Norma Legal Oficial del día 19 de Marzo del año 2004 (19/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de marzo de 2004
166 %

a. un monto equivalente a ochocientos diez (810) UIT, en caso se le otorgue la exclusividad del uso de la porcion del espectro asignado. b. Un monto equivalente a quinientos cuarenta (540) UIT, en caso la concesion no otorgue la exclusividad del uso de la porcion del espectro asignado. En ningun caso, el derecho de concesion, asi como el de renovacion de la concesion, sera inferior a una (1) UIT. 2. Autorizaciones para el servicio de radiodifusion y su renovacion: una (01) UIT 3. Autorizaciones para el servicio de radiodifusion comunal y su renovacion: veinticinco por ciento (25%) de la UIT. 4. Autorizacion, renovacion y cambio de categoria para radioaficionados: uno por ciento (1%) de la UIT. 5. Autorizaciones para el servicio privado de telecomunicaciones y su renovacion: veinticinco por ciento (25%) de la UIT. La Unidad Impositiva Tributaria aplicable para el ca lculo de los derechos, sera la vigente a la fecha en que corresponde efectuar el pago. No estan afectas al pago del derecho de autorizacion aquellas autorizaciones otorgadas bajo los regimenes especiales contemplados en los articulos 144º-A y 144º-B. El Ministerio podra establecer en el contrato de concesion correspondiente la forma de pago que considere mas adecuada, respetando los montos minimos establecidos en el presente articulo." "Articulo 210º.- El canon anual que deben abonar los titulares de concesiones o autorizaciones por concepto del uso del espectro radioelectrico, se calcula aplicando los porcentajes que se fijan a continuacion sobre la Unidad Impositiva Tributaria, vigente al primero de enero del ano en que corresponde efectuar el pago. 1. SERVICIOS PORTADORES. a) Sistema de transmision analogico Por cada estacion terrestre o satelital: Hasta 12 MORDAZA 4% De 13 hasta 24 MORDAZA 6% De 25 hasta 48 MORDAZA 8% De 49 hasta 60 MORDAZA 10 % De 61 hasta 120 MORDAZA 12 % De 121 hasta 300 MORDAZA 14 % De 301 hasta 600 MORDAZA 16 % De 601 hasta 960 MORDAZA 18 % De 961 a mas MORDAZA 20 % b) Sistema de transmision digital Por cada estacion que utilice sistemas de transmision digitales: - Hasta 2.048 Mbits/seg. - Mayor que 2.048 Mbits/seg. hasta 8.448 Mbits/seg. - Mayor que 8.448 Mbits/seg. Hasta 34.368 Mbits/seg. - Mayor que 34.368 Mbits/seg. 2. TELESERVICIOS PUBLICOS a) Servicio Telefonico Movil, Servicio de Comunicaciones Personales y Teleservicio Movil de MORDAZA Multiples de Seleccion Automatica (troncalizado): - Por cada estacion base y base repetidora del servicio - Por cada estacion movil: en funcion de la cantidad de terminales moviles activados declarados al 31 de diciembre del ano anterior b) Servicio Buscapersonas: - Por estacion base y por frecuencia de transmision: c) Servicio Aeronautico y Maritimo - Por estacion fija, fija de base y moviles por frecuencia de transmision 3% 20% 20 % 8% 12 % 16 % 20 %

- Por MHz asignado - Por cada estacion movil: en funcion de la cantidad de terminales moviles activados, declarados al 31 de diciembre del ano anterior: - Para el enlace entre la estacion terrena y el satelite: Por MHz asignado

0.5% 0.5 %

En caso que la asignacion no fuere multiplo exacto en MHz, el pago por el excedente sera calculado proporcionalmente. e) Servicios con aplicaciones de acceso fijo inalambrico y Servicio de Conmutacion para Transmision de Datos - Por cada estacion base 20 % - Por cada terminal fijo: en funcion de la cantidad de terminales activados, declarados al 31 de diciembre del ano anterior 0.5 % 3. SERVICIO PUBLICO DE DIFUSION. Servicio de Distribucion de Radiodifusion por Cable - Sistema MMDS Por MORDAZA - Sistema de Difusion Directa por Satelite Por MHz asignado 4. TELESERVICIOS PRIVADOS. a) Servicio de Radiocomunicacion Privada (1) Aeronautico y Maritimo: Por estacion fija, fija de base y movil: - Por estacion y por frecuencia de transmision 10 % (2) Terrestre: - Por estacion fija, fija de base y por frecuencia de transmision y por bloque horario - Por estacion movil y por frecuencia de transmision 20% 2%

4% 10%

(3) Por cada estacion que utilice sistemas multicanales, por frecuencia de transmision y por capacidad instalada del sistema: 3.a) Por cada estacion que utilice sistema multicanales analogicos: Hasta 12 MORDAZA De 13 hasta 24 MORDAZA De 25 hasta 48 MORDAZA De 49 hasta 60 MORDAZA De 61 hasta 120 MORDAZA De 121 hasta 300 MORDAZA De 301 hasta 600 MORDAZA De 601 hasta 960 MORDAZA De 961 a mas MORDAZA 40 60 80 100 120 140 160 180 200 % % % % % % % % %

3.b) Por cada estacion que utilice sistemas de transmision digitales: - Hasta 2.048 Mbist/seg. - Mayor que 2.048 hasta 8.448 Mbist/seg. - Mayor que 8.448 hasta 34.368 MbistS/.seg. - Mayor que 34.368 Mbist/seg. (4) Servicio Fijo por Satelite - Por estacion transmisora y frecuencia de transmision (5) Servicio Movil por Satelite - Por estacion transmisora y frecuencia de transmision (6) Servicios no sujetos a proteccion - Servicio MORDAZA omnibus por estacion (banda ciudadana) - Servicio fijo que utilice tecnologia espectro ensanchado: * Por estacion fija punto a punto o punto a multipunto * Por el conjunto de estaciones conformantes de una red local dentro de una misma area cerrada (LAN) 80 120 160 200 % % % %

100 %

0.5%

20 %

10 %

20 % 20 %

d) Servicio Movil por Satelite y Servicio Movil de Datos Maritimo por Satelite:

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