Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2004 (17/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 2004

mal se puede decir que la autoridad competente ha tomado conocimiento, deviniendo en consecuencia en IMPROCEDENTE la prescripcion y el archivamiento definitivo del presente MORDAZA solicitado por el procesado; Que, los medios probatorios anexados en calidad de descargo no atenuan ni aminoran la falta disciplinaria imputada en su contra, debido a segun el Informe Escalafonario Nº 06197-03 remitido mediante Oficio Nº 5969/ DUSE.03.AGA-2003 de fecha 14 de MORDAZA del 2003 por la Lic. MORDAZA Almeri MORDAZA, Directora del Programa Sectorial II de la Unidad de Servicios Administrativos Nº 03, del MINISTERIO DE EDUCACION se concluye que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA actualmente es profesor de 24 horas del CEO "Manuela MORDAZA Gomez" La MORDAZA USE 03 y cuenta con 12 ANOS, 11 MESES Y 23 DIAS DE SERVICIOS, asimismo que 12 ANOS, 10 MESES, Y 18 DIAS LOS PRESTO EN UN CARGO ADMINISTRATIVO habiendo sido nombrado a partir del 4 de MORDAZA de 1990 mediante R.D.U. Nº 1033-90 y a partir del 2 de junio del 2003 reubicado de su cargo administrativo al cargo de docente mediante R.D.U. Nº 4106-2003; asimismo, del Informe Escalafonario emitido por la Unidad de Personal de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA se colige que el referido servidor ingreso a laborar mediante Concurso Publico Nº 02-89 a la Plaza de Policia Municipal III y categoria remunerativa STC, servidor Tecnico nivel STC a partir del 26 de diciembre de 1989 mediante Resolucion de Alcaldia Nº 646-CDB-89, quedando demostrado en consecuencia que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HA LABORADO 12 ANOS, 10 MESES Y 18 DIAS COMO PERSONAL ADMINISTRATIVO, ES DECIR, PERCIBIENDO DOS REMUNERACIONES POR PARTE DEL ESTADO; Que, estando acreditado los hechos con pruebas contundentes atendiendo a las recomendaciones expuestas por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Brena; Que, en aplicacion al inciso a) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, al Articulo 150º y 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 05-90PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; SE RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER SANCION DISCIPLINARIA DE DESTITUCION en el cargo de Servidor Tecnico Administrativo nivel STC al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision de falta grave disciplinaria, conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolucion, quedando inhabilitado de reingresar a la Administracion Publica por espacio de cinco anos consecutivos a partir del dia siguiente de su notificacion formal, en observancia de la Ley Nº 26488. Articulo Segundo.- DISPONER que la Procuraduria Publica Municipal inicie las acciones legales, derivadas del presente proceso. Articulo Tercero.- DISPONER que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cumpla con realizar la devolucion de las remuneraciones percibidas indebidamente, conforme a la Liquidacion que efectue la Unidad de Tesoreria desde su ingreso a esta Corporacion hasta la actualidad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administracion de Recursos, Unidad de Personal y Unidad de Tesoreria el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Brena, la notificacion de la presente Resolucion conforme a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22793

