Norma Legal Oficial del día 22 de Marzo del año 2004 (22/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de marzo de 2004

DUSTRIAL TEXTIL CREDISA TRUTEX S.A.A., en el Registro Publico del MORDAZA de Valores hasta por un monto MORDAZA en circulacion de Cinco Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 5 000 000,00), asi como el registro del Complemento del Prospecto MORDAZA correspondiente. Articulo 3º.- La inscripcion de los instrumentos de corto plazo y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta publica a que se refieren los articulos anteriores se sujeta a lo dispuesto en el articulo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 4º.- La oferta publica de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25º y, de ser el caso, en el articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y el emisor debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º de dicho Reglamento. Articulo 5º.- La aprobacion, la inscripcion y el registro a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a COMPANIA INDUSTRIAL TEXTIL CREDISA TRUTEX S.A.A., al BANCO DE CREDITO DEL PERU en su calidad de agente estructurador, a CREDIBOLSA SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA S.A. en su calidad de agente colocador, a CAVALI ICLV S.A. y a la BOLSA DE VALORES DE LIMA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WITHMORY Gerente General 05376

sentado, habiendo remitido dictamen aprobatorio para la autorizacion de ejecucion de 7 tipos de ensayos; Que, el Director General del Centro Nacional de Control de Calidad en cumplimiento del Art. 5.5.5. del Reglamento aprobado por Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-IPD-INS, mediante Oficio Nº 348/2004-DG-CNCC-INS del 1.3.04, opina favorablemente por la procedencia de acreditar al Servicio de Control de Calidad de la Empresa MORDAZA S.A., como Laboratorio Oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, por cumplir con los requisitos exigidos por la normatividad vigente y autorizar a dicha Universidad para la emision de informes de ensayos o analisis y/o certificados de analisis; De conformidad con la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01097-SA, Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, Decreto Supremo Nº 005-94-SA y Resoluciones Jefaturales Nºs. 24496-J-OPD/INS, 186-99-J-OPD/INS y 379-2001-J-OPD/INS; En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACREDITAR al Servicio de Control de Calidad de la Empresa MORDAZA S.A., como Laboratorio Oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, en los ensayos contemplados en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Empresa MORDAZA S.A., para ejecutar analisis, emitir informes de ensayo o analisis y certificados de analisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biologicos, articulos medico-quirurgicos y/o cosmeticos en los siguientes rubros: ENSAYOS: 1. Analisis Fisicoquimicos: 1.1. Prueba de Identificacion Cualitativa (Polarimetria, Infrarrojo, Espectrofotometria Atomica). 1.2. Prueba de Desintegracion (Tabletas). 1.3. Cuantificacion por Espectrofotometria Atomica (Absorcion y Emision). 1.4. Cuantificacion por Potenciometria. 1.5. Cuantificacion por Tecnicas Especiales: Polarimetria. 1.6. Prueba de Resistencia a la Tension en Suturas. 2. Analisis Farmacologicos y/o Toxicologicos: 2.1. Pruebas de Pirogenos. Articulo 3º.- Los informes de ensayo o analisis y los certificados de analisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biologicos, articulos medico-quirurgicos y/o cosmeticos deberan ser firmados por profesional colegiado, autorizado por la Empresa MORDAZA S.A., acreditada e inscrita en el Registro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud. Articulo 4º.- La Empresa acreditada y autorizada debera someterse periodicamente a evaluaciones y/o auditorias tecnico-cientificas a cargo del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud y debera participar en los programas de ensayos interlaboratorios que organice la entidad acreditadora. Articulo 5º.- La acreditacion y autorizacion otorgada a la Empresa MORDAZA S.A., entrara en vigencia a partir de la fecha de la presente resolucion y tendra una duracion de dos anos. Articulo 6º.- La Empresa acreditada y autorizada debera cumplir con todas las disposiciones que MORDAZA el control de calidad de productos farmaceuticos y afines, que fija la Ley General de Salud y su Reglamento, asi como el Reglamento interno de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud; las Guias Generales de Control de Calidad de Productos Pesquisados; y el Reglamento de Dirimencias del Centro Nacional de Control de Calidad aprobado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. NAQUIRA MORDAZA Jefe 05664

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Autorizan a la Empresa MORDAZA S.A. a ejecutar analisis, emitir informes de ensayo o analisis y certificados de analisis de calidad de medicamentos de uso humano y otros
RESOLUCION JEFATURAL Nº 188-2004-J-OPD/INS MORDAZA, 12 de marzo del 2004 Visto el Oficio Nº 348/2004-DG-CNCC-INS, cursado por el Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el Inc. b) del Art. 50º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, establece que al Centro Nacional de Control de Calidad le corresponde evaluar, supervisar, autorizar y acreditar laboratorios analiticos; Que, por Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-IPD-INS, del 22 de octubre de 1996, se aprobo el "Reglamento de Autorizacion y/o Acreditacion de Laboratorios Analiticos para la emision de Protocolos de Analisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares", dentro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud; Que, la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, esta integrada por los laboratorios oficiales acreditados y/o autorizados por el Instituto Nacional de Salud, Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud; Que, la Empresa MORDAZA S.A., ha solicitado acreditacion como laboratorio miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud y de su autorizacion para ejecutar analisis, emitir informes de ensayo y otros, habiendo la comision evaluadora cursado el Oficio Nº 154/2004-DG-CNCC-INS, mediante la cual informa los resultados de la evaluacion del expediente pre-

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