Norma Legal Oficial del día 19 de Marzo del año 2004 (19/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 19 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, mediante Informe Legal Nº 0249-2004-OCAJUNFV, del 08.03.2004, la Oficina Central de Asesoria Juridica, ha cumplido con emitir el Informe Legal de acuerdo a lo establecido en los Articulos 20º y 113º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en su Reglamento, respectivamente; Que, los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion, y que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, los Articulos 106º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente y el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE/PRE; y, Estando a lo dispuesto por el Vicerrector Administrativo en Oficio Nº 0346-2004-VRAD-UNFV, de fecha 10.03.2004; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva conducente a contratar el Servicio de Supervision de Obra correspondiente a la Construccion del Pabellon de Aulas para la Facultad de Medicina "Hipolito Unanue" Primera Etapa 2000 - Administracion Directa, hasta por el valor referencial de S/. 52,009.24 (Cincuenta y dos mil nueve con 24/100 Nuevos Soles), incluido impuestos, afectandose la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- Autoricese contratar con la Universidad Nacional Agraria "La Molina" el servicio de supervision de obra referido en el articulo precedente, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un periodo de 210 dias calendario. Articulo Tercero.- La contratacion que autoriza la presente resolucion estara a cargo del Comite Especial Permanente para los Procesos de Adjudicaciones Directas Publicas, Directas Selectivas y, de Menor Cuantia para Obras designado con Resolucion R. Nº 4924-2003-UNFV. Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General de la Universidad tramite la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como remita MORDAZA de la misma y del Informe Tecnico - Legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, asi como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificacion, Economico Financiera y, de Logistica y Servicios Auxiliares, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIANA MORDAZA Rector 05597

Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 142PE-ESSALUD-2004, de fecha 13 de febrero del 2004, se aprobo la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica para la adquisicion de equipos asistenciales, autorizando que la misma se lleve a cabo a traves de Adjudicaciones de Menor Cuantia por un valor referencial de S/. 24,062,500.00; Que, se ha considerado conveniente conformar una Mesa de Transparencia que actue como observador del cumplimiento de los principios eticos y la transparencia en los procesos de adquisicion a los que se hace mencion en el primer considerando precedente; Que, la Mesa de Transparencia, integrada por representantes de instituciones de reconocido prestigio en el MORDAZA, permitira coadyuvar al adecuado desarrollo de los procesos de adquisicion a los que se ha hecho referencia precedentemente, en concordancia con los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad; Que, segun lo dispuesto por el inciso b) del articulo 8º de la Ley Nº 27056, corresponde al Presidente Ejecutivo, dirigir y supervisar el funcionamiento de la institucion; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. CONSTITUIR una Mesa de Transparencia en ESSALUD, la cual tiene como proposito actuar como observador del cumplimiento de los principios eticos y de la transparencia en los procesos de adquisicion de equipos asistenciales por el valor referencial de S/. 24,062,500.00, y cuya exoneracion ha sido aprobada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 142-PE-ESSALUD-2004. 2. La Mesa de Transparencia estara conformada por los siguientes miembros, los cuales desarrollan sus funciones ad honorem: - Un representante de la Defensoria del Asegurado. - Un representante de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP. - Un representante de la Pontificia Universidad Catolica del Peru. - Un representante de la Universidad Pacifico. - Un representante de la Conferencia Episcopal Peruana. Para dicho efecto se cursara una invitacion a las instituciones MORDAZA senaladas para que designen un miembro titular y uno alterno, que las represente ante la Mesa de Transparencia. La Gerencia General convocara a los representantes de las instituciones mencionadas y procedera a la instalacion de la Mesa de Transparencia conformada mediante la presente Resolucion. 3. La Mesa de Transparencia ejercera sus funciones con autonomia e independencia en el MORDAZA del proposito encomendado y al que se hace mencion en el numeral 1º de la presente Resolucion, teniendo capacidad para definir sus reglas de organizacion y funcionamiento; asi como, para elegir a su coordinador y secretario tecnico, entre sus miembros integrantes. 4. La Mesa de Transparencia efectuara los informes o realizara las coordinaciones necesarias ante la Gerencia General, con el objeto de cumplir el encargo conferido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 05501

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD
Constituyen Mesa de Transparencia en ESSALUD
SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 200-PE-ESSALUD-2004
MORDAZA, 2 de marzo del 2004

OSINERG
Autorizan renovar servicio de "Suscripcion a la informacion en linea para el calculo de precios de referencia de combustibles liquidos", mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 026-2004-OS/PRES
MORDAZA, 9 de marzo de 2004

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