Norma Legal Oficial del día 28 de Diciembre del año 2004 (28/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 28 de diciembre de 2004

trataciones y Adquisiciones del Estado y al MORDAZA del articulo 7º de la Ley Nº27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, referido al control interno posterior, corresponde al Organo de Control Institucional, realizar el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0433M03011 "Contratacion del Servicio de Aseo y Limpieza Red Asistencial Ucayali"; y en consecuencia, sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro a favor de la empresa JALASA SERVICIOS GENERALES S.R.L., debiendose retrotraer el MORDAZA a la Etapa de Convocatoria previa elaboracion de nuevas Bases. 2. DECLARAR nula la Resolucion de Subgerencia Administrativa Nº 055-SGA-RAUC-UCAYALI-ESSALUD2004 del 17 de setiembre del 2004, mediante la cual se declaro nula y sin efecto legal el Acta de otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0433M03011 y se retrotrajo el mencionado MORDAZA de seleccion a la Etapa de Evaluacion y Calificacion de Propuestas. 3. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. 4. ENCARGAR al Organo de Control Institucional la evaluacion del adecuado desempeno de los miembros del Comite Especial y de los servidores y funcionarios que participaron en la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0433M03011 "Contratacion del Servicio de Aseo y Limpieza Red Asistencial Ucayali". 5. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente Resolucion al Comite Especial de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0433M03011 "Contratacion del Servicio de Aseo y Limpieza Red Asistencial Ucayali", a la Red Asistencial Ucayali y a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 23378

FONDO MIVIVIENDA
Autorizan contratar servicio de publicidad para MORDAZA de comunicacion publicitaria mediante procedimiento de menor cuantia
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 156-SE-2004

MORDAZA, 15 de diciembre de 2004 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 001-12-2004/GP de la Gerencia de Promocion, el Memorandum Nº 1526-2004-GAP elaborado por la Gerencia de Administracion y Presupuesto y el Memorando Nº 538-2004-OAJ emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el literal h) del articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realizan para servicios persona-

lisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, segun el Articulo 111º del mencionado Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 0412003-PCM, son considerados servicios personalisimos y por tanto se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; es decir, que los medios de comunicacion son considerados "personalisimos", independientemente del medio que se trate; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Tecnico Nº 001-12-2004/GP, de la Gerencia de Promocion del 13 de diciembre del 2004, es necesaria la contratacion del servicio de publicidad para una MORDAZA de comunicacion publicitaria cuyo objetivo es dar a conocer la importancia de alcanzar los 20 000 (veinte mil) creditos colocados; Que, en el Memorandum Nº 1526-2004-GAP del 14 de diciembre del 2004, la Gerencia de Administracion y Presupuesto senala que dicha contratacion se encuentra exonerada del citado MORDAZA, toda vez que se trata de un servicio personalisimo referido al servicio de publicidad prestado al Estado; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal, emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la contratacion y de la necesidad de la exoneracion, y contemplara criterios de economia tales como los costos y la oportunidad; Que, con relacion a los criterios de economia, el Informe Nº 001-12-2004/GP senala que el precio para la contratacion del servicio de publicidad en los diferentes medios de comunicacion asciende a la suma de US$ 22 989.47 (Veintidos Mil Novecientos Ochenta y Nueve y 47/100 Dolares Americanos) incluido el IGV, para alcanzar alrededor de 3.08 millones de impactos a nivel nacional, siendo el criterio de oportunidad, la utilidad publica de promover una MORDAZA de comunicacion publicitaria con el objeto de dar a conocer la importancia de alcanzar los 20 000 (veinte mil) creditos colocados; Que, el Memorandum Nº 538-2004-OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica, indica que se ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, las contrataciones exoneradas, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la contratacion del servicio de publicidad para la MORDAZA de comunicacion publicitaria a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, exonerandolo del MORDAZA de seleccion respectivo, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: servicios b. Descripcion del servicio: publicidad Medios impresos: Diarios: - El Comercio

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