Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2004 (17/12/2004)


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VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 2004

El Informe Nº 03-82-00000001, de fecha 10 de diciembre de 2004 y el Informe Nº 004-082-00000166, de fecha 10 de diciembre de 2004, emitidos por la Gerencia de Administracion y la Gerencia de Asuntos Legales, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece los casos en que las adquisiciones y contrataciones realizadas por una Entidad estan exoneradas de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, segun sea el caso; Que, al respecto, el articulo 20º de la Ley en mencion dispone que todas las exoneraciones, deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico legal previo; y, en ese mismo sentido, el Articulo 113º del Reglamento de la Ley establece que la resolucion que apruebe la exoneracion de un MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de alguna de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley, requiere obligatoriamente un informe tecnico - legal emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad, y que dicho informe debe contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion y de la necesidad de la exoneracion, contemplando criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, asimismo, la disposicion citada en el parrafo precedente senala que la Resolucion que aprueba la exoneracion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose una MORDAZA de la misma y el informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en el literal f) del articulo 19º de la Ley se establece que las adquisiciones o contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos; se encuentran exoneradas del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, o Adjudicacion Directa; siendo que dicha causal procede cuando la necesidad de la entidad solo puede ser satisfecha por un determinado bien o servicio, que al mismo tiempo es brindado o prestado por un solo proveedor; resultando imposible la concurrencia abierta de postores dado que solo la persona o entidad que posee la preeminencia o privilegio de la prestacion podra presentarse para formular la oferta que satisfaga la exigencia de la institucion; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 2653, de fecha 11 de noviembre de 2004, se autorizo al Servicio de Administracion Tributaria - SAT, la ejecucion del Proyecto de Inversion Publica "Fortalecimiento de la Capacidad Operativa del Servicio de Administracion Tributaria"; cuyo aspecto primordial de conformidad con el Informe Tecnico Nº 003-2004-MML/OGP-OPI, de la Oficina de Programacion e Inversiones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, es el aseguramiento de la infraestructura basica que comprende la adquisicion de una nueva Sede Institucional que permita el normal funcionamiento de la organizacion dentro de parametros de calidad y eficiencia operativa garantizando aspectos de seguridad y solidez estructural que minimice los riesgos para las personas que interactuan en sus instalaciones; logrando igualmente la integracion de las diferentes dependencias de la entidad, asi como la continuidad y desarrollo de los servicios que se brindan a los contribuyentes de la citada Corporacion Municipal; Que, en ese contexto, mediante Informe Nº 03-8200000001, la Gerencia de Administracion formula requerimiento y senala que el inmueble ubicado en Camana Nº 364 - 370, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, es el adecuado para el funcionamiento del SAT, teniendo en cuenta los requerimientos y particularidades predeterminadas por la entidad: Que, en tal sentido, Gerencia de Administracion senala en su precitado Informe que el inmueble a adquirir constituye un bien que no admite sustitutos en la medida que posee caracteristicas singulares que determinan tal caracter; y que permitiran el normal funcionamiento de la organizacion dentro de parametros de calidad y eficiencia operativa garantizando aspectos de seguridad y solidez estructural que minimice los riesgos para las personas que interactuan en sus instalaciones; logrando igualmente la inte-

gracion de las diferentes dependencias de la entidad, asi como la continuidad y desarrollo de los servicios que se brindan a los contribuyentes de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana; Que, ademas, la Gerencia de Administracion informa que el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica para atender este requerimiento se ha incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, precisandose que la adquisicion del mencionado inmueble significa una inversion de US$ 950,000.00 (Novecientos Cincuenta Mil y 00/ 100 Dolares Americanos), monto que incluye el IGV; financiado con "Recursos por Operaciones de Credito Interno 11; Que, por las consideraciones MORDAZA expuestas, la empresa El MORDAZA Peruano Suiza Compania de Seguros y Reaseguros, propietaria del inmueble sito en Camana Nº 364 - 370, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, se constituye en el proveedor unico que puede ofrecer el inmueble segun las caracteristicas singulares que la entidad requiere; por ende, se trata de un bien que no admite sustitutos y que solo puede ser ofrecido bajo dicha modalidad por este unico proveedor; en tal sentido, y conforme a lo dispuesto en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; procede la exoneracion para la adquisicion de este bien, del MORDAZA de Licitacion Publica previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT; Que, finalmente, la Gerencia Legal ha emitido el Informe Nº 004-082-00000166 de fecha 10 de diciembre de 2004, proponiendo a esta Jefatura la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica para la adquisicion del inmueble ubicado en Camana Nº 364 - 370, distrito, provincia y departamento de MORDAZA mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, al haberse configurado el supuesto previsto en el literal f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 11-2001 CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica para la adquisicion del inmueble ubicado en Camana Nº 364 - 370, distrito, provincia y departamento de MORDAZA mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un valor referencial de US$ 950,000.00 (Novecientos Cincuenta Mil y 00/100 Dolares Americanos), incluido todo MORDAZA de concepto, gastos y tributos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con "Recursos por Operaciones de Credito Interno - 11, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado e incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que proceda a la contratacion indicada mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y conforme lo prescrito por el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y el articulo 115º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 22703

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