Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2004 (17/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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CUADRO DE SANCIONES Y ESCALA DE MULTAS ADMINISTRATIVAS APLICABLES EN EL AMBITO DEL DISTRITO DE LOS MORDAZA MORDAZA DE INFRACCION Leyenda Descripcion MG MUY GRAVE G GRAVE L LEVE Otros (*) FACTOR APLICABLE A LA UIT VIGENTE 1.5 0.50 0.04 (*) Minimo 4,800.00 1,600.00 128.00

(*) Multas en proporcion al valor de la obra, autorizacion y/o procentaje de la UIT, segun lo establecido en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas UIT 2004: 3,200

ESCALA DE REBAJAS POR PAGO VOLUNTARIO

DESCRIPCION

NOTIFICACION RESOLUCION DE MULTA RESOLUCION DE EJECUCION COACTIVA

DIAS UTILES (Plazo de Regularizacion) 5 15 -

REBAJA POR PAGO VOLUNTARIO 75% Dscto. 50% Dscto. 0

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MUNICIPALIDAD DE LURIN
Aprueban el Reglamento para la Eleccion de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lurin
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 095/ML
Lurin, 26 de noviembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lurin, en Sesion Ordinaria de fecha 25 de noviembre; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, los Articulo 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, establecen que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica; que esta se canaliza a traves de los espacios y mecanismos de consulta, concertacion, coordinacion, fiscalizacion y vigilancia existentes y los que los gobiernos locales establezcan segun ley; Que, los Articulos 106º al 110º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establecen la definicion, composicion, instalacion, funciones y reglamentacion de las Juntas Vecinales Comunales, como organo de coordinacion integrado por los representantes de la Sociedad Civil integradas como Juntas Vecinales; Que, el Articulo 73º numeral 5 de la misma Ley, senala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones especificas en materia de participacion vecinal, debiendo promover, apoyar y reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local, organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdiccion, asi como establecer instrumentos y procedimientos de fiscalizacion; Que, es necesario normar y reglamentar la participacion de los representantes de la sociedad civil ante las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lurin conforme a lo establecido

en los articulos 106º al 110º de la Ley Nº 27972, definiendo los mecanismos y procedimientos para la conformacion la eleccion de sus representantes de la Sociedad Civil ante las Juntas Vecinales Comunales, asi como las condiciones, obligaciones y derechos de los mismos, de modo que puedan ser acreditados y participar en la Eleccion de Representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lurin; Que, es atribucion del MORDAZA proponer al Concejo Municipal proyectos de ordenanzas conforme a lo establecido en el Art. 20º inciso 4) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, correspondiendo al Concejo Municipal aprobar las normas que garanticen una efectiva participacion vecinal, conforme a lo senalado en el Articulo 9º inciso 14) del mismo cuerpo de leyes; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, teniendose a la vista el Informe Nº 569-2004-GDHPC/ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Ciudadana y el Informe Legal Nº 7512004-OAJ/ML de la Oficina de Asesoria Juridica; por unanimidad y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento para la Eleccion de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lurin, el mismo que consta de IX Titulos, 23 Articulos y Tres Disposiciones Finales. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Agencias de Desarrollo Local de las cinco zonas del distrito. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA

REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES DEL DISTRITO DE LURIN TITULO I DEFINICIONES BASICAS CAPITULO I FINES OBJETIVOS
Articulo 1º.- Fines y Objetivos El presente Reglamento MORDAZA los mecanismos de participacion y procedimientos a traves de los cuales la Sociedad Civil del distrito de Lurin, eligen a las Juntas de Vecinales Comunales de conformidad con lo que establece la Ley

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