Norma Legal Oficial del día 25 de Junio del año 2004 (25/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 25 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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(60) dias naturales las provincia de Dos de MORDAZA, Maranon, Lauricocha, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, del departamento de MORDAZA, zonas que fueron afectadas por heladas meteorologicas, lluvias intensas, granizadas e inundaciones por desbordes de MORDAZA y huaycos ocurridas en la region, en la que se afectaron mas de 4,000 ha de cultivo, mas de 3,000 ha de cultivos adicionales perdidos, asi como danos en la infraestructura productiva en los MORDAZA de riego, por tal razon es necesario que se ejecuten las acciones pertinentes para la atencion de la poblacion damnificada, atencion de la emergencia y la rehabilitacion de la MORDAZA afectada; Que, subsisten las condiciones que determinaron la Declaratoria de Estado de Emergencia, pues los fenomenos meteorologicos que las originaron se siguen manifestando y las obras de rehabilitacion aun estan pendientes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en concordancia con el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias naturales, el Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo Nº 034-2004-PCM en el departamento de Huanuco. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Economia y Finanzas, Ministro de Agricultura y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de junio del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12024

Que, subsisten las condiciones que determinaron la Declaratoria de Estado de Emergencia, de ambos departamentos, pues los fenomenos meteorologicos que las originaron se siguen manifestando y las obras de rehabilitacion aun estan pendientes; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en concordancia con el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias naturales, el Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo Nº 035-2004-PCM en los departamentos de MORDAZA y Tacna. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Economia y Finanzas, Ministro de Agricultura y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de junio del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas Encargado de la cartera de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12025

Constituyen Comision Multisectorial encargada de elaborar y proponer el Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28238 Ley General del Voluntariado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-2004-PCM
MORDAZA, 24 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28238 - Ley General del Voluntariado, se declaro de interes nacional la labor que realizan los voluntarios en el territorio nacional, en lo referido al servicio social que brindan a la comunidad, en forma altruista y solidaria; Que, la Cuarta Disposicion Final y Complementaria de la citada Ley establece que esta debe reglamentarse en un plazo no mayor de sesenta (60) dias contados desde su vigencia; Que, en tal sentido, resulta necesario conformar una Comision Multisectorial encargada de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 28238 - Ley General del Voluntariado, la misma que estara bajo la conduccion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, ente competente en la materia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, en el Decreto Ley Nº 21292, en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 28238 y en la Directiva Nº 001-86-PCM/SCI aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0014-86-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion de Comision Multisectorial Constituir la Comision Multisectorial encargada de elaborar y proponer el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28238 - Ley General del Voluntariado, adscrita al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Articulo 2º.- Conformacion de Comision Multisectorial La Comision Multisectorial que se constituye mediante el articulo precedente, estara integrada por:

Prorrogan plazo de Estado de Emergencia declarado en los departamentos de MORDAZA y Tacna
DECRETO SUPREMO Nº 050-2004-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2004-PCM, se declaro en Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) dias naturales el departamento de MORDAZA y Tacna; en el departamento de MORDAZA, como consecuencia de la sequia y granizadas presentadas entre los meses de octubre de 2003 y marzo de 2004, en toda la Region de MORDAZA, ha resultado afectado el 43.76% de los cultivos, corriendo el riesgo de incrementarse las areas perdidas que ascienden a 11.75% de la MORDAZA 2003-2004, por lo que es necesario la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el sector Agricultura. Y en el departamento de Tacna como consecuencia de las heladas meteorologicas presentadas entre los dias 22 al 26 de febrero de 2004, en los distritos de Candarave y Cairani de la provincia de Candarave y los distritos de Tarata, Estique, Sitajara y Ticaco de la provincia de Tarata, se han perdido y afectado 960 Ha. de cultivo de papa y maiz amilaceo, por lo que amerita la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el sector Agricultura;

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