Norma Legal Oficial del día 17 de Enero del año 2004 (17/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 17 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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b) Reglamento especifico de acuerdo a la actividad de evaluacion de la conformidad que desea acreditar. c) Documentos que establecen los criterios de acreditacion generales, especificos y complementarios, como se establece en el Capitulo IV. d) Formato de solicitud. e) Documento informativo del MORDAZA de acreditacion. f) Texto Unico de Procedimientos Administrativos. La informacion MORDAZA senalada constituye una informacion publica y esta disponible en la pagina web del INDECOPI, sin perjuicio de lo cual, se podra solicitar informacion a la CRT. Articulo 23º.- MORDAZA de la solicitud.- La solicitud de acreditacion debe ser presentada en el formato establecido por la CRT y debe consignar la actividad de evaluacion de la conformidad y el alcance de acreditacion solicitado conforme a lo establecido en el Capitulo III, asi como, la declaracion del solicitante de tener conocimiento del sistema de acreditacion, de sus derechos y obligaciones descritos en el presente reglamento, su compromiso de cumplir con los criterios de acreditacion, de permitir y dar facilidades a la CRT para realizar las evaluaciones necesarias para verificar el cumplimiento de los criterios de acreditacion y hacerse cargo de los gastos que ocasione la evaluacion y los controles posteriores para asegurar el mantenimiento de la acreditacion. A la solicitud de acreditacion se deben adjuntar los documentos que demuestren el cumplimiento de los criterios de acreditacion establecidos en el Capitulo IV y especificamente los siguientes documentos: a) Aquellos que acrediten la existencia juridica del organismo solicitante. b) El Manual de Calidad. c) Los Procedimientos, que conforme a la definicion 7.19, la CRT considere necesarios para el desarrollo de cada actividad en particular. d) Memoria Descriptiva de acuerdo a los Formatos establecidos por la CRT. e) Pago de los derechos administrativos. El organismo solicitante debera tener disponible esta informacion en medio electronico en caso sea requerida por la CRT. La solicitud debe estar suscrita por el representante legal del organismo solicitante senalando el domicilio real y procesal de la misma. Articulo 24o.- Revision, admision de la solicitud y notificacion al solicitante.- Recibida la solicitud, la CRT revisara la documentacion con el objeto de comprobar que la informacion corresponda al alcance de acreditacion solicitado, este claramente definida y que la documentacion este completa, asimismo; la CRT evaluara en funcion a su capacidad la oportunidad de atender dicha solicitud en los plazos establecidos. Si la documentacion no estuviera completa o la informacion no estuviera claramente definida se pedira al solicitante la informacion faltante, la cual debe ser remitida por el solicitante en un plazo MORDAZA de 5 dias. Si la documentacion no se llega a completar o vence el plazo otorgado se declarara inadmisible la solicitud Si la documentacion esta completa, se notificara al solicitante la admision de su solicitud y la designacion del equipo evaluador de acuerdo al articulo 25o. Articulo 25o.- Designacion del Equipo Evaluador.La designacion del equipo evaluador y la definicion del numero de integrantes estara en funcion del alcance de acreditacion solicitado. El equipo evaluador contara con un evaluador lider, responsable de la evaluacion, y tantos evaluadores y expertos tecnicos, como sea necesario. El Organismo solicitante podra presentar en un plazo de 2 dias de recibida la notificacion, las observaciones sobre la participacion de los miembros en el equipo evaluador. Las observaciones deben ser sustentadas aportando los motivos que pudieran comprometer su independencia o imparcialidad. Vencido el plazo para presentar observaciones se MORDAZA por aceptado el equipo evaluador designado. Articulo 26º.- Evaluacion documentaria.- Aceptado el equipo evaluador, en un plazo de 10 dias, se evaluara la Memoria Descriptiva, el Manual de Calidad y los Procedimientos, de ser el caso, presentados por el Organismo

