Norma Legal Oficial del día 21 de Febrero del año 2004 (21/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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nica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, debatido en el Pleno del Concejo, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, y con el MORDAZA Unanime; SE ACUERDA: Articulo Primero.- MANTENER el monto de las dietas que perciben los senores Regidores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores por asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo equivalente al 90% de la UITUnidad Impositiva Tributaria, sujeto a las retenciones y deducciones de ley, abonandose hasta por un MORDAZA de 02 Sesiones al mes y con un informe mensual de labor realizada, conforme se aprobo con Acuerdo de Concejo Nº 000007 de fecha 21 de marzo del 2002 y ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 000005 de fecha 8.1.2003. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion, Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto y a los Organos que les competa el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03587

Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000018 San MORDAZA de Miraflores, 11 de febrero del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES; En Sesion Ordinaria del 11 de febrero del 2004, Vistos y Oidos, Informe Nº 010-2004-GA/MDSJM de fecha 11.2.2004 emitido por la Gerencia de Administracion, Informe Nº 013-PVL-2004 de fecha 9.2.2004 emitido por la Administradora del Programa del Vaso de Leche, el Informe Nº 212-2004-MDSJM-OAJ de fecha 11.2.2004 emitido por la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica, referente a la situacion de urgencia respecto a la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, el Gerente de Administracion mediante Informe Nº 010-2004-GA/MDSJM del 10.2.2004, senala que con fecha 21 de diciembre del 2003, se convoco la Licitacion Publica Nacional Nº 0004-2003-CE/MDSJM, para la Adquisicion de Suministro de Insumo para el Programa del Vaso de Leche, el mismo que se encuentra en MORDAZA en su etapa de OBSERVACIONES A LAS BASES, indicando que en esta etapa las empresas CORLAC S.A., MALTERIA MORDAZA S.A. e INSUMOS MANTARO S.R.L., presentaron observaciones a las Bases, las cuales parte de estas no han sido acogidas por el Comite Especial; razon por lo cual dichas empresas previo requerimiento del Comite Especial, cumplieron con cancelar las tasas correspondientes ante CONSUCODE, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva Nº 013-2001CONSUCODE/PRE, para elevar las Observaciones no acogidas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conjuntamente con los documentos del MORDAZA y el Informe Tecnico del Comite Especial, el mismo que fue elevado mediante Oficio Nº 001-2004-CE/MDSJM con fecha 22 de enero del 2004, dando cumplimiento de esta forma con lo dispuesto en el Articulo 78º del D.S. Nº 0132001-PCM-Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que el Comite Especial se encuentra a la espera del PRONUNCIAMIENTO por parte del CONSUCODE, para proceder con INTEGRAR LAS BASES conforme a la MORDAZA acotada anteriormente; Que, asimismo informa que mediante R.A. Nº 000809 de fecha 29 de agosto del 2003, se aprobo el contrato de Suministro de 860,080 Unidades de Tarros de leche Evaporada

Entera de 410 gr. cada unidad por el importe de S/. 1'496,539.20 (Un Millon Cuatrocientos Noventisesis Mil Quinientos Treintinueve con 20/100 Nuevos Soles) con el Consorcio NIISA CORPORATION S. A. - NEGOCIOS E INVERSIONES INTERNACIONALES S.A., con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2003, que se desprende de la Licitacion Publica NACIONAL Nº 001-2003-CE-MDSJM (ITEM Nº I), y que a fin de no quedar desabastecidos del citado producto para el ano 2004 y mientras se lleve a cabo la Licitacion Publica Nacional correspondiente se suscribio la ampliacion del contrato original con el citado consorcio, bajo las mismas condiciones hasta por un monto equivalente al 30 % del contrato, suma que asciende al importe de S/. 448,961.76 (Cuatrocientos Cuarentiocho Mil Novecientos Sesentiuno con 76/100 Nuevos Soles), al MORDAZA de lo dispuesto por el Articulo 141º del D.S. Nº 013-2001-PCM- Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dicha ampliacion fue aprobada mediante R.A. Nº 000075 de fecha 27 de enero del 2004. Asimismo, con Informe Nº 013-PVL-2004 de fecha 9 de febrero del ano en curso, la Administradora del Programa del Vaso de Leche, informa que la ampliacion del contrato aludido para el suministro de leche evaporada entera alcanzara hasta el 17 de febrero del 2004 y a fin de no quedar desabastecidos solicita se tomen las medidas necesarias; Que, estando la Licitacion Publica Nacional Nº 004-2003CE/MDSJM(Primera Convocatoria), en MORDAZA de acuerdo a Ley, la Gerencia de Administracion solicita se declare en situacion de urgencia la Adquisicion de Suministro de Insumo para el Programa del Vaso de Leche (Item Nº 1: suministro de Leche Evaporada Entera de 410 gr. cada uno) por el lapso de 60 dias, para adquirir 358,355 tarros de leche por un monto ascendente a S/. 627,121.25 (Seiscientos Veintisiete Mil Ciento Veintiuno con 25/100 Nuevos Soles); y que estando el MORDAZA de seleccion en tramite, se producira la ausencia extraordinaria del suministro de Leche el mismo que compromete en forma directa la continuidad de los servicios esenciales y de las operaciones productivas que la Municipalidad tiene a su cargo en la Jurisdiccion del Distrito, ya que de no atenderse a los beneficiarios del Vaso de Leche ocasionaria problemas de indole social; Que, mediante Informe Nº 212-2004-MDSJM-OAJ de fecha 11.2.2004, la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica, emite su Informe Legal, al respecto concluye con opinion favorable, ante el desabastecimiento del suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche, concluyendo ademas que estando aun el MORDAZA de Seleccion en tramite se presentan los Presupuestos Legales que ameritan la situacion de declaracion de urgencia para un MORDAZA de menor cuantia por exoneracion; Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, estando a lo normado por los articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, asi como el numeral 2 del articulo 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM, de su Reglamento, modificado por el articulo 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion respectiva para la adquisicion definitiva; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal c) del articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, que determina las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo, en el caso de los Gobiernos Locales; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, articulo 41º , debatido en el Pleno del Concejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y con el MORDAZA Mayoritario; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion del Suministro de Insumos para

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