Norma Legal Oficial del día 16 de Julio del año 2004 (16/07/2004)


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RESOLUCION SBS Nº 314-2004 MORDAZA, 5 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2004

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la senorita MORDAZA MORDAZA Ysla MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 02-2004-RIAS celebrada el 16 de enero de 2004, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702, y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y Resolucion SBS Nº 287-2004 del 26 de febrero del 2004; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la senorita MORDAZA MORDAZA Ysla MORDAZA con matricula Nº N-3671 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CABREJO DE MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 13181

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONDO MIVIVIENDA
Declaran nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 005-2004-FM "Suministro de pasajes aereos"
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 79-SE-2004 MORDAZA, 8 de MORDAZA 2004 VISTO: El Informe Nº 002-2004-CEP del Comite Especial Permanente del Fondo MIVIVIENDA y el Memorandum Nº 277-2004-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Secretaria Ejecutiva Nº 008-SE-2004, publicada el 21 de enero de 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-

ciones del Fondo MIVIVIENDA, para el presente ejercicio, dentro del cual se incluyo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del "Suministro de Pasajes Aereos" cuyo valor referencial ascendio a US$ 180 000.00 (Ciento Ochenta Mil y 00/100 Dolares Americanos); Que, mediante Resolucion de Secretaria Ejecutiva Nº 33-SE-2004 publicada el 11 de marzo del 2004, se modifico el valor referencial y el MORDAZA correspondiente a la contratacion de "Suministro de Pasajes Aereos", reduciendose a US$ 51 500.00 (Cincuenta y un Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos), siendo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica; Que, el 19 de marzo del 2004, el Fondo MIVIVIENDA convoco a la Adjudicacion Directa Publica Nº 0052004-FM, cuyo objeto fue la contratacion del "Servicio de Suministro de Pasajes Aereos" por un valor referencial ascendente a US$ 49,792.12 (Cuarenta y Nueve Mil Setecientos Noventa y Dos y 12/100 Dolares Americanos); Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado por Oficio Nº A-656-2004 (GTN/MON) del 23 de marzo del 2004, senala que el MORDAZA de MORDAZA convocado por el Fondo MIVIVIENDA (Adjudicacion Directa Publica) no se ajusta a lo establecido en la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, segun la cual la contratacion de servicios y de consultoria cuyo valor referencial es igual o superior a S/. 150 000.00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) debe realizarse necesariamente mediante Concurso Publico; Que, con fecha 26 de marzo del 2004, el Fondo MIVIVIENDA publico el Aviso de Fe de Erratas de la Adjudicacion Directa Publica Nº 005-2004-FM, respecto del cual el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, nuevamente mediante Oficio Nº A-791-2004 (GTN/MON), se pronuncio senalando que se ha considerado erroneamente que el objeto del MORDAZA es el suministro de bienes (pasajes aereos), ya que el objeto del MORDAZA es el servicio de transporte aereo de pasajeros; Que, mediante Informe Nº 002-2004-CEP del 23 de junio del 2004, el Comite Especial Permanente teniendo en cuenta los hechos concluye que es necesario declarar la nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0052004-FM; Que, segun el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el titular del pliego podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º de la Ley, una de la cuales es la referida a los actos que contravienen las normas legales; Que, el MORDAZA de MORDAZA para la contratacion del servicio de transporte aereo de pasajeros contraviene lo dispuesto en el articulo 22º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, por lo que, el citado MORDAZA debe ser declarado nulo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26º del Reglamento citado; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 005-2004-FM "Suministro de pasajes aereos", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto notifique la presente Resolucion a los adquirentes de bases.

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