Norma Legal Oficial del día 25 de Junio del año 2004 (25/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de junio de 2004

gamiento de la buena pro, para la adquisicion de materiales, servicios, bienes y otros, cuyo cumplimiento de plazos harian imposible la culminacion de dichas obras MORDAZA del 24 de MORDAZA de 2004, situacion que compromete la culminacion de las metas fisicas en los plazos fijados, por lo que se requiere una accion rapida para la adquisicion o contratacion como medida temporal e inmediata, para lo cual acompanan los requerimientos presentados por el residente de obra; por lo cual solicita a la Gerencia Regional de Infraestructura se elabore y tramite la exoneracion excepcional de licitacion o concurso publico por situacion de urgencia para la adquisicion de bienes y/o servicios para la continuacion de los trabajos de ampliacion de tribunas, culminacion de la MORDAZA VIP, palcos, cabinas de transmision y tratamiento exterior del Estadio Garcilaso de la MORDAZA del Cusco; Que, la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares mediante Informe Nº 322-A-2004-GR-CUSCO/ ORAD-OASA-OA hace de conocimiento sobre los procesos de seleccion que deben aplicarse para la adquisicion de materiales de construccion para la obra del Estadio MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA y comunica que, de acuerdo al Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001PCM, las Licitaciones y Concursos Publicos senalan como plazo minimo de 20 dias, siendo computados a partir del dia siguiente de la publicacion de Aviso de Convocatoria en el Diario Oficial El Peruano; y que en caso de Adjudicacion Directa, el plazo entre la Convocatoria y la MORDAZA de las propuestas existira un plazo no menor de 10 dias, contado a partir del dia siguiente de la publicacion de Aviso de Convocatoria en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 16 de MORDAZA de 2003 se oficializa en el MORDAZA la realizacion del Campeonato Sudamericano de Futbol Copa MORDAZA Ano 2004 y del Campeonato Mundial de Futbol Sub-17 ano 2005 y los declaran eventos de interes nacional, a merito de sus considerandos, cuales son el incremento del flujo del turismo receptivo e interno a nivel nacional, contribuyendo a la descentralizacion y a dinamizar la economia, a traves de la generacion de empleo producto de una mayor ocupabilidad hotelera y, el uso de servicios turisticos conexos; como la mejora de la imagen del MORDAZA en el exterior, posicionandolo como un destino turistico seguro, estable y atractivo; siendo de sumo interes para el MORDAZA, porque constituye un medio que contribuira a estrechar los lazos de fraternidad y solidaridad con las hermanas naciones participantes; Que, para el desarrollo de la "Copa MORDAZA Ano 2004", la Comision Organizadora de la Federacion Peruana de Futbol ha elegido como sede a las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA y Tacna, siendo el caso que se tiene programado el encuentro deportivo en la Fase Final, Tercer Puesto, en la MORDAZA del MORDAZA, partido Nº 25, fecha 24 de MORDAZA de 2004, a las 19:45 horas, conforme se tiene de la pagina Web de la Confederacion Sudamericana de Futbol; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, mediante Oficios Nºs. 575, 1778 y 1834-2004-INDECI/ 10.3 ha dado cuenta que los escenarios deportivos a nivel nacional considerados sedes y subsedes del Campeonato Sudamericano de Futbol, Copa MORDAZA 2004, presentan deficiencias de MORDAZA estructural que es necesario reparar y que consecuentemente no cumplian con las condiciones de seguridad en Defensa Civil, razon por la cual el Instituto Peruano del Deporte - IPD, mediante Resolucion Nº 147-2004-P/IPD, de 20 de MORDAZA de 2004, aprueba la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa, por situacion de urgencia, para la contratacion de servicios de reparacion y acondicionamiento de la infraestructura del IPD a nivel nacional, considerados sedes y subsedes del Campeonato Sudamericano de Futbol Copa MORDAZA Ano 2004; Que, mediante Resolucion Nº 137-2004-P/IPD, de 13 de MORDAZA de 2004, el Instituto Peruano del Deporte aprueba la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion por servicios personalisimos de una consultoria para la elaboracion del Expediente Tecnico de la Obra: "Reconstruccion de un Sector de la Tribuna Oriente, obras complementarias y servicios higienicos del Estadio Garcilaso del Cusco", al haber sido declarado dicho sector inhabilitada por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, mediante Acta de Inspeccion Nº 004-2003, por la presencia de degra-

daciones en el concreto, asi como corrusion del MORDAZA estructural, propios del paso del tiempo; Que, mediante Convenio Interistitucional de fecha 11 de marzo de 2004, el Instituto Peruano del Deporte - IPD, encarga la ejecucion de la obra: "Reconstruccion de un sector de la tribuna oriente del Estadio Garcilaso de la MORDAZA del Cusco", el mismo que mediante Adenda de fecha 4 de junio de 2004 es materia de precision en el sentido que estando proxima la realizacion de los encuentros de futbol de la Copa MORDAZA 2004, se hace necesario reorientar los fondos transferidos por S/. 1´200,000 a otras obras dentro del mismo estadio, con cargo a la Meta 034 por encargo del Instituto Peruano del Deporte; Que, los Informes Nºs. 340-A-2004-GR CUSCO/GRISGO, de fecha 5 de junio de 2004 y 085-2004-GR CUSCO/GRI-SGO.RO.GO, de fecha 7 de junio de 2004, asi como la normatividad expresa senalada precedentemente, contienen el sustento tecnico para el tramite de exoneracion del MORDAZA de licitacion para la ejecucion de trabajos en la ampliacion de tribunas y culminacion de la MORDAZA VIP, palcos, cabinas de transmision y tratamiento exterior del Estadio MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA del Cusco; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con los articulos 108º y 113º de su Reglamento, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el Articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Articulo 105º. La autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, las adquisiciones o contrataciones exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa indicadas en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y para el caso del Gobierno Regional MORDAZA se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; requieren obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de dicho acto y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Estando a los del Visto y con las visaciones de la Gerencia General, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la Oficina de Administracion del Gobierno Regional Cusco; En uso de las atribuciones y facultades establecidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, por los articulos 21º inciso d) y 41º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion los bienes y/o servicios para la ejecucion de trabajos en la ampliacion de tribunas y culminacion de la MORDAZA VIP, palcos, cabinas de transmision y tratamiento exterior del Estadio MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA

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