Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2004 (23/02/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 263088

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 23 de febrero de 2004

4) Monitoreo de los sistemas de informacion de seguridad integral del distrito. 5) Politicas, Regulacion y control de la infraestructura vial, transporte publico y privado, incluyendo el transporte de carga asi como de peatones y personas con discapacidad. 6) Promocion de la inversion privada en proyectos de transporte publico. 7) Sistemas distritales de semaforizacion y senalizacion. 8) El control de la contaminacion causado por el transporte publico y privado. 9) Regulacion y control de la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como moto taxis, taxis, triciclos y otros de similar naturaleza. 10)Supervisar los planes de prevencion, emergencias y rehabilitacion del distrito. 11)Fiscalizar el cumplimiento del Plan de Defensa Civil del distrito. 12)Fiscalizar y normar los demas asuntos que le encargue el pleno del Concejo Municipal y las normas especificas sobre la materia. Articulo 95º.- El Secretario Tecnico de esta comision es el Gerente Central de Servicios Locales, quien esta obligado a asistir a las sesiones correspondientes. SUBCAPITULO VI DE LAS FUNCIONES DE LA COMISION ORDINARIA DE ASUNTOS JURIDICOS Articulo 96º.- Es competencia de la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos, formular, sistematizar los aspectos normativos del Concejo Municipal, a nivel de revision de Acuerdos, Ordenanzas y Resoluciones que se requiera aprobar por el pleno; asi mismo, le corresponde la fiscalizacion del ambito normativo de la Administracion Municipal y de las acciones que de manera directa compete a la Procuraduria Publica Municipal. Son funciones especificas de la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos: 1) Revisar y dictaminar la legalidad de los proyectos de ordenanzas, acuerdos y resoluciones que deban ser sometidos a la aprobacion del Concejo Municipal. 2) Fiscalizar las acciones de la Oficina de Asesoria Juridica y de las Oficinas de Asesoria Legal que operan en la administracion municipal. 3) Fiscalizar el desempeno de la Procuraduria Publica Municipal. 4) Otras que el Concejo le asigne. SUBCAPITULO VII DE LAS FUNCIONES DE LA COMISION ORDINARIA DE ASUNTOS SOCIALES Y PARTICIPACION VECINAL Articulo 97º.- Es ambito de la Comision Ordinaria de Asuntos Sociales y Participacion Vecinal, ejercer acciones de fiscalizacion y proyectar normas en materia de educacion, salud y servicio social para la poblacion del Distrito, asi como el control de la ejecucion de programas orientados a mejorar la calidad de MORDAZA de los vecinos. Articulo 98º.- Son funciones especificas de la Comision Ordinaria de Asuntos Sociales y Participacion Vecinal: 1) Supervisar el desarrollo de actividades preventivas, de recuperacion y de proteccion de la salud para la poblacion del distrito. 2) Fiscalizar la ejecucion de programas y actividades sociales dirigidos a mejorar la calidad de MORDAZA de ninos, adultos mayores, madres jovenes y personas con discapacidad, promoviendo la participacion de la sociedad civil y de los organismos publicos y privados. 3) Supervisar las actividades orientadas a la proteccion de los derechos del MORDAZA y adolescente, de acuerdo a lo establecido en el codigo vigente.

4) Fiscalizar la ejecucion de programas y actividades educativas, culturales, turisticas, deportivas y recreativas. 5) Supervisar la ejecucion de programas y actividades de los servicios comunitarios municipales, a fin de asegurar que estos cumplan con sus objetivos. 6) Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos especificos, establecidos en el Plan Estrategico Institucional de la Municipalidad, aprobado con Resolucion Nº 935-2002RASS del 20NOV2002; especialmente de los que requieren su directa participacion, como: Mejorar las condiciones de MORDAZA de los vecinos; Fortalecer el desarrollo turistico; Fomentar los valores y la identidad propia de la comunidad; Mejorar concertadamente la educacion en el distrito y, fortalecer las redes de grupos sociales vulnerables. 7) Supervisar las actividades relacionadas con el control de las disposiciones municipales, a traves de encuestas, canalizacion de denuncias, reclamos y otras formas de participacion vecinal establecidas. 8) Supervisar y fiscalizar el desarrollo de los Programas del Vaso de Leche, Presupuesto Participativo y del Comite de Defensoria del Vecino Surcano. 9) Supervisar el cumplimiento de los proyectos, contenidos en el Plan de Desarrollo Integral del distrito, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 73-2002-ACSS del 4OCT2002, de acuerdo al ambito de la competencia de la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano. Articulo 99º.- El Secretario Tecnico de esta Comision sera el Gerente de Bienestar Social y Desarrollo Humano. CAPITULO II DE LA CONFORMACION DE COMISIONES Articulo 100º.- En la conformacion de las Comisiones se aplican los principios de pluralidad, proporcionalidad, especialidad y oportunidad. Articulo 101º.- El Cuadro de Comisiones es aprobado por el Concejo a propuesta del Alcalde. Articulo 102º.- Las Comisiones de Regidores son multipartidarias en caso de permitirlo el numero de Regidores en minoria y deberan ser conformadas por Acuerdo de Concejo durante el primer mes calendario del ano. Articulo 103º.- Cada una de las Comisiones estara conformada por un numero impar de Regidores, con un minimo de tres, un Presidente y los miembros que seran designados por el Concejo a propuesta del Alcalde. En caso de ausencia o enfermedad del titular, uno de los miembros ejercera la presidencia. El numero y los integrantes de las Comisiones seran establecidos por Acuerdo de Concejo, a propuesta del MORDAZA en el mismo acto de conformacion de estas. Articulo 104º.- Un Regidor puede integrar hasta tres (3) Comisiones Ordinarias pudiendo presidir solo una de ellas. El Concejo puede aprobar excepciones a esta disposicion. Articulo 105º.- Los miembros de las Comisiones podran solicitar la asistencia de funcionarios de la Municipalidad que tienen a su cargo la gestion de servicios municipales en los cuales tiene competencia la Comision, los mismos que tendran derecho a voz, mas no a voto. Articulo 106º.- Son funciones del Presidente de cada Comision: 1) Convocar y presidir las Sesiones de la Comision. 2) Revisar el Despacho de la Comision e informar a sus miembros. 3) Suscribir con el Secretario las Actas de las Sesiones de la Comision. 4) Informar al Concejo sobre las actividades de la Comision, asi como las propuestas que acuerde la misma. Articulo 107º.- Son funciones del Secretario de cada Comision: 1) Citar a las Sesiones de la Comision de conformidad con sus acuerdos e indicaciones del Presidente. 2) Redactar y suscribir las Actas de la Comision. 3) Gestionar el Despacho de conformidad con las de-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.