Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2004 (08/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

ANEXO Nº 1
Recepcion Dependencia Aprobacion de inicio automatica/ de tramite plazos Evaluacion previa con silencio administrativo positivo/plazo Evaluacion previa con silencio administrativo negativo/plazo Pago de derechos de tramitacion /Forma de pago /Modalidad de pago Autoridad competente para resolver Autoridad competente para resolver recursos



Procedimiento Administrativo

Base Legal

Requisitos

SOCIEDADES DE AUDITORIA
Gerencia de Sociedades de Auditoria 30 dias calendario para emitir la Opinion Tecnica X Departamento de Tramite Documentario y Archivo Gerencia Central del Sistema Nacional de Control

1

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

Inscripcion en el Registro de Sociedades Calificadas.

- Ley Nº 27785, publicada el 23.JUL.2002

- Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG, publicada el 02.MAY.2003

- Directiva Nº 001-2003-CG/CE aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 250-2003-CG, publicada el 12.AGO.2003 Pago en la Gerencia de Finanzas de la Contraloria General o en la Cuenta Corriente del Banco de la Nacion Nº 0000282758

30,39% de la UIT (S/. 972,50) por cada capitulo del Registro (sujeto a actualizacion por la Contraloria General de la Republica)

Reconsideracion: Gerencia Central del Sistema Nacional de Control (Procedimiento 30)

Apelacion: Contralor General (Procedimiento 30)

NORMAS LEGALES

Solicitud dirigida a la Contraloria General de la Republica, solicitando la inscripcion en el Capitulo de Sociedades de Auditoria Financiera o Auditoria de Gestion, segun corresponda, adjuntando la siguiente documentacion: a) MORDAZA simple de la escritura publica de constitucion de la Sociedad debidamente inscrita en los Registros Publicos, bajo la forma de Sociedad Civil Ordinaria. b) MORDAZA certificada de la Ficha Registral y/o Partida Electronica actualizada. c) MORDAZA del Registro Unico de Contribuyente. d) Declaracion Jurada suscrita por el representante legal, acreditando el domicilio legal y la capacidad instalada con que cuenta la Sociedad, asi como no tener deudas exigibles de tributos o aportaciones al Estado, segun el Anexo 04 de la Directiva Nº 001-2003-CG/CE. e) Informe sobre la estructura organizativa de la Sociedad, que de cuenta del personal profesional permanente (no menor de tres (3) miembros), sin incluir a los socios, de acuerdo a los requisitos minimos establecidos en el Anexo 03 de la Directiva Nº 001-2003-CG/CE. f) MORDAZA de los contratos de trabajo del personal profesional permanente sujeto a modalidad, visados por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en los cuales conste una jornada laboral de ocho (8) horas diarias por un periodo minimo de un (1) ano. g) MORDAZA del ultimo autoavaluo o del contrato vigente que acredite el uso del inmueble para el desarrollo de las actividades de la Sociedad. h) Documentacion que acredite las auditorias realizadas en los cinco (5) ultimos anos, con indicacion de su naturaleza y alcance. Para el caso de sociedades que realizan auditorias de gestion, estas acreditan la experiencia a que se refiere el parrafo anterior, presentando informacion de otros servicios vinculados a la gestion publica de los ultimos siete (7) anos con indicacion de su naturaleza y alcance, sin perjuicio de la figura societaria. i) MORDAZA original de habilitacion vigente, expedida por el colegio profesional respectivo (solo para las Sociedades que realizan auditorias financieras). j) MORDAZA legalizada del documento de identidad, asi como MORDAZA original de habilitacion vigente expedida por el colegio profesional respectivo, de cada uno de los socios y personal profesional. k) Hojas de MORDAZA de los socios y del personal profesional, suscritas y documentadas, que acrediten su formacion, competencia, capacitacion y experiencia en control gubernamental y gestion publica, segun corresponda; asi como la especialidad profesional. Adicionalmente, los socios y el personal profesional deben acreditar un minimo de sesenta (60) horas de capacitacion, con una antiguedad no mayor de dos (2) anos, en cursos de control y/o gestion gubernamental, impartidas por la Escuela Nacional de Control, de conformidad con la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria. l) Declaracion jurada de los socios de no tener antecedentes policiales, penales y judiciales, indicando si han sido declarados en quiebra o insolvencia y si tienen procedimiento incoado o sobreseido de tal naturaleza, a la fecha de MORDAZA de la solicitud; asimismo, de no haber sido destituido o despedido en el ejercicio de la funcion publica, segun Anexo 04 de la Directiva Nº 001-2003-CG/CE. m) Declaracion jurada de los socios indicando que no laboran bajo ninguna modalidad en otras Sociedades inscritas en el Registro, segun Anexo 04 de la Directiva Nº 001-2003-CG/CE. n) Declaracion jurada de los integrantes del personal profesional respecto de no tener antecedentes policiales, penales y/o judiciales; asimismo, de no haber sido destituido o despedido en el ejercicio de la funcion publica, segun Anexo 04 de la Directiva Nº 001-2003-CG/CE. n) Indicar numero, fecha y monto de la MORDAZA de pago de los correspondientes derechos de inscripcion en el Registro de la Contraloria General. En caso se determine defectos tecnicos se otorgara 10 dias calendario para su regularizacion, interrumpiendose el plazo de evaluacion. Vencido el plazo sin la subsanacion, se entendera por no presentada la solicitud. Dentro de los 5 dias habiles siguientes de emitida la Opinion Tecnica, la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control, aprobara o denegara la inscripcion en el Registro, cuya comunicacion formal sera realizada por la Gerencia de Sociedades de Auditoria

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