Norma Legal Oficial del día 17 de Enero del año 2004 (17/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 259912

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de enero de 2004

mientos de Salud acciones de Supervision, Control, Asesoramiento y Sancion; Que, con fecha 2 de octubre del 2002, la Autoridad de Salud realizo una Visita de Inspeccion a Establecimiento no autorizado y/o registrado en el Sector Salud, ubicado en Plaza Bolognesi Nº 570 del distrito de Brena, bajo la responsabilidad del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUCABADO MORDAZA, Medico Especialista en Ginecologia y Obstetricia C.M.P Nº 5084 y R.N.E . Nº 0607, constatando que oferta servicios de Cirugia Plastica, en ambientes en malas condiciones higienico sanitarias, notificando al responsable a regularizar su situacion administrativa y advirtiendo que el Establecimiento no esta autorizado a realizar procedimientos de Cirugia Menor, sugiriendole solicitar la Aprobacion de un Anteproyecto Arquitectonico, como consta en la respectiva Acta de Inspeccion que se entrego en el acto, otorgandole un plazo de 7 dias habiles para la subsanacion correspondiente; Que, con expediente Nº 3665 de fecha 10 de octubre del 2002, el interesado presento documentacion e informacion incompleta a lo requerido en el Acta de Inspeccion de fecha 2 de octubre del 2002, emitiendose por ello el Oficio Nº 4024-DG-DESP-DSSDI.SA.V.LC solicitandole completar la informacion requerida, e indicando que el Establecimiento solo categoriza como Consultorio Medico, que lo faculta a brindar consulta externa ambulatoria, debiendo abstenerse de realizar procedimientos quirurgicos, hasta regularizar su situacion administrativa solicitando la aprobacion de un Anteproyecto Arquitectonico; Que, de conformidad con el Art. 33º del D.S. Nº 023-87/SA "Reglamento General de Establecimientos de Salud del Subsector No Publico", la autoridad de Salud, realizo una inspeccion de fecha 14 de enero del 2003, constatandose que persisten las observaciones como es falta de mejora de las condiciones higienico sanitarias, MORDAZA con signos de humedad, topico sin equipamiento, publicidad no concordante con la implementacion de los ambientes, existencia de un solo profesional de la salud, entre otros, reiterandoles que no estan autorizados a realizar procedimientos de cirugia menor recalcando la MORDAZA del Anteproyecto Arquitectonico, otorgandose un plazo de 7 dias, emitiendose el Informe Tecnico Nº 440-DESP-DSS-DI.SA, que detalla las observaciones MORDAZA mencionadas; Que, en la MORDAZA visita efectiva realizada el dia 19 de diciembre del 2003, la Autoridad de Salud ha constatado que el responsable no ha cumplido con subsanar las observaciones que se vinieron reiterando como es condiciones higienico sanitarias del establecimiento, publicidad ni Anteproyecto Arquitectonico, a pesar de los plazos otorgados, los mismos que han excedido en demasia; Asi, mismo, requerido sobre una intervencion quirurgica aparecida en los medios de comunicacion publicos, manifesto haber intervenido quirurgicamente a un joven de aproximadamente 20 anos de Cirugia estetica a la nariz con anestesia local; Que, el responsable no ha cumplido con regularizar su situacion administrativa infringiendo los Articulos 8º, 9º, 10º, 27º y 28º del D.S. Nº 023-87/SA "Reglamento General de Establecimientos de Salud del Subsector No Publico"; Que, de conformidad con los Articulos 38º y 39º del D.S. Nº 023-87. "Los Establecimientos de Salud del Subsector No Publico que incumplan las disposiciones, normas y requisitos contenidos en las Leyes y Reglamentos del Sector, estan sujetos a las sanciones contempladas en los instrumentos legales correspondientes" 39.3. "suspension Temporal de funcionamiento del Establecimiento de Salud impuesta mediante Resolucion Directoral de la DI.SA.V.LC correspondiente, para verificar el cumplimiento de las medidas."; Con el Visto MORDAZA de la Direccion de Servicios de Salud, Direccion Ejecutiva de Salud de las Personas, Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Salud V MORDAZA Ciudad; SE RESUELVE: 1º.- Imponer sancion de suspension temporal de funcionamiento por seis meses al Establecimiento de Salud ubicado en la Plaza Bolognesi Nº 570 del distrito de Brena bajo responsabilidad del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUCABADO MORDAZA, Medico Especialista en Ginecologia y Obstetricia C.M.P Nº 5084 y R.N.E Nº 0607, por los fundamentos expues. tos en la parte considerativa de la presente resolucion. 2º.- Notificar MORDAZA de la presente Resolucion al interesado y las autoridades competentes para la efectivizacion de las medidas MORDAZA mencionadas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General 00840

