Norma Legal Oficial del día 25 de Junio del año 2004 (25/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de junio de 2004

- Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camacho. - Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Richardzon. - Regidor MORDAZA MORDAZA Quintana. - Regidor MORDAZA Neptali MORDAZA Soto. - Regidor Romer MORDAZA MORDAZA Escobar. - Sra. Ketty MORDAZA, representante de la Mesa de Concertacion Distrital para el Desarrollo. - Sra. MORDAZA MORDAZA, Anchiraico Uscuvilca; representante de la Coordinadora Multisectorial por los Derechos de la Mujer, Infancia y Familia. - Sra. MORDAZA, De la MORDAZA MORDAZA de Briceno; representante de la Central de Comedores Autonomos. Articulo Tercero.- Todos los procedimientos administrativos relativos a la aplicacion de la Ordenanza Nº 011, modificada por la Ordenanza Nº 019 y la Ordenanza Nº 030, iniciados y no resueltos a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se regiran por la normatividad establecida en esta norma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11474

Conforman Comite Tecnico para la formulacion de lineamientos estructurales, politicos y tecnicos para la elaboracion del Anteproyecto del Plan Integral de Desarrollo Concertado Distrital
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007
San MORDAZA de Lurigancho, 24 de febrero de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 195º numerales 2), 6) y 8) del mismo cuerpo normativo establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competentes para aprobar el plan de desarrollo local concertado con la sociedad civil asi como planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial, y regular las actividades y/o servicios en materia de saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, entre otros; Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades senala que los Gobiernos Locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, el articulo VI del Titulo Preliminar de la precitada Ley Organica de Municipalidades establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa, a traves de planes de desarrollo economico local aprobados en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asi como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la precitada Ley Organica de Municipalidades dispone que el MORDAZA

de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. El sistema de planificacion tiene como principios la participacion ciudadana a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las politicas nacionales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion; Que, en esta misma linea, el articulo X del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promocion del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinacion y asociacion con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, es competencia municipal la organizacion del espacio fisico y usos del suelo, entre otras materias, correspondiendo a las Municipalidades Distritales la aprobacion del Plan MORDAZA Distrital en MORDAZA con los planes urbanos provinciales; Que, para tal efecto, se reconoce que el territorio nacional presenta un patron de ocupacion del suelo, mayoritariamente informal y desordenado en las ciudades, presentando problemas de carencia de infraestructura y servicios derivados de la ausencia de una adecuada planificacion concertada con los agentes que intervienen en dicho MORDAZA, asi como de una vision integral del conjunto de circunscripciones territoriales; Que, el distrito de San MORDAZA de Lurigancho forma parte de la MORDAZA del Rio MORDAZA, con una poblacion estimada en 850,000 habitantes y 131.25 km2, incrementandose casi 20,000 habitantes por ano, encontrandose proxima al Centro Historico de la MORDAZA de MORDAZA y con potencialidades para su desarrollo. Sin embargo, un porcentaje significativo de su poblacion se encuentra en condiciones de pobreza y mas de la mitad de la poblacion economicamente activa esta subempleada, requiriendo nuevos empleos al ano; ademas de otras necesidades vitales, como son la demanda de viviendas por ano, cubrir los deficits en areas verdes, conexiones de agua y conexiones de desague para las familias que lo necesiten, ademas de la demanda en hospitales teniendo en cuenta la proporcion de un hospital por cada 300,0000 habitantes; aspectos que el Gobierno Local Distrital debe evaluar y atender en la elaboracion del Plan; Que, acorde a las disposiciones citadas, el Plan Integral de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales debe constituir un MORDAZA de permanente reflexion y propuesta de la MORDAZA que quiere el ciudadano y vecino del distrito, constituyendo una propuesta esperanzadora y un planteamiento concreto hacia la consecucion de dichas metas, debiendo ademas encontrarse sintonizado con la vision global de la MORDAZA de MORDAZA, debiendo por ende formar parte del Plan de Desarrollo Provincial, tomando en cuenta las propias singularidades del distrito; Que, para este fin y sobre la base de las disposiciones contenidas en el Capitulo I de la Seccion II del Regimen de Organizacion Interior y Funcionamiento del Gobierno Local de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho aprobado por Ordenanza Nº 010 y la Ley Organica de Municipalidades, el Plan Integral de Desarrollo Concertado es un instrumento de gestion, el cual debe establecer los objetivos estrategicos, las estrategias concertadas en lo social, economico, ambiental y territorial, las politicas integrales de desarrollo socio-economico, politico-institucional, las politicas de ordenamiento ambiental y ordenamiento territorial, cuyo fin sea promover el desarrollo integral y sostenible del territorio del distrito; Que, el precitado Plan Integral de Desarrollo Concertado debe orientar a la jurisdiccion como distrito Lider desarrollado bajo el concepto de MORDAZA que forma parte de una gran metropoli; sede de la pequena, micro y mediana empresa generadora de empleo con una oferta de producto a escala nacional e internacional; un distrito que sea destino turistico y cultural por su cercania al Centro Historico, por la presencia de restos precolombinos, por la existencia de un Rio MORDAZA recuperado y una potencialidad de una oferta comercial y recreativa de escala interdis-

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