Norma Legal Oficial del día 17 de Enero del año 2004 (17/01/2004)


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Multa equivalente al 40% de la UIT.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de enero de 2004

8. Por negar el operador, sin razones fundadas, el paso de ciudadanos al area bajo control de acceso: Multa equivalente al 40% de la UIT. 9. Por faltamiento y/o maltratos que no constituyan delitos o faltas en que incurra el operador del elemento de seguridad, vigilancia y control contra cualquier ciudadano: Multa equivalente al 40% de la UIT. La sancion se aplicara a las Organizaciones Sociales debidamente registradas, las Asociaciones o Grupos de Vecinos que soliciten la Autorizacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incorporar al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad de La MORDAZA, los procedimientos de Autorizacion y Renovacion de Autorizacion para la instalacion de sistemas de seguridad, vigilancia y control establecidos en la presente Ordenanza. Segunda.- Incorporar a la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de La MORDAZA, las infracciones y sanciones establecidas en la presente Ordenanza. Tercera.- Las senalizaciones verticales, horizontales o demarcatorias en la calzada se sujetaran a lo prescrito en el Reglamento de MORDAZA y Senales de Transito. Cuarta.- Autorizar al senor MORDAZA, para que por intermedio de Decreto de Alcaldia dicte las Normas Reglamentarias que MORDAZA necesarias para el debido cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Queda establecido que la presente Ordenanza tiene el caracter de transitoria, en tanto el Gobierno Central no instaure medidas concretas que promuevan la solucion de la problematica de inseguridad ciudadana, en salvaguarda de la seguridad de los vecinos. Segunda.- Los sistemas de seguridad, vigilancia y control existente en la jurisdiccion de La MORDAZA, en el plazo de sesenta (60) dias seran evaluados por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana a fin de adecuarse a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, cumpla y publique. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00770

de multas por construccion de edificaciones, ampliacion y/ o remodelacion de predios que no cuenten con el Certificado de Licencia de Construccion. Articulo Segundo.- La condonacion MORDAZA citada se aplicara en los siguientes porcentajes: a) 80% para las viviendas unifamiliares que regularicen un (1) solo piso. b) 60% para las viviendas bifamiliares que regularicen hasta dos (2) pisos. Para acogerse a este beneficio, el infractor debera pagar el saldo de la multa al contado. Articulo Tercero.- PRECISAR que podran acogerse a la presente Ordenanza aquellos casos en los que las multas se encuentran en MORDAZA de calificacion o de regularizacion al haberse presentado los expedientes respectivos. Previamente, el contribuyente debera de haberse desistido de cualquier reclamo que hubiere presentado sobre el particular. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y a la Oficina de Ejecutoria de Procedimientos Coactivos el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00842

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Disponen implementar recomendaciones resultantes del Examen Especial al Servicio de Limpieza Publica ejecutado por el Organo de Control Institucional
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 001-2004-ALC/ML Lurin, 8 de enero del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN VISTO:

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Establecen beneficio de condonacion parcial de multas por construccion de edificaciones, ampliacion y/o remodelacion de predios no autorizados
ORDENANZA Nº 0134-CDLO Los MORDAZA, 22 de diciembre de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En la Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 134-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE CONDONACION PARCIAL DE MULTAS POR CONSTRUCCION DE EDIFICACIONES, AMPLIACION Y/O REMODELACION DE PREDIOS NO AUTORIZADOS Articulo Primero.- APROBAR, entre el 2 de enero y el 28 de febrero de 2004, el beneficio de condonacion parcial

El Informe sobre Examen Especial al Servicio de Limpieza Publica emitido por el Organo de Control Institucional de este Gobierno Local y su Hoja Informativa Nº 2182003-OCI/SNC/ML; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 300-2002CG del 20 de diciembre del 2002, la Contraloria General de la Republica aprobo el Plan Anual de Control ano 2003 de la Municipalidad Distrital de Lurin; Que, en observancia de la citada normativa superior el Organo de Control Institucional ejecuto el Examen Especial al Servicio de Limpieza Publica que brinda la entidad por el periodo comprendido entre el 1 de enero al 30 de junio del 2003; Del resultado de la referida accion de control se destacan Recomendaciones, entre otras, tendientes a fortalecer los controles de cumplimiento de las disposiciones referidas al tema del presente examen, asi como la concerniente a la formulacion del Sistema de Gestion Ambiental; Que, conforme al literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General, los Informes resultantes de acciones de control emitidos por los Organos del Sistema, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos Informes; Que, asimismo en Hoja Informativa de Vistos, el Jefe del Organo de Control Institucional hace de conocimiento

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