Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2004 (17/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 111° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones aprobado por D.S. N° 013-2001PCM, senala que estan exoneradas del respectivo MORDAZA de seleccion de contrato de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta a la persona del locador por sus caracteristicas inherentes, particulares o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte el articulo 20º del D.S. N° 012-2001PCM de la acotada Ley senala que las adquisiciones o contrataciones que se encuentren exonerados de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se deben aprobar mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, debiendo darsele el tramite de las adquisiciones y contrataciones exoneradas conforme a lo dispuesto en los Articulos 105º y 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe N° 0172/2004/JOAT/MDC, el Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria informa que se ha solicitado la contratacion de una empresa especializada en materia tributaria y de los expedientes recibidos para su evaluacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Empresa de Servicios y Proveedores Generales PALME SAC, se observa que la documentacion presentada por ambos postores es de caracter literal, debiendo ser demostrada con documentos originales o fedateados y que el Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA cuenta con mayor experiencia para realizar el trabajo requerido, sin embargo el MORDAZA de seleccion y contratacion debe enmarcarse segun a lo establecido en las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Asi como la documentacion sustentatoria a las propuestas debe ser original o MORDAZA legalizada, debiendo adjuntar documentos que acrediten que no estan impedidos para contratar con el Estado; Que, el Informe de Asesoria Juridica N° 199-2004-JAJ/ MDC, se sugiere que se verifique la autenticidad de los documentos presentados con la conformidad del servicio prestado y el Concejo Municipal evalue las dos propuestas presentadas tomando como referencia el Informe Tecnico del Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria y el cumplimiento de las normas legales indicadas en el Informe, correspondiendo al Concejo Municipal su aprobacion respectiva verificando si el proveedor a contratar tiene en los ultimos doce meses dos contratos de igual o similar naturaleza y determinar la modalidad de contratacion de una persona natural o juridica para realizar el MORDAZA de fiscalizacion de la deuda tributaria del la Empresa Electro Peru S.A., desde el ano 1996, a la fecha, con financiamiento exclusivo del postor, quien recibira la contraprestacion economica cuando ingrese el dinero recaudado a la Municipalidad Distrital de Colcabamba, debiendo tambien determinar el porcentaje a pagar al proveedor como contraprestacion; Que, se debe tener presente el articulo 105º sobre el procedimiento para los procesos de seleccion exonerados y declarados desiertos, la entidad MORDAZA las adquisiciones y contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del titular del pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda y el articulo 106º del Reglamento sobre exoneracion de procesos de seleccion establece que existe habitualidad si la entidad con la que se contrata o pretende contratar ha actuado como contratista o proveedor en dos o mas contratos de igual o similar naturaleza, con entidades del sector publico o privado en los doce meses anteriores; Que, el Concejo Municipal de Colcabamba, en su Sesion Ordinaria N° 023-2004-MDC, ha evaluado las propuestas presentadas y tomando como referencia los informes de Asesoria Juridica y Oficina de Administracion Tributaria han decidido contratar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien cumple con las caracteristicas especiales para la prestacion del servicio en referencia; en tal sentido dichos informes contienen la justificacion tecnico legal de la necesidad de exoneracion del servicio a contratarse, asi como los criterios de economia, en razon que el servicio sera financiado integramente por el locador, con beneficio de costo y oportunidad para la Municipalidad; por lo cual se ha configurado la causal de exoneracion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20° de la Ley acotada; y lo dispuesto en el articulo 116º de su

Reglamento; asi como de la facultad conferida en el inciso 35 del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6º de la Ley Organica de Municipalidades se establece que el MORDAZA de la Municipalidad es su MORDAZA autoridad administrativa y su representante legal; prescribiendo la MORDAZA contenida en el inciso 23º del articulo 20º de la Ley acotada que son atribuciones del MORDAZA celebrar los contratos para el ejercicio de sus funciones; Estando a lo acordado en la Sesion Ordinaria N° 0232004-MDC, del Concejo Municipal del Distrito de Colcabamba, con la visacion de Gerencia Municipal, Secretaria General y Asesoria Juridica; y con las facultades y competencias que se encuentra investido el Despacho de Alcaldia, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20º, inc. 6 de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el pleno del Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para locacion de servicios personalisimos para la fiscalizacion y determinacion de las omisiones a los tributos, tasas, licencias, multas y/o derechos que correspondan pagar a la Municipalidad Distrital de Colcabamba, los MORDAZA contribuyentes de esta jurisdiccion; el valor referencial del servicio a prestarse sera de 20'000,000.00 (veinte millones y 00/100 nuevos soles), los servicios a prestarse seran financiados integramente por el locador; quien como contraprestacion cobrara el 23 %, incluido el IGV del monto efectivamente recaudado e ingresado a la tesoreria de la Municipalidad, el termino del contrato de locacion de servicios sera de 18 meses a partir de la fecha de la celebracion del contrato materia de exoneracion. Articulo 2º.- Autorizar al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Colcabamba para que celebre el contrato, materia de esta exoneracion. Articulo 3º.- Precisar que el pago de los servicios personalisimos materia de la contratacion indicada se efectuara en el porcentaje senalado en el articulo precedente del monto que recupere el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin afectar ninguna partida presupuestal. Articulo 4º.- Disponer que la Secretaria General de la Municipalidad una vez efectuado el contrato de locacion de servicios personalisimos remita MORDAZA del presente acuerdo y los informes que sustenten la exoneracion a Contraloria General de la Republica dentro del termino de Ley; asimismo se proceda a publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22768

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Aprueban inclusion de MORDAZA de adquisicion de alimentos para el Programa del Vaso de Leche en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el ejercicio 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 164 -2004-A/MDCH MORDAZA, 10 de diciembre del 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA - HUANCAYO. VISTO: El Informe Nº 180-2004-SGASG-GA/MDCH, emito por la Subgerencia de Abastecimientos y Servicios Generales, respecto a la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones por Adquisicion de alimentos para el Programa del Vaso de Leche.

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