Norma Legal Oficial del día 04 de Febrero del año 2004 (04/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de febrero de 2004

SUNAT
Cancelan el Concurso Publico Internacional CPI Nº 0001-2003- SUNAT/ 2G3100
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 023-2004/SUNAT MORDAZA, 2 de febrero de 2004 VISTO: El Memorandum Nº 073-2004-2A2000 de la Oficina de Investigacion Tecnologica de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion; CONSIDERANDO: Que la SUNAT convoco el Concurso Publico Internacional Nº 0001-2003-SUNAT/2G3100, para la contratacion del servicio de consultoria para la evaluacion de Equipos de Rayos X en la inspeccion de carga; Que habiendose declarado desierta la primera convocatoria, se solicito a la Oficina de Investigacion Tecnologica, la confirmacion de las especificaciones tecnicas a considerar en la nueva convocatoria; Que de acuerdo a lo expuesto en el Memorandum Nº 073-2004-2A2000 la Oficina de Investigacion Tecnologica, solicita la cancelacion del MORDAZA de seleccion, sustentandose en el Informe Tecnico emitido por dicha Oficina de fecha 27 de enero de 2004, que senala que ha desaparecido la necesidad de efectuar la contratacion del servicio de consultoria para la evaluacion de Equipos de Rayos X en la inspeccion de carga, al haber determinado que existen otras tecnologias utilizadas en este MORDAZA de procesos tales como densitometria, ultrasonido, uso de estetoscopios, entre otros, asi como sistemas informaticos que tambien permiten llevar a cabo de manera eficiente y efectiva las labores de inspeccion de carga; Que, el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Articulo 21º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que en cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, entre otros supuestos; En uso de las facultades conferidas en el literal m) del articulo 79º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar el Concurso Publico Internacional CPI Nº0001-2003-SUNAT/2G3100, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia Administrativa comunique al Comite Especial encargado del citado MORDAZA de seleccion dentro del dia siguiente de emitida la presente Resolucion, lo resuelto en la misma. Articulo 3º.- El Comite Especial debera comunicar dicha cancelacion a todos los adquirentes de las Bases, dentro del dia siguiente de recibida la comunicacion de su cancelacion. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Administrativa la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias habiles posteriores a la adopcion de la decision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional - Intendencia Nacional de Administracion 02320

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Modifican Reglamento Interno y aprueban Cuadro de Conformacion de las Comisiones Regionales Ordinarias del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2004-REGION CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion -Ley Nº 27680-, la Ley de Bases de Descentralizacion -Ley Nº 27783-, la Ley Organica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902, Cuarta Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Regional Nº 0006-2003-CR/RC y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el tercer parrafo del inciso b) del Articulo 14º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales senala de manera expresa que "El Consejo Regional para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, organiza su trabajo en Comisiones"; Que, el inciso c) del Articulo 16º de la Ley Nº 27867 precisa que "son derechos y obligaciones de los Consejeros Regionales integrar las comisiones ordinarias, investigadoras o especiales"; Que, el Articulo 19º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao aprobado por Ordenanza Regional Nº 006-2003-CR/RC precisa que: "Las Comisiones Regionales son grupos de trabajo conformados por Consejeros Regionales, cuyas funciones principales son normativas y fiscalizadoras. Son organos consultivos del Consejo Regional, sus objetivos son realizar los estudios que les encomiende el Consejo Regional, formular propuestas y dictamenes sobre los asuntos que correspondan a su MORDAZA de actividades de conformidad a su propio reglamento..."; Que, el Cuadro de conformacion de las Comisiones Regionales Ordinarias de acuerdo a lo establecido por el Articulo 20º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao es aprobado por el Consejo Regional, concordante con el Articulo 26º del citado Reglamento Interno que establece la denominacion de dichas comisiones; Estando a lo acordado y aprobado por mayoria en Sesion Ordinaria del Consejo Regional de la Region Callao, del dia 23 de enero del 2004, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- MODIFIQUESE el Articulo 26º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, referente a la denominacion de las Comisiones Ordinarias, en virtud de lo acordado en Sesion Ordinaria celebrada el dia 23 de enero del 2004 y segun lo previsto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, quedando redactado de la siguiente manera: Articulo 26º.- Las Comisiones Regionales Ordinarias son siete (7) las mismas que se denominan:

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