Norma Legal Oficial del día 15 de Junio del año 2004 (15/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 15 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 174-2004-PCM

formacion que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran autenticos y que conocia de las sanciones aplicables en caso que se comprobase que lo expresado en dicha declaracion no se ajustase a la verdad; Que, la empresa MELCAS Contratistas Generales S.A.C. presento la Licencia Municipal de Funcionamiento Nº 00453 de fecha 12 de junio de 2003, emitida por la Municipalidad Provincial del MORDAZA Chimbote; Que, al ser consultada por el CONSUCODE la Municipalidad Provincial del MORDAZA sobre la veracidad de la Licencia Municipal de Funcionamiento Nº 00453, esta senalo que el documento habia sido adulterado; Que, el articulo 3º de la Resolucion mencionada se pronuncia por el inicio de las acciones penales correspondientes contra el representante legal de la empresa MELCAS Contratistas Generales S.A.C. y los que resulten responsables por la presunta comision de los delitos contra la funcion jurisdiccional (falsa declaracion en procedimiento administrativo) y contra la fe publica en agravio del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, con fecha 22 de enero de 2004, la empresa MELCAS Contratistas Generales S.A.C. interpuso recurso de reconsideracion con la finalidad de dejar sin efecto legal la Resolucion Nº 011-2004-CONSUCODE/ PRE, revisados los actuados administrativos, el Presidente del CONSUCODE mediante Resolucion Nº 0742004-CONSUCODE/PRE declaro infundado el recurso; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra el representante legal de la empresa MELCAS Contratistas Generales S.A.C. y los presuntos responsables de los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11101

MORDAZA, 9 de junio de 2004 Visto el Oficio Nº 265-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 4182004(PRE) de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el articulo 58º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE es un organismo publico descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, conforme se aprecia de la Resolucion Nº 1872003-CONSUCODE/PRE emitida por el Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE con fecha 3 de setiembre de 2001, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante legal de la empresa Promotora de la Construccion S.R.L. "PROCONST S.R.L." solicito la inscripcion de su representada como ejecutora de obras ante el Registro Nacional de Contratistas, la que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 1843-2001/RNC-CONSUCODE, expidiendose el Certificado de Inscripcion Nº 1208, con vigencia hasta el 2 de octubre de 2003; Que, la citada Resolucion Nº 187-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 14 de MORDAZA de 2003 indica que el representante legal de la empresa Promotora de la Construccion S.R.L. "PROCONST S.R.L." suscribio el Formulario Oficial de Declaracion Jurada de Veracidad de Documentos y de Informacion, manifestando que toda la informacion que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran autenticos y que conocia de las sanciones contenidas en la Ley de Simplificacion Administrativa vigente al momento de los hechos; Que, la empresa Promotora de la Construccion S.R.L. "PROCONST S.R.L." acredito como integrante de su plantel tecnico al ingeniero MORDAZA Subiria Castro; Que, de las comunicaciones cursadas por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y la respuesta recibida, el ingeniero MORDAZA Subiria MORDAZA ha manifestado que mediante carta recibida con fecha 18 de setiembre de 2002, que no ha suscrito ningun documento para ser presentado por la empresa Promotora de la Construccion S.R.L. "PROCONST S.R.L.", lo cual ha sido verificado mediante pericia grafotecnica; Que, el articulo 1º de la Resolucion mencionada se pronuncia por el inicio de las acciones penales correspondientes contra el representante legal de Promotora de la Construccion S.R.L. "PROCONST S.R.L." y los que

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