Imponen sancion de suspension temporal de funcionamiento a establecimiento de salud con categoria de consultorio medico ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 017/2004-DESP-DISA-V-LC MORDAZA, 8 de enero del 2004 Visto el Informe Tecnico Nº 706-DESP-DSS-DI.SA. V. LC -2003, de fecha 22 de diciembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, acorde a la Ley General de Salud Nº 26842, la proteccion de la salud es de interes publico por lo tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, de conformidad con los Articulos 4º, 33º y 38 del D.S. Nº 023-87 SA "Reglamento General de Establecimientos de Salud del Subsector No Publico", el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector, organismo competente del Estado, con atribucion para realizar sobre los establecimientos de Salud acciones de Supervision, Control, Asesoramiento y Sancion; Que, con fecha 30 de setiembre de 1999, mediante expediente Nº 2390, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Medico Especialista en Traumatologia y Ortopedia con C.M.P. 3409 y R.N.E 0497, solicita MORDAZA de Registro y Categorizacion para un Establecimiento de Salud, ubicado en Jr. Bernini Nº 352 Oficina: 405 del distrito de San MORDAZA, disponiendose una Visita de Inspeccion efectuado el 7 de octubre de 1999, constatandose 2 ambientes uno de ellos para procedimientos menores de la especialidad; Que, con fecha 11 de octubre de 1999 con Oficio Nº 3773 DG-DESP-DI.SA.V.LC -99, se solicito al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentar informacion complementaria como es precisar servicios que oferta al publico, equipamiento y mobiliario, y la relacion del personal profesional y de apoyo, cumpliendo el interesado con presentar la informacion solicitada con escrito de fecha 21 de octubre de 1999, anexando listado de procedimientos menores y medianos de la especialidad en Traumatologia y Ortopedia que no requieren hospitalizacion; Que, al no existir Normas Especificas para la autorizacion de un Establecimiento con estas caracteristicas se solicita en consulta a la Sociedad Peruana de Traumatologia y Ortopedia con Oficio Nº 3774-DG-DESP-DSS-DI.SA.V.LC. de fecha 11 de octubre de 1999, alcanzar los requerimiento tecnicos sobre intervenciones quirurgicas de Traumatologia y Ortopedia de Cirugia Mayor y Menor y absolver si en los Consultorios Medicos particulares, es posible realizar intervenciones Traumatologicas y Ortopedicas de cirugia menor; Que, mediante Carta S/N de fecha 1º de diciembre de 1999 el Presidente de la Sociedad Peruana de Ortopedia y Traumatologia, remite los requerimientos tecnicos que deben contar los Centros Quirurgicos donde se practique intervenciones quirurgicas, asi mismo indica que en los consultorios medicos particulares de Traumatologia y Ortopedia, si es posible realizar intervenciones quirurgicas de Cirugia Menor, pero no es recomendable por la posibilidad de ocurrir un accidente por hipersensibilidad a los anestesicos e imposibilidad de emplear tecnicas de resucitacion al carecer de los medios necesarios; Que, con conocimiento de las recomendaciones de la Sociedad Peruana de Traumatologia y Ortopedia, esta Direccion de Salud, otorgo la MORDAZA Nº 163-99-DSS de fecha 18 de noviembre de 1999, solo para la Categoria de Consultorio Medico Especializado en Traumatologia y Ortopedia, valido por un ano, el mismo que es remitido al interesado con Oficio Nº 4382 - DG-DESP-DSS-DI.SA.V.LC.99; Que, la Autoridad de Salud con fecha 17 de MORDAZA del 2001, realizo una Visita de Inspeccion inefectiva, posteriormente con fecha 19 de diciembre del 2003, se constato que el Establecimiento ha incrementado el Equipamiento observando, Maquina de anestesia, MORDAZA desfibrilador, pulsooximetro,3 balones de oxigeno, ambu, laringoscopio, tubos endotraqueales aspirador de secreciones, iluminacion de emergencia, ropa material e insumos, asi como

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.