion hasta tres centros de trabajo ubicados en el lugar de destino. Estas alternativas se utilizaran en la adjudicacion de las plazas vacantes, considerando el orden de precedencia del respectivo Cuadro de Prioridades. Articulo 18º.- Los expedientes de rotacion por razones de interes personal seran evaluados de acuerdo a los criterios senalados, estableciendose el Cuadro de Meritos en base al puntaje total alcanzado. Las plazas vacantes seran cubiertas de acuerdo al orden de precedencia. Articulo 19º.- La Unidad de Personal o la que haga sus veces emitira la informacion escalafonaria pertinente al solicitante considerando los siguientes datos: a) Nombres y apellidos completos; b) Estudios realizados:, Titulo Profesional o Tecnico y Grado de Instruccion; c) Cargo Actual; d) Grupo Ocupacional; e) Categoria Remunerativa; f) Codigo Modular; g) Centro de Trabajo: indicando lugar, distrito, provincia, departamento y region; h) Tiempo de servicios oficiales; i) Tiempo de servicios en el ultimo cargo prestados en forma real y efectiva; y, j) Meritos y Demeritos siempre que estos se encuentren comprendidos dentro de los cinco anos y no MORDAZA sido rehabilitado el servidor mediante Resolucion. Articulo 20º.- La evaluacion de expedientes para rotacion estara a cargo de un Comite de Evaluacion integrado por: a) Un representante del Titular de la Entidad, quien lo presidira; b) El Jefe de Unidad o Area de Personal o su representante, quien actuara como Secretario Tecnico. c) Un representante de la organizacion sindical debidamente acreditado Articulo 21º.- El Comite de Evaluacion para rotacion cumplira las funciones siguientes: a) Publicar durante los primeros cinco dias utiles del mes de enero de cada ano, las plazas vacantes organicas presupuestadas; b) Recibir y evaluar los expedientes durante el mes de enero; c) Formular y publicar el cuadro de meritos en la primera semana del mes de febrero de cada ano; d) Absolver las reclamaciones que pudieran presentarse por efecto de la evaluacion dentro de las 72 horas de publicado el cuadro de meritos; e) Adjudicar durante la tercera semana del mes de febrero, las plazas vacantes en estricto orden de precedencia, aun cuando el interesado no se encuentre presente. f) Remitir a la Oficina de Personal o quien haga sus veces las constancias de adjudicacion de plazas para la proyeccion de las resoluciones correspondientes; g) Presentar el informe respecto a los logros obtenidos, dificultades encontradas y sugerencias pertinentes. h) Elaborar oportunamente las actas de instalacion, evaluacion de expedientes, adjudicacion de plazas, absolucion de reclamos y otras que el Comite crea conveniente. Articulo 22º.- El Cuadro de Meritos determinara el estricto orden de precedencia en que seran atendidas las solicitudes de rotacion y contendran los siguientes datos: a) Orden de Meritos o precedencia; b) Apellidos y nombres completos; c) Puntaje total; d) Cargo actual; y, e) Lugar de procedencia y las tres alternativas de destino. Articulo 23º.- El Cuadro de Meritos para la rotacion por razones de interes personal se elaborara considerando:

a) Rotacion Interna: De un organo a otro dentro del mismo centro de trabajo. b) Rotacion Externa: De un lugar a otro dentro del ambito jurisdiccional. Articulo 24º.- Publicado el Cuadro de Meritos, el trabajador que no este de acuerdo con la evaluacion de su expediente podra formular reclamo dentro de los tres (3) dias utiles siguientes, ante el Comite respectivo, el que con los documentos probatorios, absolvera dentro de las 72 horas de recibido el reclamo. Articulo 25º.- La adjudicacion de plazas vacantes se realizara en acto publico durante la tercera semana del mes de febrero, en lugar predeterminado por el Comite de Evaluacion y de acuerdo al cronograma establecido en el reglamento. La adjudicacion de las plazas vacantes se efectuara en primer lugar al personal considerado en la rotacion interna, y despues al personal considerado en la rotacion externa. Articulo 26º.- La adjudicacion de plazas vacantes para la rotacion se efectuara de acuerdo al orden de precedencia en que se ubiquen los trabajadores en el Cuadro de Meritos, dejando MORDAZA escrita del mismo. En caso de no estar presente el trabajador en el acto publico, se le asignara de oficio la plaza vacante de acuerdo a las alternativas senaladas en su solicitud o a un lugar cercano de no existir vacantes en las alternativas propuestas, sin lugar a reclamos posteriores. Articulo 27º.- Las respectivas resoluciones de rotacion se expediran, en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias a partir de la fecha de adjudicacion de la plaza, las mismas que seran transcritas al usuario dentro de las 48 horas de su expedicion.

CAPITULO III DE LA ROTACION POR RAZON DE SALUD
Articulo 28º.- La rotacion por razones de salud procede: a) Cuando el Trabajador ha hecho uso MORDAZA de 12 meses de licencia, por la enfermedad que motiva la peticion de rotacion y no obstante ello, requiere necesariamente tratamiento asistencial en el lugar de destino; o b) Por necesidad de atencion medica especializada permanente del servidor, conyuge, hijos o padres, en el lugar de destino. Articulo 29º.- La rotacion por razones de salud, se efectuara al lugar solicitado o al mas cercano, de tal forma que posibilite el desempeno de las funciones y el tratamiento de la enfermedad. Se efectuara durante todo el ano, previa calificacion de las causas que la motivan, realizada por los medicos de los organos de origen y de destino. Articulo 30º.- El interesado presentara su solicitud adjuntando el certificado medico expedido o visado por los Centros Asistenciales del Ministerio de Salud o la Seguridad Social con las pruebas auxiliares que acrediten la enfermedad, teniendo en cuenta el tramite siguiente: a) El Organo de Tramite Documentario o el que haga sus veces remitira el expediente al medico de la Entidad para su calificacion y opinion pertinente; b) El expediente con el diagnostico del medico MORDAZA lugar al procesamiento de la accion administrativa de rotacion, siempre que exista plaza vacante; c) En caso el diagnostico del medico del organo intermedio no amerita una rotacion por razon de salud, el expediente se procesara como rotacion por interes personal, siempre que la solicitud MORDAZA sido presentada en el mes de enero, en caso contrario, se devolvera al interesado. Articulo 31º.- De no existir medico en el organo responsable, el titular de la entidad coordinara con el Area de Salud respectiva para el diagnostico medico. Articulo 32º.- La rotacion por razones de salud dentro del mismo lugar geografico, cuando la enfermedad permanente o discapacidad que padece el servidor certificada por los Centros Asistenciales del Ministerio de salud o de la Seguridad Social, solo procede cuando se adecuan mejor al desempeno del cargo de destino.

CAPITULO IV DE LA ROTACION POR NECESIDAD INSTITUCIONAL
Articulo 33º.- La rotacion por necesidad institucional tiene por objeto racionalizar los recursos humanos para

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