Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2004 (08/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

Que, de conformidad con lo establecido por la Constitucion Politica del Peru y el Articulo II de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando la misma en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades preceptua que corresponde al Concejo Municipal aprobar su regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local, estableciendo el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS que corresponde a los Concejos Municipales determinar los funcionarios que ejercen cargos de confianza, cuyos cargos deben precisarse en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), en MORDAZA con lo establecido por el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con los criterios estipulados por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y los lineamientos dados a traves del Instructivo Tecnico Nº 001-93-INAP/DNR; Que, en merito a estas consideraciones, la Tercera Disposicion Final del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana, aprobado mediante Ordenanza Nº 003-2004/MPFS del 19 de enero del 2004, precisa que los responsables de los organos de asesoramiento, apoyo y de linea de la corporacion MORDAZA, ocupan cargos de confianza, cuya designacion y cese es facultad del MORDAZA, siendo en este sentido funcionarios de confianza de la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana, ademas del Gerente Municipal que pertenece a la Alta Direccion los Jefes de Oficina y Directores, quienes pertenecen al MORDAZA nivel organizacional; Que, ademas de los cargos de confianza, la Ordenanza Nº 003-2004/MPFS precisa tambien los cargos de la estructura organica que constituyen el tercer nivel organizacional, los cuales son los cargos de responsabilidad directiva a que se refieren el articulo 53º del Decreto Legislativo Nº 276, los articulos 13º, 27º y 124º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Resolucion Jefatural Nº 14293-INAP/DNR que regula el MORDAZA de reorganizacion y reestructuracion de las Municipalidades, por cuyo desempeno temporal los servicios tienen derecho a percibir la correspondiente Bonificacion al Cargo por Responsabilidad Directa; Que, segun lo normado por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 018-85-PCM y articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, los cargos de confianza y los cargos directivos son cargos que se cubren mediante designacion, modalidad de servicio que tiene caracter temporal

pudiendo estos cargos ser ocupados por servidores de MORDAZA o servidores ajenos a la MORDAZA, concluyendo en este ultimo caso la relacion laboral con el Estado al termino de la designacion; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que son cargos de confianza de la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana, los cargos de Jefe de Oficina y de Director de los organos de asesoramiento, de apoyo y de linea, los mismos que pertenecen al MORDAZA nivel organizacional de la estructura organica, precisando que los Jefes de Unidad y los Jefes de Division son cargos directivos del tercer nivel organizacional. Articulo 2º.- Precisar que de conformidad con lo establecido por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 01885-PCM y el articulo 77º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM, los cargos de confianza y los cargos directivos se cubren temporalmente mediante la modalidad de designacion, por servidores de MORDAZA y servidores contratados a tiempo indefinido, quienes tienen derecho al termino de su designacion a retornar a su plaza de origen u otra del mismo grupo ocupacional reservada para el efecto correspondiendo a las personas ajenas a la MORDAZA administrativa que acceden a los cargos de confianza y cargos directivos, la conclusion de su relacion laboral con la Municipalidad al termino de su designacion. Articulo 3º.- De conformidad con lo establecido por el articulo 53º del Decreto Legislativo Nº 276, reglamentado por el articulo 124º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM, los Jefes de Unidad y los Jefes de Division tienen derecho a percibir la respectiva Bonificacion Diferencial al Cargo por Responsabilidad Directiva, solamente durante la duracion de su designacion. Los funcionarios que desempenan cargos de confianza no tienen derecho a esta bonificacion. Articulo 4º.- Dejese sin efecto los actos administrativos que se opongan a lo establecido por la presente Resolucion, disponiendose la publicacion de la misma en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulacion de la Region. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12678

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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