Norma Legal Oficial del día 25 de Junio del año 2004 (25/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 25 de junio de 2004
VISTA:

NORMAS LEGALES
Y, CONSIDERANDO:

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La Sesion de Concejo de fecha 17 de junio de 2004. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo a lo establecido por el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado; Que, esta administracion municipal considera de suma importancia que la comunidad exprese su reconocimiento a aquellas personas que durante el transcurso de su MORDAZA hayan colaborado en forma MORDAZA y destacada con el desarrollo material y humano del distrito de La Punta, acreditando desinteres y servicio a la colectividad; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA aprobatorio de todos los regidores y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Instituir a partir de la fecha la Medalla de La Punta al Vecino Ilustre, como reconocimiento al merito civil, la misma que se otorgaran a las personas que durante el transcurso de su MORDAZA hayan colaborado en forma MORDAZA y destacada con el desarrollo material y humano del distrito de La Punta, acreditando desinteres y servicio a la colectividad Articulo Segundo.- Las Medallas de La Punta al Vecino Ilustre seran otorgadas por el Concejo Municipal, a propuesta de: el MORDAZA, de algun regidor, del Directorio Punteno; o de algun vecino con el respaldo de 100 (cien) firmas de personas domiciliadas dentro de la jurisdiccion. En todos los casos, las propuestas deberan estar acompanadas de expresion completa del merito. La propuesta, en todos los casos, debera ser evaluada por el pleno del Concejo Municipal o por una Comision que se designe para estos efectos. La desaprobacion de la propuesta sera sin expresion de causa, guardandose reserva de este hecho. El Expediente promovido quedara archivado, pudiendose renovar la proposicion despues de un ano. Articulo Tercero.- La Medalla de La Punta al Vecino Ilustre tendra las caracteristicas que aparecen en el anexo adjunto, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La Medalla de La Punta al Vecino Ilustre se otorgara en Sesion Solemne, en ceremonia de MORDAZA Patrias, en el Aniversario del distrito o en aquellas otras que especialmente acuerde el Concejo. Articulo Quinto.- La Medalla de La Punta al Vecino Ilustre sera otorgada conjuntamente con MORDAZA del Acuerdo de Concejo que aprueba el otorgamiento del reconocimiento. Articulo Sexto.- La Medalla de La Punta al Vecino Ilustre, confiere al premiado una distincion de honor, y sera llevada en toda ceremonia publica y en cualquier actuacion municipal, dando el privilegio de asistir a toda ceremonia municipal ocupando puestos especiales en orden al merito adquirido. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 11975

Que, de conformidad al Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisandose que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, senala en su Art. 1º que dicha MORDAZA tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el Art. 2º numeral 5) de la Constitucion Politica del Estado; Que, de conformidad con el Art. 3º del referido Decreto Supremo, todas las actividades y disposiciones de las entidades del Estado estan sometidas al MORDAZA de Publicidad, en tal sentido, el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica y tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas; Que, para tal efecto, la entidad publica designara al funcionario o funcionarios responsables de entregar la informacion solicitada, conforme a lo establecido en el ultimo parrafo del mencionado articulo, concordado con el Art. 8º de la referida Ley, y asimismo, por MORDAZA de lo normado por la MORDAZA parte del Art. 5º del mismo cuerpo legal, la entidad debera identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet, todo ello concordado con lo estipulado por el Art. 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; Que, toda solicitud de informacion debera ser dirigida al funcionario designado por la entidad para realizar estas labores, consecuentemente corresponde efectuar la designacion de los funcionarios de esta Municipalidad Provincial de San MORDAZA que cumplan con las funciones MORDAZA detalladas; Que, estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas por el Art. 20º Inc. 6) de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, la Ley Nº 27444, asi como lo normado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, asi como su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, y contando con el visto MORDAZA de los entes ejecutivos responsables, es menester emitir la presente Resolucion, por lo que; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al senor MORDAZA MORDAZA Cachicatari, como funcionario titular responsable de brindar la informacion que soliciten las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad, con el fin de garantizar y promover la transparencia en la actuacion de la Municipalidad Provincial de San Roman. Articulo Segundo.- DESIGNAR como funcionarios suplentes, responsables de lo senalado en el articulo precedente a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Yucra. Articulo Tercero.- DESIGNAR como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA electronico o pagina web institucional de esta Municipalidad Provincial de San MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien debera efectuar su labor dentro del MORDAZA normativo aplicable a esta Entidad. Articulo Cuarto.- DISPONER que la informacion sea remitida en coordinacion con los funcionarios responsables de producirla, bajo responsabilidad, debiendo de publicarse la presente conforme ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11953

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MORDAZA
Designan funcionarios responsables de brindar informacion y de elaborar la pagina web institucional de conformidad con la Ley de Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 055-2004-MPSR-ALCA Juliaca, 9 de junio de 2004 VISTOS: El Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, asi como su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM;

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUICUNGO
Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano fiscal 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 029-MDH-04 Huicungo, 14 de junio del 2004

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