Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2004 (08/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

declaro improcedente la solicitud sobre inafectacion al Impuesto Predial presentada por el PATPAL; Que, la mencionada Resolucion del Tribunal Fiscal senala que conforme el criterio establecido en la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 4176-5-2002 del 24 de MORDAZA de 2002; la inafectacion prevista en la Ley de Tributacion Municipal aprobada por Decreto Legislativo Nº 776 no le corresponde al PATPAL, al ser un Organismo Publico Descentralizado; Que, el articulo 19º de la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, establece que los Ministerios son los organismos administrativos del Poder Ejecutivo que formulan, en coordinacion con los Gobiernos Regionales, las Politicas sectoriales de su competencia; Que, en este sentido, el mencionado articulo establece como unicos sectores del Poder Ejecutivo, y como tal parte del Gobierno Central, a los Ministerios, no haciendo distingo de modo alguno respecto de los organismos publicos descentralizados ni instituciones publicas descentralizadas, siendo la unica diferenciacion establecida por esta MORDAZA la referida a los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del articulo 19º indica que a los Ministerios les corresponde dictar las normas sectoriales de alcance nacional en los asuntos de su competencia, y prestar, a traves de los organismos publicos descentralizados que se reservan expresamente al nivel central de gobierno, bienes y servicios sectoriales; Que, tal como se aprecia del MORDAZA parrafo del dispositivo precitado, los Organismos Publicos Descentralizados no son desmembrados organicamente ni desvinculados de la esfera de los Ministerios, es decir, del Gobierno Central, desprendiendose de la citada MORDAZA que los Ministerios, a traves de estos Organismos Publicos Descentralizados, prestan bienes y servicios sectoriales; Que, tanto la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - Decreto Legislativo Nº 866 vigente al momento de la MORDAZA de la solicitud de inafectacion, como la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - Ley Nº 27793, consideran dentro de la estructura organica del Ministerio entre los Organismos Publicos Descentralizados al PATPAL, y como tal como parte integrante del Gobierno Central; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, que dicta medidas reglamentarias para que cualquier entidad publica pueda realizar acciones de saneamiento tecnico, legal y contable de inmuebles de propiedad estatal, establece que los organismos publicos e instituciones publicas descentralizadas, integran el gobierno central, por lo que sus bienes son de propiedad estatal; Que, en tal sentido, con la expedicion de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 03509-6-2003, se ha vulnerado lo dispuesto en el articulo 17º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 776, al no haber considerado dentro del supuesto de inafectacion al PATPAL; Que, mediante Decreto Supremo Nº 16-85-ED, se declara que son intangibles, inalienables e imprescriptibles los bienes muebles e inmuebles de la epoca prehispanica pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, dentro de los terrenos del PATPAL se ubica gran parte del Complejo Arqueologico Maranga, tales como las Huacas: MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA, La MORDAZA, Tres Palos, La MORDAZA, Palacio MORDAZA, Middendorf, y otros restos arqueologicos conforme se desprende de la Resolucion Directoral Nacional Nº 800 del 31 de octubre del 2003, y del Oficio Nº 1963-INC-2003/DREPH; Que, mediante Ley Nº 25370 fueron declarados intangibles los 969,557.38 metros cuadrados que integran el PATPAL; Que el Decreto Legislativo Nº 146 - Ley del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas establece en su articulo 2º que tiene por finalidad proporcionar bienestar, esparcimiento y recreacion cultural a favor de la comunidad, promocionando las diferentes riquezas naturales de nuestras regiones, y en su articulo 4º senala que es de utilidad y necesidad publica y de interes social el cumplimiento de los fines del PATPAL y las actividades que este realice; Que, con la no aplicacion de la inafectacion prevista en el articulo 17º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 776, se esta agraviando el interes publico por cuanto se esta impidiendo que parte de los ingresos del PATPAL, MORDAZA invertidos a favor del desarrollo de la entidad, impidiendo que se destinen al cumplimiento de sus fines que por ley le corresponde, cual es el propiciar bienestar, esparcimiento y recreacion cultural a favor de la comunidad, con lo cual se esta agraviando el interes publico;

Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Publico del MIMDES para que en defensa de los intereses del MIMDES, impulse las acciones judiciales que correspondan contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 03509-6-2003; Con la opinion favorable de la Direccion General de Asesoria Juridica del MIMDES, contenida en el Informe Nº 858-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 0132002-MIMDES y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de representacion y defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie o impulse segun corresponda las acciones judiciales pertinentes, contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 03509-6-2003. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12747

Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chiclayo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 399-2004-MIMDES MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobo la conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, con Resolucion Ministerial Nº 522-2003-MIMDES de fecha 5 de setiembre del 2003, entre otros, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA ARBOLEDA NECO, como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chiclayo, cargo al cual ha presentado renuncia; Que, es necesario aceptar la renuncia presentada, asi como designar al miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chiclayo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en la Ley Nº 26918; en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; y, en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA ARBOLEDA NECO, como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chiclayo, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al ingeniero HANSEL MORDAZA PAZ MORDAZA, como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chiclayo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12752

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