solicitante, sobre la base de los criterios de acreditacion y del alcance solicitado. De observarse No Conformidades en la documentacion presentada, la CRT notificara al Organismo solicitante las no conformidades y observaciones detectadas y se solicitara la subsanacion de las mismas. El plazo de subsanacion no debe exceder los 10 dias. Si la documentacion presentada es conforme, la CRT notificara dicha conformidad al Organismo solicitante, comunicando a su vez la fecha de ejecucion de la Evaluacion de Campo. Articulo 27º.- Evaluacion de campo.- La Evaluacion de MORDAZA se efectuara en las instalaciones del Organismo solicitante y tiene por objeto verificar el cumplimiento de los criterios de acreditacion y su competencia tecnica para la actividad de evaluacion de la conformidad cuya acreditacion solicita. Para los Organismos de Certificacion e Inspeccion, la Evaluacion de MORDAZA, incluye presenciar la realizacion de una o mas actividades de la evaluacion de la conformidad incluidas en el alcance solicitado, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 28o. Para los Laboratorios de Ensayo o Calibracion, la evaluacion de MORDAZA incluye a su vez la ejecucion de ensayos o procedimientos de calibracion, para comprobar la correcta realizacion de los mismos, la competencia tecnica del personal y la confiabilidad de los resultados. Asimismo, se podra solicitar su participacion en pruebas de comparacion interlaboratorios o ensayos de aptitud, como parte del MORDAZA de acreditacion. Articulo 28º.- Visitas de Testificacion.- Durante la evaluacion de MORDAZA se realizaran visitas de testificacion, a fin de evaluar la correcta aplicacion de los procedimientos y la competencia tecnica del personal del Organismo solicitante, donde el equipo evaluador presenciara el desarrollo de las actividades de certificacion o inspeccion. La CRT seleccionara, el numero de visitas de testificacion a realizar en funcion al alcance solicitado. Articulo 29º.- Informes y certificados a evaluar en la Evaluacion de Campo.- Los informes o certificados que deben evaluarse durante la Evaluacion de MORDAZA deben haber sido emitidos sobre la base de los procedimientos presentados por el Organismo solicitante. La evaluacion puede realizarse sobre certificados o informes simulados con el objeto de evaluar el funcionamiento de la actividad de evaluacion de la conformidad. La CRT determinara el numero de informes o certificados a evaluar en funcion al alcance solicitado. Articulo 30º.- Subsanacion de los hallazgos detectados durante la Evaluacion de Campo.- Durante la Evaluacion de MORDAZA, el equipo evaluador informara al Organismo solicitante sobre los hallazgos detectados, a fin que pueda prever su subsanacion, mediante la MORDAZA de acciones correctivas y evidencias de su efectividad, dentro del MORDAZA de Evaluacion de Campo. Si durante la reunion de cierre, el organismo solicitante presenta, sobre las No Conformidades comunicadas por el equipo evaluador, acciones correctivas y evidencias de su efectividad y si estas son aceptadas y como consecuencia de ello se subsana la no conformidad, esto no afecta a que las No Conformidades detectadas MORDAZA incluidas en el Informe de Evaluacion. La Evaluacion de MORDAZA culmina con el levantamiento de un Acta que debe comprender los resultados de dicha evaluacion, consignando todos los incidentes de la evaluacion y adjuntando los registros de las No Conformidades detectadas. Los registros de las no conformidades detectadas deben contar con el nombre y la firma del representante designado para tal efecto por el Organismo solicitante. Articulo 31º.- Informe de la Evaluacion.- Culminada la Evaluacion de MORDAZA, el equipo evaluador elaborara un Informe de Evaluacion, con los resultados e informacion recopilada durante la evaluacion; el informe no prejuzgara la decision de la CRT. El Informe de evaluacion debe contener: a) Grado de cumplimiento de los criterios de acreditacion; b) Reporte de las No Conformidades y observaciones; detectadas durante la evaluacion;

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