Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2004 (08/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

Recepcion

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Procedimiento Administrativo

Base Legal

Requisitos

Dependencia Aprobacion de inicio automatica/ de tramite plazos

Evaluacion previa con silencio administrativo positivo/plazo

Evaluacion previa con silencio administrativo negativo/plazo

Pago de derechos de tramitacion /Forma de pago /Modalidad de pago

Autoridad competente para resolver

Autoridad competente para resolver recursos

2) Presupuesto Adicional que considera presupuestos deductivos Ademas a lo requerido en el numeral 1, debera acompanarse los siguientes documentos: a) Resolucion aprobatoria del presupuesto deductivo proveniente del Titular del Pliego o MORDAZA autoridad administrativa de la entidad contratante. b) Presupuesto deductivo correspondiente, detallado con sus respectivas planillas de metrados. c) MORDAZA de los folios del cuaderno de obra, donde se evidencie el origen y ocurrencias de las obras sustituidas, materia del presupuesto deductivo. d) Informe Tecnico emitido por el inspector o supervisor de obra, segun sea el caso y el funcionario competente de la entidad, indicando la sustentacion del origen de cada una de las partidas o item que conforma el presupuesto deductivo.

3) Presupuestos adicionales vinculados a otros presupuestos adicionales que no requieren de autorizacion de pago de la Contraloria General. Ademas de lo requerido en el numeral 1, debera acompanar los siguientes documentos: a) Resolucion aprobatoria de la ejecucion de (los) presupuesto(s) adicional(es). b) Presupuesto detallado de la(s) obra(s) adicional(es) respectiva(s).

El plazo para solicitar la autorizacion previa a la ejecucion y pago a la Contraloria General de la Republica es de 30 dias naturales, computados a partir de la fecha en que la supervision de obra emite el Informe favorable en torno al presupuesto adicional.

DENUNCIAS
Gratuito

NORMAS LEGALES

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Recepcion de Denuncias Ciudadanas relacionadas con las funciones de la Administracion Publica.

- Ley Nº 27444, publicada el 11.ABR.2001

- Directiva Nº 008-2003-CG/DP C, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 443-2003CG, publicada el 14.ENE. 2004

MORDAZA de una solicitud escrita (de acuerdo al Formato Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 008-2003-CG/DPC) dirigida a la Gerencia Central de Denuncias y Participacion Ciudadana (Sede Central) o Jefes de las Oficinas Regionales de Control, consignando la siguiente informacion:

Gerencia Central de Denuncias y Participacion Ciudadana o Jefe de la Oficina Regional de Control

a) Nombres y apellidos completos, domicilio y de ser el caso numero telefonico fijo o movil del denunciante o de la persona que lo represente, acompanando MORDAZA del respectivo documento de identidad. Los representantes de las personas juridicas deberan acreditar su condicion mediante poder o documento con merito suficiente. b) El contenido de la denuncia debera versar sobre los actos u operaciones que revelen, por accion y omision, la indebida, ilegal e ineficiente gestion y/o utilizacion de recursos y bienes del Estado, en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, incluyendo los relativos a la gestion ambiental, los recursos naturales y el Patrimonio Cultural de la Nacion. c) Los actos y operaciones materia de la denuncia no deberan constituir asuntos, o ser materia de controversia, sujetos a la competencia constitucional y/o legal de otros organismos del Estado, tales como: hechos comprendidos en causas o investigaciones pendientes ante el Poder Judicial, Tribunal Constitucional u otras instituciones publicas competentes; procesos disciplinarios en curso; reclamaciones de caracter laboral; procedimientos administrativos de reclamos y quejas sobre costos de tramitacion o por la deficiente atencion de servicios publicos y/o transgresiones en los tramites de ejecucion externa de la ciudadania; o relacionados a requerimientos o impugnaciones de proveedores que no fundamenten la existencia de perjuicio economico al Estado en los procesos de adquisiciones y contrataciones. d) Exposicion detallada y precisa de los hechos relativos a los actos u operaciones que constituyan la presunta irregularidad o anomalia, de tal manera que permitan se comprobacion, con indicacion de fechas y lugares asi como de MORDAZA de informacion y montos involucrados, si fuere el caso. e) Datos con que se cuente para la individualizacion de los participes y/o de los testigos de la presunta irregularidad denunciada.

Cuando se determine la inobservancia de requisitos sujetos a subsanacion de deficiencias u omisiones, se podra conceder al denunciante un plazo no mayor de diez (10) dias habiles. De no ocurrir la subsanacion, se procedera al archivo de la denuncia, salvo en casos debidamente justificados a criterio del organo de control. Si corresponde que la denuncia sea conocida y/o resuelta por otras autoridades u organos externos competentes en relacion a la materia, se MORDAZA tambien dicha situacion de conocimiento del

Departamento de Tramite Documentario y Archivo de la Sede Central o de las Oficinas Regionales de Control.

Gerencia Central de Denuncias y Participacion Ciudadana (Sede Central) o Jefe de la Oficina Regional de Control

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

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