Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2004 (08/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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ran en las sedes de los Departamentos y ordeno que el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, proceda a la inmediata reanudacion de labores y el pago de las remuneraciones a los trabajadores afectados por el tiempo de suspension transcurrido; Que, con fecha 3 de marzo del presente ano, el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, presento al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 014-2004DRTPEL-DPSC, el cual obra en MORDAZA de fojas 42 a 56; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 010-2004MTPE/DVMT/DRTPELC del 23 de MORDAZA del 2004, obrante en MORDAZA de fojas 35 a 38, la Autoridad Administrativa de Trabajo emite pronunciamiento en MORDAZA instancia, declarando fundada en parte la apelacion presentada, en lo referente a la exclusion de los trabajadores de las sedes de los departamentos, y confirma en sus demas extremos la Resolucion Directoral Nº 014-2004-DRTPEL-DPSC; Que, con fecha 6 de MORDAZA del presente ano, el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos-PRONAMACHCS, al no encontrarse conforme con lo resuelto en MORDAZA instancia por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, presento recurso de revision contra la Resolucion Directoral Nº 0102004-MTPE/DVMT/DRTPELC (obrante en MORDAZA de fojas 08 a 16); Que, el mencionado recurso de revision fue resuelto mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 010-2004/ MTPE/VMT/DNRT (obrante en MORDAZA de fojas 04 a 06), donde el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo lo declara infundado, y se confirma la Resolucion Directoral Nº 010-2004-MTPE/DVMT/DRTPELC; Que, el numeral 218.1 y el inciso c) del numeral 218.2 del Articulo 218º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los actos administrativos que agotan la via administrativa podran ser impugnados ante el Poder Judicial mediante el MORDAZA contencioso-administrativo; y que el acto que agota la via administrativa, es el expedido con motivo de la interposicion de un recurso de revision, que en forma excepcional se interpone ante una tercera instancia de competencia nacional, conforme lo refiere el Articulo 210º de la mencionada Ley; Que, por los hechos y las normas expuestas, se ha producido el agotamiento de la via administrativa dentro del procedimiento de suspension temporal MORDAZA de labores, y consecuentemente, de conformidad con lo previsto en el inciso 1) del Articulo 4º de la Ley Nº 27584 - Ley que regula el MORDAZA contencioso administrativo, procede la demanda mediante MORDAZA contencioso administrativo, para impugnar la Resolucion Directoral Nacional Nº 0102004/MTPE/VMT/DNRT; Que, conforme al Articulo 15º de la Ley Nº 27584 - Ley que regula el MORDAZA contencioso administrativo, la representacion y defensa de las entidades administrativas estara a cargo de la Procuraduria Publica competente; Que, conforme a los Articulos 12º y 13º de la Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado, aprobada por Decreto Ley Nº 17537, ambos modificados por el Articulo Unico del Decreto Ley Nº 17667, para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa, salvo las excepciones que expresamente contemplen las leyes de caracter especial, como es el caso de solicitud de medidas cautelares y/o diligencias preparatorias necesarias para defender o promover los derechos del Estado; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan, para lograr la impugnacion de la Resolucion Directoral Nacional Nº 010-2004/ MTPE/VMT/DNRT; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura; de la Oficina de Asesoria Legal del PRONAMACHCS, mediante el Informe del Visto, y de conformidad con el Articulo 47º de la Cons-

titucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan sobre los hechos a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion, y lograr la impugnacion de la Resolucion Directoral Nacional Nº 010-2004/MTPE/VMT/ DNRT; debiendo remitir los antecedentes al citado Procurador Publico, para los fines a que esta se contrae. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 12719

MINCETUR
Autorizan viaje de funcionarios para participar en eventos convocados por el Secretario de la Comision de la Comunidad MORDAZA que se realizaran en Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 229-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2004 Visto el Memorandum Nº 320-2004-MINCETUR/VMCE, de fecha 1 de MORDAZA de 2004, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, el Secretario de la Comision de la Comunidad MORDAZA ha convocado al Viceministro de Comercio Exterior al Periodo 89 de Sesiones Ordinarias de la Comision y a la Cuarta Reunion de la Comision Ampliada con Ministros de Agricultura, que se llevaran a cabo el dia 10 de MORDAZA de 2004, precedida de una reunion de Representantes Alternos programada para el dia 9 del mismo mes, en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador; Que, en dichas reuniones se trataran temas diversos de interes para el sector comercio exterior, tales como orientaciones sobre arancel externo comun MORDAZA, MORDAZA de libre comercio entre los paises miembros, sistema de solucion de controversias, declaracion del XV Consejo Presidencial MORDAZA, propuestas y proyectos de Decision; asi como, el Convenio de Complementacion en el Sector de Oleaginosas; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, es el organismo encargado de definir, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de negociaciones comerciales internacionales, de acuerdo a la politica general del Estado; Que, en razon de lo expuesto, es necesario autorizar la participacion del Viceministro de Comercio Exterior en los eventos MORDAZA mencionados; Que, en consecuencia, procede encargar el Despacho del Viceministro de Comercio Exterior, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2004, Ley Nº 27790, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Dr. MORDAZA de la MORDAZA Belaunde, Viceministro de Comercio Exterior, a la ciu-

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