Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2004 (08/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en los articulos 105º, 111º, 113º, 114º, 115º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el numeral VI.6) de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y articulo 16º y el numeral 15) del articulo 17º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROMPEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones ­ PROMPEX, para el ejercicio presupuestal 2004, aprobado por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 004-2004-PROMPEX/DE, el MORDAZA de seleccion en la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de publicidad impresa a traves del Back Cover (Contra Portada) en el Pocket Guide, de la feria internacional MAGIC SHOW, a realizarse del 30 de agosto al 2 de setiembre del 2004, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA ­ Estados Unidos de Norteamerica. Articulo 2º.- Autorizar la contratacion del servicio de publicidad en un medio de comunicacion escrita, exonerandolo del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de Contrato: Servicios. b. Descripcion del servicio: publicidad impresa a traves del Back Cover (Contra Portada) en el Pocket Guide, de la feria internacional MAGIC SHOW, para la difusion de la imagen MORDAZA y de la ubicacion y stands de las empresas peruanas participantes en la mencionada feria internacional. c. Monto referencial total: US$ 5,000.00 (Cinco Mil y 00/100 Dolares Americanos). d. Empresa seleccionada: Advanstar Communications INC. e. Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. f. Tiempo que se requiere contratar el servicio: del 30 de agosto al 2 de setiembre del 2004. g. Dependencia que contrata: Oficina General de Administracion y Finanzas. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion y Finanzas a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de realizar la contratacion del servicio a que se refiere el articulo precedente, a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- Conferir facultades suficientes para la suscripcion del Contrato respectivo y por el monto senalado en la presente Resolucion, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Gerente de la Oficina General de Administracion y Finanzas (e). Articulo 5º.- Disponer que la presente modificacion del Plan Anual sea remitido al CONSUCODE, conforme lo establece el numeral 7. de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, asi como a la Comision para la Promocion de la Pequena y Micro Empresa ­PROMPYME, dentro de los diez dias habiles siguientes a la aprobacion del mismo. Articulo 6º.- Disponer que la Oficina General de Administracion y Finanzas remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes y disponga la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles a la fecha de su aprobacion, asi como en la Pagina Web Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE VELASCO DE LA MORDAZA Director Ejecutivo 12564

SUNASS
Autorizan contratacion de profesional por servicios personalisimos mediante MORDAZA de menor cuantia
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 017-2004-SUNASS-PCD MORDAZA, 28 de junio de 2004 VISTOS: Los Informes Nºs. 020-2004/SUNASS-110, 0432004/SUNASS-060 y Memorandum Nº 400-2004SUNASS-080 emitidos por la Gerencia de Regulacion Tarifaria, la de Asesoria Juridica y la de Administracion y Finanzas, respectivamente, de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento -en adelante la SUNASS-. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que establece el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM -en adelante la Ley-, estan exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo con lo que establezca su Reglamento; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM -en adelante el Reglamento-, senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, el articulo 113º del Reglamento prescribe que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 19º de la Ley requieren obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo que justifique la necesidad de la exoneracion y que ademas contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, a traves del apoyo tecnico que brinda la Agencia de Asesoria de Infraestructura Publica-Privada -en adelante PPIAF- con fondos del Banco Mundial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - en adelante la SUNASS- se contrato una consultoria para que realice un diagnostico general del modelo de regulacion tarifaria actual de los servicios de saneamiento y sobre la base de ello proponer un MORDAZA modelo regulatorio que incluya la definicion de las estructuras tarifarias y la politica implicita de subsidios cruzados, el cual debe adaptarse a las condiciones y caracteristicas del sector saneamiento en el MORDAZA y considerar la participacion del sector privado en el futuro; Que, el tema mater ia de estudio es de alta especializacion y de gran importancia estrategica para la funcion regulatoria de la SUNASS, por ello es necesario garantizar que este alcance los objetivos que se persiguen, por ello este organismo regulador considera imprescindible contar con un consultor que evalue el diagnostico y la propuesta del modelo de regulacion tarifaria para los servicios de saneamiento, obtenido como resultado de la asistencia tecnica brindada por el PPIAF a favor de la SUNASS; Que, la ingeniera sanitaria MORDAZA MORDAZA Salhuana cuenta con casi treinta y cinco anos de experiencia laborando en el sector saneamiento, tanto en el Peru, como en

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