Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2004 (17/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES PROYECTO

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CUADRO 1 CANTIDAD DE TELEFONOS POR EMPRESA EMPRESA TELEFONICA RURAL TELECOM GTH TOTAL CANTIDAD DE TELEFONOS 3450 801 5702 9953 ACTUALIZADO Ago-04 Ago-04 Ago-04

CUADRO 2 CANTIDAD DE LOCALIDADES POR EMPRESA EMPRESA TELEFONICA RURAL TELECOM GTH TOTAL CANTIDAD DE LOCALIDADES 2142 866 5687 8695 ACTUALIZADO Ago-04 Ago-04 Ago-04

mento no pueden ser sancionado como dos infracciones distintas, considerando que los telefonos que constituyen incumplimientos al numeral i) ("El tiempo fuera de servicio por telefono publico no podra ser superior a siete (7) dias calendario durante un (1) mes calendario), son tambien tenidos en cuenta para la aplicacion del indicador iii) ("En un (1) mes calendario, el numero de telefonos publicos que superen lo dispuesto en el primer parrafo del numeral i) del presente articulo no sera mayor al 5% del numero total de telefonos publicos"), por contravenir el MORDAZA MORDAZA referido. Otro aspecto que resulta necesario evaluar es si la MORDAZA desincentiva el aumento de la penetracion en las zonas rurales, teniendo en cuenta la dificultad que tienen las empresas en cumplir los parametros de continuidad o en acreditar las circunstancias de casos fortuitos o fuerza mayor que impidieron la prestacion del servicio. Para ello, es necesario considerar las estadisticas sobre el numero de telefonos publicos por localidad y el porcentaje de capacidad por telefono mensualmente utilizada, las mismas que aparecen a continuacion:
CUADRO 3 Telefonos rurales de Telefonica del Peru S.A.A.

II. ANALISIS El Reglamento durante el periodo de su aplicacion ha cumplido con sus fines, al propiciar que las empresas introduzcan cambios fundamentales para cumplir con garantizar eficaz y eficientemente la continuidad del servicio en los pueblos rurales del MORDAZA, tales como el cambio de tecnologia, la renovacion de equipos, la preocupacion e implementacion de procesos y programas de atencion al mantenimiento de su infraestructura, entre otros. Asi por ejemplo, TdP ha iniciado la migracion de tecnologia de sistemas Multi Acceso Radial (MAR) a tecnologia satelital (VSAT), habiendo presentado un primer cronograma de migracion. Asimismo, se ha puesto en evidencia la situacion por la que atraviesa nuestro MORDAZA, especialmente al interior del mismo, donde se presentan constantes situaciones de vandalismo y robos a los equipos de telecomunicaciones, tales como paneles solares, baterias, equipos de radio, entre otros. Al respecto nos remitimos a los MORDAZA estadisticos anexos que comprenden el periodo enero 2003 a agosto de 2004. Segun se desprende de dichas estadisticas, las situaciones de FUERA DE SERVICIO de los telefonos de TdP han ido en aumento, y de acuerdo a dicha informacion, uno de los mayores problemas que originan la suspension del servicio de los telefonos publicos en las localidades rurales es el ROBO Y VANDALISMO, con el agravante que a los pocos dias que la empresa repone los equipos, estos nuevamente son robados. Adicionalmente, durante la vigencia del Reglamento, se ha podido apreciar que muchos de los incumplimientos detectados como causal de infraccion obedecen a la imposibilidad de la empresa de presentar en forma oportuna los sustentos de la circunstancia extraordinaria que ha impedido la prestacion del servicio. Es razonablemente entendible que estos requerimientos han devenido en engorrosos e impracticables para las empresas debido a nuestra accidentada geografia y los crecientes y repetitivos actos de robo y vandalismo, entre otras situaciones que resultan previsibles como la presencia de ciertos fenomenos naturales en algunas zonas rurales del MORDAZA y que en algunos casos resulta materialmente imposible obtener una certificacion oficial al respecto. El Reglamento ha obligado a las empresas a contar con grupos de trabajo avocados por ejm. a la labor de obtener pruebas irrefutables de las situaciones de caso fortuito o fuerza mayor generadas. Segun esta establecido, la informacion que presentan las empresas es evaluada por OSIPTEL dentro de un plazo de 20 dias, y a su vez las empresas tienen un plazo de 15 dias para presentar las correcciones o descargos correspondientes, lo que genera un flujo de informacion voluminoso y permanente. Desde el punto de vista juridico es importante senalar que el MORDAZA NON BIS IN IDEM, consagrado en el numeral 10 del Articulo 230º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que: "No se podra imponer sucesivamente una pena y una sancion administrativa por el mismo hecho en los casos que se aprecie la identidad del sujeto, hecho y fundamento". En consecuencia, los incumplimientos a los indicadores establecidos en los numerales i) y iii) del articulo 4º del ReglaTelefono por Nº de Capacidad promedio usada (%) por telefono localidad localidades en la localidad de mayor trafico 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 24 1419 257 102 63 32 25 23 20 7 1 6 4 2 3 1 2 1 92 44 43 40 35 23 43 27 51 28 25 20 25 34 17 19 10

Los parametros de medicion de las obligaciones de continuidad respecto de los telefonos publicos en areas rurales no deben desincentivar la instalacion de nuevos telefonos publicos, y que en general la regulacion no debe constituirse en inhibidor de la ampliacion de la cobertura de cualquier servicio publico de telecomunicaciones, sino al contrario debe promoverla. En tal sentido, y luego de la evaluacion de los actuales parametros de continuidad establecidos en el Reglamento, resulta conveniente modificarlos de forma tal que MORDAZA concordantes con los principios de libre acceso y promocion de la competencia del OSIPTEL e introducir en el Reglamento parametros que se adecuen a la realidad, que ademas incentiven una mayor penetracion, y mantener como unico parametro de cumplimiento de continuidad que la empresa concesionaria no podra mantener en cada ano calendario, una localidad en la condicion de fuera de servicio o con servicio reducido, por un periodo mayor a treinta (30) dias calendario, MORDAZA estos continuos o alternados. La definicion de "localidad fuera de servicio" varia a aquella en la cual el unico telefono publico instalado se encuentra fuera de servicio, mientras que se denomina "localidad con el servicio reducido" aquella que presenta mas del 50% de sus telefonos fuera de servicio. En caso que el numero de telefonos sea impar, este porcentaje estara determinado por el numero entero superior. Adicionalmente, es necesario que las empresas cuenten con un mayor plazo para conseguir sus pruebas y enviar los sustentos que acrediten los casos fortuitos y de fuerza mayor, y que dichas pruebas MORDAZA las que razonablemente se puedan obtener. Teniendo en cuenta ello, resulta conveniente eliminar la etapa del procedimiento en la que OSIPTEL remite los resultados de su evaluacion a la empresa para que formule sus descargos. 22654

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