Norma Legal Oficial del día 19 de Junio del año 2004 (19/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 19 de junio de 2004

Que, el articulo 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las exoneraciones referidas en el MORDAZA considerando no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia los citados servicios de publicacion y difusion televisiva, radial y escrita; Que, mediante Hoja de Coordinacion Nº 502-2004-ME/ SPE-UP de la Unidad de Presupuesto se informa, garantiza y certifica la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la Resolucion de exoneracion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, y autoricese a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el servicio de publicacion y difusion de spots televisivos, radiales y avisos publicados en medios escritos, por causal de prestacion de servicios personalisimos con los siguientes medios de comunicacion MORDAZA 2 Compania Latinoamericana de Radiodifusion S.A., MORDAZA 4 Compania Peruana de Radiodifusion, MORDAZA 5 Panamericana Television S.A., MORDAZA 7 Instituto de Radio y Television del Peru y MORDAZA 9 MORDAZA de Radiodifusion S.A.C.; medios radiales: Radiomar Plus am/fm, Radio Moda fm, Radio Inolvidable am/fm, Radio MORDAZA fm, Radio Panamericana fm, Radioprogramas del Peru am/fm, Radio KE Buena fm, CPN Radio, Laser fm - Tumbes, Antena 10 fm - MORDAZA, JHC am/ fm - Chiclayo, Frecuencia 100 fm - MORDAZA, Studio 99 fm Chimbote, Melodia am - MORDAZA, Uno am - Tacna, San MORDAZA fm - MORDAZA, Huancayo am/fm - Huancayo, Las Vegas am/fm - MORDAZA, Onda MORDAZA fm - MORDAZA, MORDAZA fm - Iquitos y Super am/fm - Pucallpa; y los siguientes medios de prensa: Diario El Comercio, Trome, Correo, Aja, Peru 21, La Republica, El Popular y Caretas entre los dias 23 de junio al 6 de MORDAZA 2004, a efecto de difundir la MORDAZA denominada "Todos a Clases" por un valor referencial total de S/. 431,654.00 (Cuatrocientos Treinta y Un Mil Seiscientos Cincuenta y Cuatro 00/100 Nuevos Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas. Articulo 2º.- Las contrataciones que se efectuen en virtud de la presente Resolucion, se realizaran a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolucion se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion; Unidad Ejecutora 024: Sede Central. Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 11607

Que por Ley Nº 27802 se crea el Consejo Nacional de la Juventud, cuyo objetivo es establecer el MORDAZA normativo e institucional que oriente las acciones del Estado y de la sociedad en materia de politica juvenil, que permita impulsar las condiciones de participacion y representacion democratica de los jovenes, orientados a la promocion y desarrollo integral de la juventud; Que los articulos 17º y 18º de la Ley Nº 27802, preceptuan que el Consejo de Participacion de la Juventud, estara conformado, entre otros, por los jovenes representantes de los Centros Educativos Secundarios e Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 1084-2002ED, de fecha 16 de octubre de 2002, se dispuso la eleccion de los representantes de los Centros Educativos Secundarios e Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados, ante el Primer Consejo de Participacion de la Juventud; Que la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de la Juventud, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, modificada por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0052004-PCM, dispone que el MORDAZA de eleccion de los representantes del MORDAZA Consejo de Participacion de la Juventud, se desarrollara el ano fiscal 2004; Que en ese sentido, resulta necesario que el Ministerio de Educacion, garantice la eleccion democratica de los representantes de las Instituciones de Educacion Secundaria e Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados, ante el MORDAZA Consejo de Participacion de la Juventud; Estando a lo solicitado por la Presidenta de la Comision Nacional de la Juventud, mediante el Oficio Nº 3492004-CONAJU-CNJ/P; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nº 106-2002-PCM, Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la eleccion de los representantes de las Instituciones Educativas Secundarias, de Educacion Basica Alternativa e Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados, ante el MORDAZA Consejo de Participacion de la Juventud, segun se indica: - Las Direcciones Regionales de Educacion a nivel nacional, a traves de sus equipos de Tutoria y Prevencion Integral, son los responsables de la organizacion, y ejecucion del MORDAZA electoral para la eleccion de los representantes en sus respectivas jurisdicciones. Articulo 2º.- Los representantes ante el MORDAZA Consejo de Participacion de la Juventud, seran elegidos en eventos macroregionales a realizarse en las ciudades de Chiclayo, Huancayo, MORDAZA y Lima. Articulo 3º.- La eleccion de los representantes ante el Consejo de Participacion de la Juventud se regira por el respectivo Reglamento Electoral, el cual sera debidamente aprobado por el Consejo de Participacion de la Juventud. Articulo 4º.- Los gastos que demande el MORDAZA Electoral, a nivel regional, seran cubiertos con fondos de cada Direccion Regional de Educacion. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Tutoria y Prevencion Integral de la Sede Central, la coordinacion, programacion, ejecucion y supervision del MORDAZA de Eleccion de representantes a nivel nacional. Articulo 6º.- Concluido el MORDAZA de eleccion, la Oficina de Tutoria y Prevencion Integral de la Sede Central, elaborara el informe final y lo elevara al Despacho Ministerial. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 11608

Disponen elegir representantes de Instituciones Educativas Secundarias, Basica Alternativa e Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados ante el MORDAZA Consejo de Participacion de la Juventud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0296-2004-ED
MORDAZA, 17 de junio de 2004

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