asi como el Informe Nº 03-2004-CPPAD de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 892-2004DA/MDB de fecha 28 de octubre del 2004 se apertura MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA BRENIS MORDAZA, por haber incurrido en presunta falta de caracter disciplinario tipificado en el inciso a) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, POR LABORAR COMO PERSONAL ADMINISTRATIVO, PERCIBIENDO DOS REMUNERACIONES POR PARTE DEL ESTADO; Que, en su descargo el procesado argumenta que mediante Notificacion Nº 0222-2004-M.P.TD/SG/MDB de fecha 16 de noviembre de 2004 ha sido notificado del presente procedimiento administrativo, y que en forma, tiempo y modo plantea la prescripcion de todo lo actuado y de la accion de este procedimiento por cuanto por el tiempo transcurrido ha prescrito por ley; no habiendo desvirtuado que la Unidad de Tramite Documentario dentro del plazo que establece el Articulo 24º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede a NOTIFICAR la Resolucion de Alcaldia Nº 892-2004-DA/MDB, el dia 28 de octubre del presente ano, a horas. 5.50 pm. en el domicilio que ha consignado en el Legajo Personal el servidor MORDAZA MORDAZA Brenis MORDAZA (Jr. MORDAZA Criado MORDAZA Nº 2687 Urb. MORDAZA Lima), obrando el cargo en el Expediente Nº 002-04-CPPAD de fojas 17 a 20, asi mismo, el dia 30 de octubre del presente, se publico en el Boletin del Diario Oficial El Peruano la NOTIFICACION, que le indica al referido servidor la apertura de un MORDAZA Administrativo Disciplinario en su contra, otorgandosele un plazo de cinco (5) dias habiles para que presente sus descargos pertinentes. Ademas desde el 30 de octubre del 2003 fecha en que la MORDAZA autoridad administrativa que es el MORDAZA, ha tomado conocimiento de la investigacion efectuada, hasta el 28 de octubre del 2004 en que se emite la Resolucion de Alcaldia Nº 892-2004-DA/MDB, de apertura de MORDAZA y notificada la referida resolucion a su domicilio en la misma fecha, han transcurrido 11 meses, 28 dias y si se toma en consideracion la publicacion de la referida Notificacion publicada en el Diario Oficial El Peruano del dia 30 de octubre del presente ano, se llega a la conclusion de que el procesado ha tomado conocimiento de la apertura del MORDAZA administrativo al ano por tanto no existe prescripcion; Que, con respecto a la prescripcion y archivamiento de todo lo actuado, manifiesta el servidor MORDAZA MORDAZA BRENIS MORDAZA que se debe tener en consideracion que la ex Jefa de Personal, conocio MORDAZA del ano 2003 el presente caso y elevo el Informe Nº 023-2003-U.P.-SGAGAR/MDB, con fecha 30 de octubre del ano 2003 al Despacho de Alcaldia, acompanando su protesta y reclamo respecto a dicho MORDAZA administrativo con lo cual aclara y deja plenamente establecido que era una accion unilateral de parte de la ex Jefe de Personal. Agrega asimismo el referido servidor, que el presente MORDAZA se revive dentro de un plazo que a todas luces y de acuerdo a ley esta fenecido y prescrito por ley. Del analisis efectuado queda demostrado que, si bien es MORDAZA, que la ex Jefa de Personal, con fecha 22 de octubre del ano 2003 le solicita al senor MORDAZA MORDAZA BRENIS MORDAZA, sus descargos sobre la INVESTIGACION que se le venia haciendo por su presunta falta grave, lo hizo en su condicion de Jefa de la Unidad de Personal, de conformidad al Articulo 43º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1290-2001-DA/ MDB, en el que se determina que una vez culminada la investigacion de los hechos por el organo encargado, se elaborara un informe dirigido al MORDAZA de la Municipalidad, adjuntando las pruebas respectivas; asimismo el Art. 44º del mismo Reglamento establece que: la investigacion sera en forma escrita y sumaria tomandose las declaraciones al personal implicado y aportando las pruebas pertinentes bajo responsabilidad del funcionario Jefe del Organo encargado de efectuar la investigacion, en tal sentido la Jefa de Personal ha actuado de acuerdo a las normas vigentes; Que, los medios probatorios anexados en calidad de descargo no atenuan ni aminoran la falta disciplinaria imputada en su contra, debido a que segun Informe Escalafonario Nº 06196-03 remitido mediante Oficio Nº 5969/ DUSE.03.AGA-2003 de fecha 14 de MORDAZA del 2003 por la Lic. MORDAZA Almeri MORDAZA Directora del Programa Sec-

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1053-2004-DA/MDB
Brena, 10 de diciembre del 2004 VISTO; El descargo presentado por el Sr. MORDAZA MORDAZA BRENIS MORDAZA, servidor Tecnico nivel STC, de la Municipalidad Distrital de Brena, en su calidad de procesado por presunta falta grave en agravio del Estado,

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