Norma Legal Oficial del día 13 de Febrero del año 2004 (13/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 13 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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ren como sistemas centralizados de negociacion de deuda publica interna, y otorgarles un plazo a fin de que adecuen sus sistemas a los requerimientos detallados en los Oficios Nºs. 1503-2003-EF/75.22, 15042003-EF/75.22 y 1505-2003-EF/75.22, respectivamente. Vencido el plazo, se autorizara en forma definitiva a las empresas que hayan cumplido con la totalidad de los requerimientos operativos y tecnicos para que participen como sistemas centralizados de negociacion de deuda publica interna; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 179-2003-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar temporalmente a las siguientes empresas para que operen como sistemas centralizados de negociacion de la deuda publica interna, en el Programa de Creadores de MORDAZA a desarrollarse en el periodo 2004: 1. Datos Tecnicos S.A. (DATATEC). 2. Corretaje e Informacion Monetaria y de Divisas Peru S.A.C. (CIMD Peru). 3. Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. (BVL). La presente autorizacion no genera obligacion alguna de pago por parte del Ministerio de Economia y Finanzas, a favor de las empresas referidas. Articulo 2º.- Dentro de los 45 dias habiles siguientes a la fecha de la presente resolucion, las entidades mencionadas deberan realizar los ajustes operativos y tecnicos detallados en los oficios a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion, a fin de satisfacer los requerimientos necesarios para la negociacion de los bonos soberanos, en los dos niveles del MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA del Programa de Creadores de MORDAZA y demas normas pertinentes. Vencido el plazo a que se refiere el parrafo anterior y verificado el cumplimiento de los ajustes operativos y tecnicos de los sistemas realizados por las entidades referidas en el Articulo 1º, se procedera a autorizarlas en forma definitiva mediante Resolucion Directoral. Articulo 3º.- Las empresas referidas operaran de la siguiente manera: 1. Corretaje e Informacion Monetaria y de Divisas Peru S.A.C. (CIMD Peru): Actuara en el primer y MORDAZA nivel del MORDAZA secundario. 2. Datos Tecnicos S.A. (DATATEC): Actuara en el primer y MORDAZA nivel del MORDAZA secundario. 3. La Bolsa de Valores de MORDAZA (BVL): Actuara solo en el MORDAZA nivel del MORDAZA secundario. Mientras se efectuen las adecuaciones a que se refiere el articulo anterior, las empresas que se encuentren realizando adecuaciones a sus sistemas, deberan garantizar que la negociacion e ingreso de puntas MORDAZA realizados siguiendo los lineamientos establecidos en el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado. Articulo 4º.- Las entidades autorizadas deberan contar con sistemas de comunicacion habilitados con CAVALI ICLV S.A. y con los sistemas de seguridad necesarios de proteccion de la informacion. Asimismo, deberan acordar, mediante convenios firmados con CAVALI ICLV S.A., criterios que regulen la entrega, veraz y oportuna de la informacion, la misma que servira para la elaboracion de indicadores financieros necesarios para evaluar las transacciones de los valores negociados. Articulo 5º.- Quedan derogadas todas las Resoluciones Directorales que se opongan a la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Director General de Credito Publico 02981

EDUCACION
Normas para la Implementacion del Diseno Curricular Basico de Educacion Secundaria en el MORDAZA de la .ormacion en Servicio
VICEMINISTERIO DE GESTION PEDAGOGICA DIRECTIVA Nº 005/VMGP/2004 NORMAS PARA LA IMPLEMENTACION DEL DISENO CURRICULAR BASICO DE EDUCACION SECUNDARIA EN EL MORDAZA DE LA FORMACION EN SERVICIO I. FINALIDAD Normar el MORDAZA de implementacion del Diseno Curricular Basico - DCB - de Educacion Secundaria en el MORDAZA de la Formacion en Servicio, en el ambito nacional. II. OBJETIVO - Establecer la estrategia de implementacion del Diseno Curricular Basico (DCB) de Educacion Secundaria, a fin de garantizar su adecuada aplicacion. - Determinar los roles y funciones de las instancias regionales y locales y de las instituciones educativas involucradas en el MORDAZA de aplicacion del Diseno Curricular Basico. III. BASES LEGALES - Constitucion Politica del Peru. - Ley Organica del Ministerio de Educacion: Decreto Ley Nº 25762 y su modificatoria Ley Nº 26510. - Organizacion Interna del Ministerio de Educacion y su Reglamento de Organizacion y Funciones - Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED. - Ley General de Educacion Nº 28044. - Resolucion Ministerial Nº 0019-2004-ED, autoriza la implementacion del Diseno Curricular Basico de Educacion Secundaria. IV. ALCANCES - Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica (DINESST). - Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente (DINFOCAD). - Direcciones Regionales de Educacion. - Unidades de Gestion Educativa Local. - Direcciones de las Instituciones Educativas del Nivel de Educacion Secundaria. - Direcciones de Institutos Superiores Pedagogicos. V. DISPOSICIONES GENERALES INSTITUCIONES EDUCATIVAS QUE APLICAN EL DCB 5.1. Las Instituciones Educativas que aplicaron el curriculo de la Nueva Secundaria en el 2003, y que en el presente ano aplicaran, de Primero a MORDAZA, el Diseno Curricular Basico de Educacion Secundaria, forman parte de las acciones consideradas en la presente Directiva. 5.2. La seleccion y convocatoria de las Instituciones Educativas que, en extension, aplicaran el Diseno Curricular Basico de Educacion Secundaria, es de responsabilidad de las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL), en coordinacion con las Direcciones Regionales de Educacion (DRE), teniendo en cuenta, preferentemente, los siguientes CRITERIOS, los mismos que no son excluyentes: - Voluntad de participar en la aplicacion del Diseno Curricular Basico y en las acciones que requiera su implementacion a nivel local. MORDAZA decisiones deberan expresarse formalmente en un Acta de Compromiso Institucional.

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